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Recurso directo de revisión contra los decretos
Autor | Alberto Palomar Olmeda/Javier Vázquez Garranzo |
Cargo del Autor | Magistrado. Profesor de Derecho Administrativo/Letrado Jefe del IBSALUT. Letrado de la Seguridad Social |
Actualizado a | Marzo 2011 |
AL JUZGADO (AL JUZGADO CENTRAL) DE LO CONTENCIOSO-ADMINISTRATIVO/ A LA SALA DE LO CONTENCIOSO-ADMINISTRATIVO
(según corresponda).
Don ... Procurador de los Tribunales, en nombre y representación que tengo acreditada de D./Dª...., ante el Juzgado/la Sala, en el procedimiento ...... nº .... comparezco y, como mejor proceda en Derecho, DIGO:
Que con fecha ...... se me ha notificado el decreto de fecha …. del Letrado de la Administración de Justicia del Juzgado/Sala de fecha ... por la que ... (indicar el contenido del mismo).
Que entendiendo que el citado decreto no es ajustado a Derecho, dicho sea en términos de defensa y el máximo de los respetos, vengo a solicitar del Letrado de la Administración de Justicia , dentro del plazo de cinco días establecido en el apartado 3 del artículo 102 bis de la Ley Jurisdiccional la revisión del mismo mediante el presente RECURSO DE REVISIÓN con base en los siguientes
MOTIVOS
Primero.- Por infracción de .......... (deberá citarse la infracción en que la resolución hubiera incurrido).
Segundo.- ........
Tercero.- .............
Por todo lo expuesto y en su virtud,
AL JUZGADO/SALA SUPLICO: tenga por presentado este escrito y por interpuesto recurso de revisión contra el decreto dictado con fecha ...... y previos los trámites legales oportunos dicte Auto revocando el mismo por infracción de ......
Es justo en ...... (Lugar y fecha).
Firma y número de colegiado de Abogado y Procurador.
COMENTARIO
El artículo 102 bis de la LJCA 29/1998, añadido por el artículo 14.45 de Ley 13/2009, de 3 de noviembre, de reforma de la legislación procesal para la implantación de la nueva Oficina judicial, señala:
-
Contra las diligencias de ordenación y decretos no definitivos del Letrado de la Administración de Justicia cabrá recurso de reposición ante el Secretario que dictó la resolución recurrida, excepto en los casos en que la Ley prevea recurso directo de revisión.
El recurso de reposición se interpondrá en el plazo de cinco días a contar desde el siguiente al de la notificación de la resolución impugnada.
Si no se cumplieran los requisitos establecidos en el párrafo anterior, se inadmitirá mediante decreto directamente recurrible en revisión.
Interpuesto el recurso en tiempo y forma, el Letrado de la Administración de Justicia dará traslado de las copias del escrito a las demás partes, por término común de tres días, a fin de que puedan impugnarlo si lo estiman conveniente. Transcurrido dicho plazo, el Letrado de la...
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