Recurso de reposición
Autor | Alberto Palomar/Javier Vázquez Garranzo |
Cargo del Autor | Magistrado y profesor de Derecho Administrativo/Letrado Jefe del IBSALUT, letrado de la Seguridad Social |
Actualizado a | Mayo 2022 |
D./Dña ........................... (o razón social en su caso), con DNI ........................... y domicilio en ........................... actuando en su propio nombre y derecho (o en representación de ........................... según se acredita mediante.....) y en su condición de interesado/a en el procedimiento ........................... (identificar), como mejor proceda en Derecho, DIGO:
Que con fecha ........................... me ha sido notificado ........................... (acto objeto del recurso) de fecha ........................... dictado por ...........................
Que estimando que dicho acto no es ajustado a Derecho, vengo mediante el presente escrito a interponer RECURSO POTESTATIVO DE REPOSICIÓN contra la misma, al amparo de lo dispuesto en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, recurso que se fundamenta en las siguientes
ALEGACIONES
(O MOTIVOS, O HECHOS Y FUNDAMENTOS DE DERECHO)
PRIMERA.- ........................... (cumplimiento de requisitos para recurrir como la causa del recurso, el agotamiento de la vía administrativa y el plazo de interposición).
SEGUNDA.- ...........................(razones que fundamentan, el recurso, particularmente las causas de nulidad o anulabilidad de los arts. 47 y 48 de la LPACAP).
TERCERA.- ...........................
Por todo lo expuesto, a ........................... SUPLICO:
Que tenga por presentado este escrito junto con los documentos que se acompañan y en su virtud por interpuesto recurso de reposición frente a ........................... , y tras los trámites oportunos, estime el mismo, acordando (o declarando, resolviendo,etc.) ...........................
Lugar, fecha y firma
...........................
SR./SRA. DIRECTOR/A DE ...........................
COMENTARIO
La regulación de los recursos administrativos se contiene en los artículos 112 y ss. de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
En cuanto al recurso potestativo de reposición, el artículo 123 LPACAP, al regular su objeto y naturaleza, establece:
1. Los actos administrativos que pongan fin a la vía administrativa podrán ser recurridos potestativamente en reposición ante el mismo órgano que los hubiera dictado o ser impugnados directamente ante el orden jurisdiccional contencioso-administrativo.
2. No se podrá interponer recurso contencioso-administrativo hasta que sea resuelto expresamente o se haya producido la desestimación presunta del...
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