Reflexiones sobre el Derecho penal internacional

AutorFrancisco Javier Álvarez García
CargoCatedrático de Derecho penal Universidad Carlos III de Madrid
Páginas5-57

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Una nueva Cruzada se está predicando: la de la Justicia Penal Internacional. El hecho está provocado no tanto porque en los últimos tiempos haya habido más masacres que en otros momentos de la Historia (pues de hecho no es así dado que, por limitar temporalmente la referencia, durante todo el siglo XX —y flanqueando las guerras mundiales— las carnicerías no han dejado de repetirse: por los británicos durante la guerra anglo boers, por los turcos contra los armenios —que sigue cobrándose víctimas hoy en día—, por los españoles en la guerra africana —que no dudaron en «gasear» poblaciones enteras en venganza por «lo de Annual»—, por los japoneses en la península de Corea y China, por los soviéticos contra todas sus nacionalidades y reiteradamente, por…), sino porque hoy son más «visibles» dado que los modernos medios de comunicación, en muy poco tiempo, son capaces de «servirnos» esas atrocidades, con todo tipo de detalle, en nuestros propios hogares y con la máxima rapidez. Ante la visión de semejantes imágenes y dada la repercusión de las mismas en la con-5

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ciencia colectiva —y posiblemente por sus réditos electorales—, no ha habido gobernante que se precie que no haya propugnado, con ocasión de su estancia en la sede de Naciones Unidas o con cualquiera otro motivo que haya dado pie y brillantez a la invocación, la formación del oportuno Tribunal internacional —un Tribunal ad hoc— con el objeto de sentar en el banquillo a alguno de los múltiples criminales que sirviéndose de las estructuras esta-tales hubiera cometido todo tipo de atrocidades. Por ello no es de extrañar, tampoco, que en los últimos veinte años la doctrina penal se haya ocupado, cada vez con mayor insistencia, de los problemas que plantea esa Justicia, y de la formación de una dogmática apropiada, y aplicable, a ese ámbito.

Muchos son los temas que en el marco referido deben ser afrontados, pero en esta ocasión me conformaré con aludir, sólo, a tres de ellos: a diferentes problemas relativos al Tribunal para la antigua Yugoeslavia, a la legitimidad de algunos países para demandar castigo por violación de derechos humanos y al Principio de Legalidad en el Estatuto del Tribunal Penal Internacional.

  1. A mi modo de ver el Tribunal Penal Internacional para la antigua Yugoeslavia tiene un punto de contacto con los viejos tribunales de Leipzig, Núremberg y Tokio, que le inhabilita, al menos parcialmente, como un Tribunal de Justicia: que es, en alguna medida, un Tribunal de vencedores. Efectivamente, no hay duda de que tal cosa ocurrió con el fracasado Tribunal nacido del Tratado de Versalles (que al final —tras la negativa de los Países Bajos a conceder la extradición del Káiser por no ser aquéllos Parte del Tratado— se reconvirtió en un Tribunal alemán, Leipzig, del cual salieron condenados algunos militares de baja graduación a quienes se impusieron penas irrelevantes que, en su mayor parte, no llegaron a cumplir, al menos en su totalidad); más claro aun fue lo sucedido en Núremberg —donde se llegaron, incluso, a incorporar al Acta de la Acusación crímenes que habían cometido las fuerzas armadas de alguna de las Potencias que estaban representadas en el Tribunal— o en Tokio —donde la brutalidad estadounidense anuló cualquier vestigio de lo que debe ser la Justicia. Pero también sucede con el Tribunal para la antigua Yugoslavia —establecido en mayo de 1993, a partir de la resolución 827 del Consejo de Seguridad de la ONU; al menos en relación con alguna de sus actuaciones.

    En efecto, centremos la atención en lo que es el «caso estrella» del Proceso: la matanza de Srebrenica perpetrada a partir del 11 de julio de 1995. Este hecho no sólo se convirtió en la mayor

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    masacre ocurrida en Europa desde la II Guerra Mundial sino que determinó la implicación internacional en la guerra de los Balcanes, y condiciona, todavía hoy en día, la configuración de la Unión Europea. Pero el significado, ahora judicial, de la masacre tiene más alcance; esto es, como se recordará dos son los principales acusados por el asesinato de cerca de diez mil musulmanes entre dieciséis y sesenta años cuyas fosas comunes siguen abriéndose hoy en día: Ratko Mladic y Radovan Karadzic. Sin embargo, los culpables fueron muchos más; no sólo por parte de los que material-mente protagonizaron el exterminio de los musulmanes (Radislav Krstic, Dragan Obrenovic, Vinko Pandurevic, Ljubisa Beara, Vujadin Popovic, Drago Nikolic, Milorad Trbic y Ljubomir Borovcanin, Zdravko Tolimir, y otros muchos), sino, también y en mi opinión, por parte de la ONU —UNPROFOR— y de militares de diversas naciones europeas. En este último sentido debe recordarse que el Consejo de Seguridad de la ONU en su Resolución 819 1, adoptada el 16 de abril de 1993 a impulsos de la estrategia dibujada por el Comité Internacional de la Cruz Roja, declaró a Srebrenica —junto a Sarajevo, Zepa, Gorazde, Tuzla y Bihac— «zona segura» 2. Esa declaración tenía que ser apoyada sobre el terreno por los Generales Rupert Smith (Comandante de la Fuerza) y Bernard Janvier (Comandante de UNPROFOR), y, en concreto, el Jefe del Batallón Holandés en Srebrenica Thomas Karremans; y fueron esas seguridades ofrecidas por distintos responsables internacionales las que provocaron que miles de refugiados y de componentes de la Armija —Ejército Bosnio— se dirigieran a Srebrenica
    3; y fue allí donde la inactividad de la ONU 4, que se había

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    constituido en garante y generado un enorme riesgo para la vida de miles de musulmanes al declarar a aquella ciudad como «segura» —pensamiento de la ingerencia—, provocó lo que el Magistrado del Tribunal Penal Internacional Fouad Riad describió así:

    Miles de hombres ejecutados y enterrados en fosas comunes, centenares de hombres enterrados vivos, hombres y mujeres mutilados y degollados, niños asesinados delante de los ojos de sus madres, un abuelo obligado a comer el hígado de su propio nieto. Éstas son realmente escenas del infierno, escritas en las paginas más oscuras de la historia humana

    .

    O lo que el «testigo protegido» I relató como sigue:

    Nos dimos la vuelta y nos alineamos…, en ese momento, comenzaron a sonar las ráfagas destinadas a segar nuestras vidas... aproximadamente otras seis columnas más de hombres fueron puestas en fila y ametralladas. Se escuchaba el choque de las balas contra los cuerpos, la tierra volaba a mi alrededor, todo estaba lleno de polvo... Cuando los disparos paraban, preguntaban: ‘¿Hay alguien vivo?’ A veces se escuchaban una o dos voces, y entonces subía un soldado, hacía un sólo disparo y todo se acabo

    .

    (¿Se dan cuenta? Otra vez podemos volver a hacernos las mismas preguntas que en Auschwitz, que en Treblinka, ¿por qué las víctimas colaboran en su propia muerte con los asesinos? ¿Por qué contestan cuando el verdugo inquiere si «hay alguien vivo», cuando saben que la respuesta consistirá en acabar con su vida, facilitando de este modo el trabajo al carnicero? Se dijo, como explicación, que en una situación de absoluta indefensión la víctima, paradójicamente, encuentra en el verdugo su protector y se entrega a él como única referencia al sentirse desvalido, o que, después

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    de lo pasado o de lo que está transcurriendo, someterse resulta menos doloroso… pero ver seres humanos que acuden como corderos en busca del cuchillo que les ha de degollar… 5).

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    ¿Por qué no actuaron los responsables de Naciones Unidas para evitar la matanza? A nadie con un mínimo conocimiento de los efec-

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    tos del armamento moderno —o ilustrado en la estrategia militar posteriormente desarrollada en Kosovo— le cabe duda de la incidencia que hubiera tenido un ataque aéreo masivo —y se disponía de los mejores aviones modernos, de esos cuya compra empobrece a las naciones— sobre las tropas de Mladic que sitiaban Srebrenica 6, y aún antes en Sarajevo. La evitación de la matanza hubiera sido segura, no probable, no con una seguridad «rayana en la certeza». No. Segura 7. Entonces ¿por qué los responsables de la ONU y UNPROFOR que adoptaron la decisión de no actuar no están sentados en el banquillo? ¿No se condena la comisión por omisión? ¿Qué autoridad moral pueden atesorar quienes tuvieron en la mano la evitación de la matanza y no actuaron? ¿Cómo es posible que quienes tal conducta observaron se atrevan a constituir un Tribunal Internacional para juzgar a los asesinos «por acción» sin antes purgar suficientemente sus pecados de omisión? A nadie sensato le cabe duda de la responsabilidad de Mladic y compañía en el genocidio de Srebrenica, pero tampoco le debe caber a nadie duda de la de los responsables internacionales en los mismos hechos. Más aún: Holanda —país del pabellón de los militares desplegados en Srebrenica para garantizar su seguridad, y cuyo Comandante se limitó, por toda defensa de los musulma-

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    nes, a brindar con aguardiente junto con Mladic mientras las tropas de este comenzaban a seleccionar a los varones destinados al sacrificio— tras una investigación desarrollada sobre la conducta de sus propias tropas, concluyó —en un Informe del año 2000— en la responsabilidad del contingente holandés en la matanza, lo que provocó, al menos, un efecto político: hizo «caer» al Gobierno holandés 8. Incluso las propias Naciones Unidas llevaron a cabo una investigación que, también, terminó con la asunción de responsabilidades «morales» en relación con aquéllos hechos —«Hay un problema de responsabilidad, y a las Naciones Unidas nos corresponde parte de esa responsabilidad», reza el Informe, reiteradamente citado, del Secretario General de Naciones Unidas sobre la caída de Srebrenica.

    Entonces ¿por qué sólo los serbios se han sentado —o se están sentando— en el banquillo? La respuesta es muy sencilla: los vencedores están dispuestos a juzgar a los militares enemigos, no a hacer Justicia —lo que exigiría, también, «sentar» a los suyos.

    El problema de esta actitud es que o las normas afectan a todos o, sencillamente, se incurre en...

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