STSJ Andalucía , 28 de Julio de 2000

PonenteJUAN MANUEL CIVICO GARCIA
ECLIES:TSJAND:2000:11780
Número de Recurso179/2000
ProcedimientoCONTENCIOSO
Fecha de Resolución28 de Julio de 2000
EmisorSala de lo Contencioso

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE ANDALUCÍA SALA DE LO CONTENCIOSO-ADMINISTRATIVO DE GRANADA SECCIÓN PRIMERA ROLLO NÚM. 179/00 JUZGADO: GRANADA NÚM. UNO SENTENCIA NÚM. 1.238 DE 2.000 SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO Ilmo. Sr. Presidente:

D. Rafael Puya Jiménez Iltmos. Sres. Magistrados D. Juan Manuel Cívico García Dª. Mª Pilar Bensusan Martín

En la Ciudad de Granada, a veintiocho de julio de dos mil. Ante la Sala de lo Contencioso- Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, con sede en Granada, se ha tramitado el recurso de apelación número 179/00 dimanante del recurso contencioso-administrativo núm. 672/99, seguido ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo número uno de los de Granada, siendo parte apelante D. Eugenio , representado por la Procuradora Dª. Mª José

Sánchez Estevez y dirigido por Letrado y parte apelada la CONSEJERÍA DE GOBERNACIÓN Y JUSTICIA, en cuya representación y defensa interviene el Letrado adscrito al Gabinete Jurídico de la Junta de Andalucía.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

El Juzgado de lo Contencioso-Administrativo núm. Uno de Granada, en fecha 3 de enero de 2.000, dicto auto en el recurso núm. 672/99 tramitado ante el mismo, en el que se acordaba no admitir a tramite el escrito presentado.

SEGUNDO

Contra dicho auto se interpuso recurso de apelación, del que, tras ser admitido en un solo efecto por el Juzgado, se dió traslado a las demás partes personadas para que en el plazo de 15 días formularan su oposición, presentándose por la parte apelada escrito de impugnación de dicho recurso.

TERCERO

Elevadas las actuaciones a esta Sala se formó el oportuno rollo, se registró, se designó

Ponente al Ilmo. Sr. D. Juan Manuel Cívico García, y al no haberse solicitado prueba, ni vista o conclusiones, se declararon conclusas las actuaciones para dictar la resolución procedente. Se señaló para deliberación, votación y fallo del presente recurso el día y hora señalado en autos, en que efectivamente tuvo lugar, habiéndose observado las prescripciones legales en la tramitación del recurso.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

Contra el Auto del Juzgado de lo contencioso-administrativo núm. 1 de los de Granada de 3 de Enero de 2.000, que inadmitió a trámite el recurso contencioso-administrativo interpuesto por D. Eugenio contra la Orden de la Consejería de Gobernación y Justicia de la Junta de Andalucía de 22 de octubre de 1.999, que desestimó el recurso potestativo de reposición interpuesto contra Resolución de 1 de julio de 1.999 del Director General de Organización Administrativa e Inspección General de Servicios, por virtud de la cual se acordaba el cese inmediato del referido Sr. Eugenio en el primer puesto declarado incompatible como Jefe del Departamento de Obstetricia y Ginecología del Hospital Virgen de las Nieves, de esta Ciudad, y se le declaraba en situación administrativa de excedencia voluntaria por incompatibilidad, se alza el indicado Sr. Eugenio , solicitando, con revocación del susodicho Auto, que se declare la propia Sala como competente para la resolución del presente asunto, que se admita a trámite el anuncio del recurso planteado en su día,...

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