Recursos contra las resoluciones del letrado de la administración de justicia (art. 102 bis LJCA)

AutorMaría Burzaco Samper
Páginas143-144
143
RECURSOS CONTRA LAS RESOLUCIONES DEL LETRADO DE LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
(art. 102 bis LJCA)
RECURSO DE REPOSICIÓN
OBJETO
Diligen
cias de ordenación y decretos no definitivos del Letrado AJ.
PROCEDIMIENTO
Interposición
Ante el
Letrado AJ que dictó la resolución recurrida.
Excepción: cuando la Ley prevea recurso directo de revisión.
Plazo:
5 días desde el día siguiente al de la notificación de la resolución impugnada.
Incumplimiento de los requisitos de tiempo y forma
Inadmisión mediante decreto
(recurrible directamente en
revisión)
Traslado a las partes por término común de 3 dí
as para que puedan impugnarlo si lo estiman conveniente.
Resolución mediante decreto del Letrado AJ dentro del tercer día
4
4 El primer párrafo del apartado 2 de este art. 102 bis LJCA [Con tra el decreto resolutivo de la reposición no se dará recurso alguno, sin perjuicio de reproducir la
cuestión al recurrir, si fuere procedente, la resolución definitiva] fue declarado inconstitucional por STC 58/ 2016, de 17 de marzo.

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