Recurso contencioso administrativo

AutorvLex
Actualizado aSeptiembre 2022

AL JUZGADO DE LO CONTENCIOSO - ADMINISTRATIVO DE ___________ QUE POR TURNO CORRESPONDA

Don/Dña. _______________, Procurador/a de los Tribunales adscrito al Ilustre Colegio de Procuradores de ___________, actuando en nombre y representación (designa Apud Acta que se formalizará cuando para ello sea requerido) de Don/Dña. _______________, mayor de edad, casado/a [añadir estado civil correspondiente], con D.N.I.___________, con domicilio en C/ _________________nº ___ de la localidad de __________, bajo la dirección Letrada de Don/Dña. ________________, con número de colegiado _________, comparezco ante el Juzgado y como mejor proceda en derecho, DIGO:

Que por medio del presente escrito formulo RECURSO CONTENCIOSO - ADMINISTRATIVO contra la Resolución/Disposición/Acto/Inactividad/Actuación __________ de conformidad con lo establecido en el artículo 45 de la Ley reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa (Ley 29/1998, de 13 de julio), en base a los siguientes,

HECHOS

PRIMERO.- Que en fecha _______ mi representado solicitó ________ en el procedimiento ___________ . Se acompaña como documento nº 1 _______.

SEGUNDO.- Que en fecha _____ se notificó al Sr./Sra. __________, fundamentado dicha denegación en lo dispuesto en el artículo ______________.

TERCERO.- Contra la mencionada resolución _______________.

A los anteriores hechos le son de aplicación los siguientes,

FUNDAMENTOS DE DERECHO

PRIMERO.- JURISDICCIÓN Y COMPETENCIA: Corresponderá al orden jurisdiccional Contencioso - Administrativo conocer del asunto en base al artículo 24 y 91 Ley Orgánica del Poder Judicial (LOPJ). Es competente para conocer de este asunto este Juzgado en base a lo establecido en los artículos 1, 2, 3, 4, 7, 8 y 78.1 de la Ley reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa (Ley 29/1998, de 13 de julio)

SEGUNDO.- CAPACIDAD PROCESAL Y LEGITIMACIÓN: Conforme a los artículos 6.1.1º de la LEC, tienen capacidad para ser parte las personas físicas, además de lo que se establece a tenor del artículo 18 de la Ley reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa (Ley 29/1998, de 13 de julio), mi representado está legitimado para intervenir en la litis en base al artículo 19.1 de la Ley reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa (Ley 29/1998, de 13 de julio).

TERCERO.- POSTULACIÓN Y DEFENSA: En cumplimiento de lo establecido en los artículos 23.1 Ley reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa (Ley 29/1998, de 13 de julio), esta...

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