SAP Málaga 183/2007, 9 de Abril de 2007

PonenteMANUEL TORRES VELA
ECLIES:APMA:2007:1433
Número de Recurso922/2006
ProcedimientoCIVIL
Número de Resolución183/2007
Fecha de Resolución 9 de Abril de 2007
EmisorAudiencia Provincial - Málaga, Sección 4ª

S E N T E N C I A Nº 183/2007

AUDIENCIA PROVINCIAL MÁLAGA

SECCION CUARTA AUDIENCIA PROVINCIAL DE MALAGA

PRESIDENTE ILMO. SR.

D.MANUEL TORRES VELA

MAGISTRADOS, ILTMOS. SRES.

D.JOAQUIN DELGADO BAENA

D.JOSE LUIS LOPEZ FUENTES

REFERENCIA:

JUZGADO DE PROCEDENCIA: JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA NUMERO 5 DE MARBELLA

ROLLO DE APELACIÓN Nº 922/2006

JUICIO Nº 654/2005

En la Ciudad de Málaga a nueve de abril de dos mil siete.

Visto, por la SECCION CUARTA AUDIENCIA PROVINCIAL DE MALAGA, integrada por los Magistrados indicados al márgen, el recurso de apelación interpuesto contra la sentencia dictada en juicio verbal seguido en el Juzgado de referencia. Interpone el recurso Jose Ramón que en la instancia fuera parte demandada y comparece en esta alzada representado por el Procurador D. RODRIGUEZ FERNANDEZ, ANA MARIA y defendido por el Letrado D. ANTONIO RUIZ VILLEN. Es parte recurrida Leonardo que está representado por el Procurador D. GARCIA LAHESA y CARLOS y defendido por el Letrado D. NARCISO ALONSO DAVILA, que en la instancia ha litigado como parte demandante.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

El Juzgado de Primera Instancia dictó sentencia el día 3 de Abril de 2006, en el juicio antes dicho, cuya parte dispositiva es como sigue: "Que debo estimar y estimo la demanda formulada por el Procurador DON LUIS ROLDAN PEREZ, en nombre y representación de DON Leonardo, contra don Jose Ramón, declarando extinguido el contrato de arrendamiento celebrado entre las partes por expiración del plazo y condenando al demandado a pagar al actor la cantidad de 7.088,75 euros.

Las costas ocasionadas en esta instancia se imponen a la parte demandada".

SEGUNDO

Interpuesto recurso de apelación y admitido a trámite, el Juzgado realizó los preceptivos traslados y una vez transcurrido el plazo elevó los autos a esta Sección de la Audiencia, donde se formó rollo y se ha turnado de ponencia. La votación y fallo ha tenido lugar el día 8 de Marzo de 2007 quedando visto para sentencia.

TERCERO

En la tramitación del recurso se han observado las prescripciones legales.

Visto, siendo ponente el Ilmo. Sr. Magistrado D. MANUEL TORRES VELA quien expresa el parecer del Tribunal.

Se aceptan los fundamentos jurídicos de la sentencia apelada

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

Frente a la sentencia de instancia estimatoria de la demanda origen de este procedimiento que declaró extinguido el contrato de arrendamiento de vivienda litigioso por expiración del plazo y la condena del demandado a que abone al actor la cantidad de 7088,75 euros, se alza el presente recurso de apelación, que en sintesis se sustenta en que la sentencia de instancia vulnera la doctrina jurisprudencial sobre las cuestiones complejas en el ámbito de los procesos arrendaticios sumarios e infringe el art. 1451 del CC al haberse incurrido en error al valorar la prueba practicada dado que de lo actuado quedo acreditado que el arrendador ofertó al arrendatario demandado la vivienda arrendada por un precio de 144.242,91 euros, que este aceptó según se desprende de la documental aportada por su parte. Así mismo dicha resolución vulnera la doctrina jurisprudencial del caracter recepticio de las notificaciones, dado que el demandado arrendaticio no recibio comunicación alguna en la que el actor le manifestara su intención de no prorrogar el contrato locativo, el cual no observó la diligencia mínima exigible para que dicha notificación llegara a su destinatario.

La parte apelada impugnó las alegaciones efectuadas de contrario, solicitando la confirmación de la sentencia apelada.

SEGUNDO

Los motivos y, por ende, el recurso han de ser desestimados, por cuanto con independencia de que todas las cuestiones suscitadas por el recurrente en su recurso, repetición de las efctuadas en esta...

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