Recurso contra sanción de expulsión

AutorAlberto Palomar/Javier Vázquez Garranzo
Cargo del AutorProfesor Titular de Derecho Administrativo (a) y Magistrado (ev)- Letrado de la Administración de la Seguridad Social. Abogado de la CAIB
Actualizado aMayo 2019

Expediente ….

A LA DELEGACION DE GOBIERNO DE ….

AREA DE TRABAJO E INMIGRACION

D/Dª. ………., con NIE X/DNI nº ............... mayor de edad y con domicilio a efectos de notificaciones en .................... C/ ........................................ (además, en su caso, teléfono, fax y/o correo electrónico), en su propio nombre y representación (en su caso, actuando en representación de .... según poder que se acompaña), ante este órgano administrativo comparezco y como mejor proceda en Derecho, por medio del presente escrito, y dentro del plazo de un mes establecido al efecto, vengo a interponer RECURSO POTESTATIVO DE REPOSICIÓN contra la resolución cursada en la Subdelegación del Gobierno de … con fecha ……, y tramitada bajo el número de expediente ……… por la cual se impone la sanción de expulsión del territorio español (se aporta como documento número 1 copia de la misma), todo ello en base a los siguientes:

ALEGACIONES

(O MOTIVOS, O HECHOS Y FUNDAMENTOS DE DERECHO

PRIMERA.- Con fecha ………… se me ha notificado Resolución (o acuerdo) de la Delegación de Gobierno de ……….. de fecha ………… por la que se comunica el acuerdo de imponer la sanción de expulsión del territorio nacional por cuanto……….. (causa o motivo de la orden o acuerdo: no disponer de documento alguno que acredite la permanencia regular en España, etc.).

SEGUNDA.- Que tal y como se acredita mediante ……….. entre en territorio nacional legalmente procedente de ……...

Sin embargo y por causas ajenas a mi voluntad, como lo es el excesivo tiempo de estancia en el país que tiene que residir irregularmente un extranjero, y retraso de la administración para otorgar una respuesta, es por lo que en la actualidad no cuento con la correspondiente Tarjeta de Residencia.

TERCERA.- Que mediante escrito de fecha …………, entrada nº ……. el día ….., solicité autorización residencia y trabajo por motivo ……… (arraigo social; permiso de residencia, de trabajo…).

Que quien esto suscribe (en su caso, mi representado, el Sr. ………)., reúne todos los requisitos de la normativa, para la concesión del permiso solicitado por cuanto ………….. (no le constan antecedentes penales, tal y como consta en el certificado aportado al expediente en plazo; reside en España en domicilio fijo desde hace más de tres años, como se acreditó con su empadronamiento histórico; dispone del informe favorable de inserción social emitido por el ayuntamiento de su lugar de residencia, tal y como consta en el expediente administrativo; dispone de la preceptiva relación laboral para poder cursar la solicitud, y que esta se resuelva de forma estimatoria; …..).

CUARTA.- No proporcionalidad de la sanción.

El artículo 55.3 de la LO 4/2000, establece que para la graduación de las sanciones, el órgano competente en imponerlas se ajustará a criterios de proporcionalidad valorando el grado de culpabilidad y, en su caso, el daño producido o el riesgo derivado de la infracción y su trascendencia.

En el caso que nos ocupa no cabe hablar de intencionalidad alguna en cometer infracción, ya que en el supuesto de estancia irregular en el país, esta no procede de una intencionalidad por parte de mi persona, es más todo extranjero tiene la intención precisamente de estar legalmente en el país, por lo cual ………

El cumplimiento de la orden de expulsión supone los siguientes perjuicios de imposible o difícil reparación ….. (separación del cónyuge y/o hijos/hijas; pérdida del derecho a …..; etc.).

Asimismo, de acuerdo con el artículo 57 de la LO 4/2000, aplicar la sanción de expulsión en lugar de la sanción de Multa, se está utilizando la sanción más grave de todas las posibles lo cual es contrario al criterio de proporcionalidad.

QUINTA.- Falta de motivación.

El artículo 17.1. de la Ley Orgánica 4/2000 establece que el extranjero residente tiene derecho a reagrupar con él en España a los ascendientes en primer grado del reagrupante y de su cónyuge cuando estén a su cargo, sean mayores de sesenta y cinco años y existan razones que justifiquen la necesidad de autorizar su residencia en España.

Por su parte, el artículo 27.6. de la referida Ley Orgánica 4/2000 establece que “La denegación de visado deberá ser motivada cuando se trate de visados de residencia para reagrupación familiar o para el trabajo por cuenta ajena, así como en el caso de visados de estancia o de tránsito.….

La resolución expresará los recursos que contra la misma procedan, órgano ante el que hubieran de presentarse y plazo para interponerlos”.

En el presente caso, la resolución impugnada no es más que un mero formulario que no se ajusta al caso concreto, pues en todo momento he cumplido con los requisitos exigidos por la normativa, no pudiendo la administración ampararse en argumentos inmotivados y restar valor a documentos oficiales para desestimar una solicitud de reagrupación familiar.

No puede considerarse que la motivación de la resolución impugnada sea suficiente, dado que al interesado no le resultaba posible de la lectura de la misma conocer ni deducir cuáles eran los motivos que la Administración consideró para desestimar la solicitud.

Es conocida la doctrina judicial que señala que la exigencia de motivación impone a la Administración el deber de manifestar las razones que sirven de fundamento a su decisión o, lo que es lo mismo, que se exprese suficientemente el proceso lógico y jurídico que ha llevado a la misma, con el fin de que su destinatario pueda conocer las razones en las que se ha apoyado y, en su caso, pueda posteriormente defender su derecho frente al criterio administrativo, aunque no es preciso que el razonamiento sea exhaustivo y pormenorizado. Por ello, la motivación constituye tanto un medio para conocer si la actuación merece calificarse, o no, de objetiva y ajustada a Derecho, como una garantía inherente al derecho de defensa tanto en la vía administrativa como en la jurisdiccional, ya que en la eventual impugnación del acto, si éste está motivado, habrá posibilidad de criticar las bases en que se ha fundado.

El criterio de la Administración no puede limitarse, por tanto, a expresar la decisión adoptada sino que, en cada caso, debe exponer cuáles son las concretas circunstancias de hecho y de derecho que, a su juicio, determinan que la decisión deba inclinarse en el sentido por ella elegido y no por otro de los, en cada caso, posibles, si bien ha de añadirse que es pacífica la doctrina jurisprudencial que considera que el cumplimiento del requisito de motivación no impone que el razonamiento sea exhaustivo y pormenorizado, y, en determinadas ocasiones, la resolución de asuntos en masa hace recomendable la utilización de impresos, como ha sido el caso, en el que la resolución de denegación de visado contiene una referencia a la persona solicitante del visado, al número de identificación de expediente, a la clase de visado solicitado y la fecha de su solicitud, cita los preceptos aplicados y los requisitos incumplidos.

Debe, por último, ponerse de relieve que para que un defecto de motivación no subsanado determine la anulabilidad de la resolución administrativa es preciso que haya dado lugar a la indefensión del interesado - artículo 48 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del ProcedimientoAdministrativo Común -, entendiéndose por tal la situación en que queda cuando se ve imposibilitado de obtener o ejercer los medios legales suficientes para su defensa por no haber podido conocer la ratio decidendi de la decisión administrativa, por lo que, si no ha producido una disminución real y efectiva de las garantías del interesado el eventual defecto de forma carecería de virtud invalidante.

Conviene, a continuación, tener en cuenta que de las actuaciones resulta la acreditación de ……… …..

En conclusión, considera esta parte que la resolución impugnada resulta carente de motivación y que en el procedimiento de reagrupación familiar y la subsiguiente solicitud de visado, se acreditó el cumplimiento de todos los requisitos exigidos legal y reglamentariamente para su concesión.

Por todo lo anteriormente expuesto,

SOLICITO: Que se tenga por interpuesto el presente escrito con los documentos adjuntos, se sirva admitirlo y tener por interpuesto RECURSO POTESTATIVO DE REPOSICION, frente a la resolución de fecha ….., por la que se acuerda la expulsión del territorio nacional de ….. y previa la tramitación legal que corresponda, sea dictada resolución por la que sea anulada la citada orden o acuerdo, o subsidiariamente se sustituya por la sanción de multa.

Lugar, fecha y firma

...............

SR./SRA. DIRECTOR/A DE...

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