Los recursos humanos

AutorAnne-Marie Reynaers, Carmen Navarro, Moneyba González Medina y José Rama
Páginas83-99
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LA EXTERNALIZ ACIÓN DE SERVICIOS PÚBLICOS A NIVEL LOCAL
7.
LOS RECURSOS HUMANOS
7.1. INTRODUCCIÓN
Desde la década de los 80, la nueva gestión pública (NGP) ha transformado la forma de
trabajo de las Administraciones públicas en aras de una mayor ecacia, eciencia y calidad
de los servicios (Lapuente y Van del Walle, 2020). Estas reformas han implicado dos cambios
principales. Por un lado, la importación de prácticas del sector privado a las formas de trabajo
interno de las Administraciones públicas como la planicación por objetivos, la medición
del desempeño o la satisfacción del «cliente»; y, por otro, su reorganización externa al objeto
de fomentar la competencia (Dunleavy y Hood, 1994). Esto último se ha logrado principal-
mente a través de dos mecanismos: la creación de mercados internos en el sector público y
la externalización de servicios en el sector privado (contracting out). Sin embargo, el efecto
de estas reformas ha variado de un contexto a otro. Entre las variables que explican esta di-
ferencia se encuentran los factores organizacionales y dentro de ellos tendríamos los recursos
humanos, las características de los servicios y el aprendizaje organizacional y la transferencia
de conocimiento.
En el presente capítulo exploraremos cómo afecta el factor de los recursos humanos a la
gestión de los contratos de servicios públicos locales externalizados. Lo haremos mediante el
análisis de las entrevistas a gestores de contratos de diversas áreas de servicios. A partir de la
información que contienen, no solo conoceremos su experiencia, sino que podremos arrojar
luz sobre las siguientes cuestiones: ¿Cuál es la situación del personal de las unidades impli-
cadas en la gestión de los contratos de servicios públicos locales? ¿De qué manera afectan las
condiciones de trabajo a la gestión de los contratos? ¿En qué condiciones se realiza el segui-
miento de los contratos?
En primer lugar, analizaremos la situación del personal al servicio de las Administraciones
locales en España, presentando su evolución desde 2002 hasta la actualidad. En segundo
lugar, se profundizará en las condiciones bajo las que se realiza la gestión de los contratos de
servicios públicos locales en los casos analizados. En tercer lugar, veremos cómo afecta esta
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INVESTIGA
situación a la gestión de los contratos en general, y al control y seguimiento en particular. El
capítulo se cierra con un apartado de conclusiones en el que se hace un balance de las cuestio-
nes planteadas, poniendo de relieve la inuencia del factor recursos humanos en la gestión de
los contratos de servicios públicos.
7.2. EVOLUCIÓN DEL PERSONAL AL SERVICIO DE LAS ADMINISTRACIONES
LOCALES
El análisis de los recursos humanos en la Administración pública puede realizarse po-
niendo el foco en diversos aspectos. Algunos tienen un carácter singular, como puede ser la
formación individual de los trabajadores y sus habilidades para desempeñar una actividad.
Otros tienen un carácter más estructural, como puede ser el volumen y la composición de las
plantillas o el sistema de reclutamiento del personal. En el presente capítulo nos centraremos
en este último grupo de aspectos, anticipando que el volumen de empleados públicos es una
cuestión polémica y muy permeable a posicionamientos ideológicos (Gordo González, 2020:
173).
En el ámbito local, es la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen
Local (LBRL) la que contiene los elementos básicos de la organización de sus recursos huma-
nos. No obstante, la regulación de su personal se encuentra recogida en los artículos 8 a 13
del Estatuto Básico del Empleado Público (EBEP)1, que se aplica a todas las Administraciones
públicas. El personal al servicio de las entidades locales está integrado por personal funciona-
rio, laboral y eventual. El personal funcionario es aquel que, en virtud de nombramiento legal,
está vinculado a una Administración pública por una relación estatutaria regulada por el De-
recho administrativo para el desempeño de servicios profesionales. Entre el personal funcio-
nario se encuentran los «habilitados nacionales», que realizan las funciones de intervención,
tesorería y secretaría. El personal laboral es el que está vinculado a la Administración en virtud
de un contrato de trabajo sometido a la legislación laboral. Por último, es personal eventual el
que, en virtud de nombramiento y con carácter no permanente, solo realiza funciones expre-
samente calicadas como de conanza o asesoramiento especial, siendo retribuido con cargo
a los créditos presupuestarios consignados para este n.
Los ayuntamientos tienen la obligación de comunicar al Gobierno central la composición
de sus plantillas. Esta información se recoge en el Registro Central de Personal del Ministerio
de Política Territorial y Función Pública. Los datos se publican semestralmente en el Boletín
1 Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del
Estatuto Básico del Empleado Público (BOE de 31 de octubre de 2015).

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