Del recurso al teletrabajo como medida de emergencia al futuro del trabajo a distancia

AutorHenar Álvarez Cuesta
CargoUniversidad de León, España
Páginas175-201
ISSN 1575-7048 eISSN 2444-5819
Lan Harremanak, 2020, 43, 175-201
https://doi.org/10.1387/lan-harremanak.21722
DEL RECURSO AL TELETRABAJO
COMO MEDIDA DE EMERGENCIA AL FUTURO
DEL TRABAJO A DISTANCIA
From telework as an emergency measure to the future of remote work
H Á C*
Universidad de León, España
RESUMEN
La situación derivada de la declaración del estado de alarma provocado por la pandemia causada por el
COVID19 supuso un verdadero terremoto en el mundo laboral, uno de cuyos efectos secundarios ha sido la
conversión «mágica» del trabajo presencial a teletrabajo y todo parece indicar que su uso se difundirá con ma-
yor intensidad en el futuro. Por tal motivo, conviene analizar los puntos débiles de la regulación actual del tra-
bajo a distancia, capaces de impedir un trabajo que merezca el calificativo de digno; proponer los contenidos
necesarios a reformular, como la protección de la salud y seguridad, el control empresarial, la interconexión
con el trabajo flexible o las brechas de género que puede desencadenar; y, por último, avanzar las vías para su
aplicación en cada organización.
Palabras clave: teletrabajo, flexibilidad, acuerdo, control empresarial, conciliación.
ABSTRACT
The situation derived from the declaration of the state of alarm caused by COVID19 supposed a real earth-
quake in the world of work, one of whose side effects has been the «magical» conversion of traditional work to tel-
ework and everything seems to indicate that telework will spread more intensely in the future. For this reason, it is
convenient to analyze the weak points of the current regulation of remote work; to propose the necessary contents to
reformulate, such as the protection of health and safety, business control, the interconnection with flexible work or
the gender gaps; and, finally, to advance the ways for its application in each organization.
Keywords: telework, flexibility, agreement, business surveillance; work-family balance.
* Correspondencia a: Henar Álvarez Cuesta. Facultad de Ciencias del Trabajo, Universidad de León, Campus de Vegazana, s/n,
24071-León (España) – halvc@unileon.es – https://orcid.org/0000-0003-0957-1515
Cómo citar: Álvarez Cuesta, Henar. (2020). «Del recurso al teletrabajo como medida de emergencia al futuro del trabajo a distancia»;
Lan Harremanak, 43, 175-201. (https://doi.org/10.1387/lan-harremanak.21722).
Recibido: 14 mayo, 2020; aceptado: 14 junio, 2020.
ISSN 1575-7048 - eISSN 2444-5819 / © 2020 UPV/EHU
Esta obra está bajo una licencia
Creative Commons Atribución 4.0 Internacional
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Lan Harremanak, 2020, 43, 175-201
1. Concepto
Muchas veces se emplean de forma indistinta los conceptos de teletrabajo,
trabajo a distancia y trabajo en el domicilio. En principio, el teletrabajo es tra-
bajo a distancia, pero no todo trabajo a distancia es teletrabajo (prestación de
servicios mediante el uso intensivo de la tecnología).
El teletrabajo es solo una parte del género que constituye el trabajo a distan-
cia (Purcalla Bonilla y Preciado Domènech, 2013: 486). Así, es posible encon-
trar trabajo a distancia que no incluya teletrabajo, y de igual modo, existe tra-
bajo con dispositivos tecnológicos que no supone trabajo a distancia.
También surgen o se definen otras categorías, como el teletrabajo invisible
o el «smart work». Respecto al primero, más que una categoría cabría conside-
rarlo un riesgo laboral, en tanto es aquel que «se produce de manera no organi-
zada como una continuación de la jornada ordinaria de trabajo en el domicilio
del trabajador, sin control ni remuneración» (Rodríguez-Piñero Royo, Miguel,
2018: 93), cuyo último paso sería la desaparición (en falso) de la propia labora-
lidad de la prestación al quedar extramuros de la regulación laboral (trabajo su-
mergido).
Por su parte, se ha comenzado a denominar smart work a aquella prestación
de servicios con los siguientes rasgos distintivos: movilidad permanente, comu-
nicación continua y bilateral trabajador/empresa, pluralidad de lugares de tra-
bajo, alto nivel de conectividad, trabajo remoto, acceso global y constante al co-
nocimiento, networking, autogestión del tiempo de trabajo y horarios y jornadas
de trabajo flexibles (Rodríguez-Piñero Royo, Miguel, 2018: 93); en suma, te-
letra ba jo combinado con prestación presencial de forma flexible.
La característica principal de todos estos modos y maneras de trabajar viene
dada en negativo: la ausencia del centro de trabajo como lugar de prestación de
servicios, desarrollándose esta bien en el domicilio (conocido como SOHO por
sus siglas en inglés, smal office, home office), bien en otro lugar libremente ele-
gido por este o en lugares variables, itinerantes o nómadas, precisados o preci-
sables, cuando así responda al interés de las partes (Mella Méndez, 2002: 7).
En esta definición, y teniendo en cuenta la situación actual, se ha de tener tam-
bién en cuenta las restricciones a la movilidad, desarrollándose en este momento
la prestación en la residencia de la persona trabajadora, no exigiéndose que sea
aquella la formal sino la realmente utilizada.
De atender propiamente al teletrabajo, la multiplicidad y la heterogeneidad
de sus modalidades permite acudir a él con flexibilidad (e imaginación), pero
cabe advertir ya desde el comienzo que puede acabar desencadenando la huida
(o disfraz) del trabajo por cuenta ajena hacia el empleo sumergido o falsamente
autónomo.

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