Recurso de queja civil (arts. 494 a 495 LEC)

Notificación resolución que
deniega tramitación recurso
Se deniega la tramitación de:
- Recurso de casación E P F
Interposición recurso de queja
ante el órgano al que
corresponda resolver recurso
denegado
Acompañar al recurso de queja la copia de la resolución
recurrida, art. 494 LEC
No procede recurso de queja en los procesos de
desahucios de finca urbana y rústica, cuando la
sentencia que procediera dictar en su caso no
tuviese la consideración de cosa juzgada. Art. 494.2
10 días
Tribunal resuelve
(auto)
Contra el auto no
cabe recurso
Tramitación del recurso
bien denegada
Tramitación del recurso
mal denegada
Se pondrá en conocimiento
del Tribunal a quo para que
conste en autos
Se ordena al Tribunal a
quo que tramite el
recurso art. 495.2 LEC
5 días
P F
Actualización: Este esquema se ha actualizado teniendo
por el que se aprueban medidas urgentes para la
ejecución del Plan de Recuperación, Transformación y
Resiliencia en materia de servicio público de justicia,
función pública, régimen local y mecenazgo cuya entrada
en vigor está prevista para el 20 de marzo de 2024.

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