El reconocimiento legal de los matrimonios de creencia en Jersey tras la aprobación de la Marriage and Civil Status (Amendment no. 4) (Jersey) Law 2018

AutorJosé Ramón Polo Sabau
CargoCatedrático de Derecho Eclesiástico del Estado. Universidad de Málaga
Páginas3191-3212
Revista Crítica de Derecho Inmobiliario, N.º 770, págs. 3191 a 3212 3191
El reconocimiento legal de los
matrimonios de creencia en Jersey
tras la aprobación de la Marriage
and Civil Status (Amendment no. 4)
(Jersey) Law 2018
The legal recognition of belief
marriages in Jersey by the Marriage
and Civil Status (Amendment no. 4)
(Jersey) Law 2018
por
JOSÉ RAMÓN POLO SABAU
Catedrático de Derecho Eclesiástico del Estado
Universidad de Málaga
RESUMEN: Recientemente acaba de ser aprobada una reforma legal del
sistema matrimonial en la Bailía de Jersey, con la que se ha dado entrada en este
territorio al reconocimiento del llamado matrimonio de creencia, a semejanza
de lo que viene aconteciendo en otros países próximos también de la órbita
del common law. En este trabajo se estudian las principales características de
este cambio legislativo y se contextualizan en ese más amplio contexto de la
evolución experimentada en este terreno por los ordenamientos de las Islas
Británicas.
José Ramón Polo Sabau
3192 Revista Crítica de Derecho Inmobiliario, N.º 770, págs. 3191 a 3212
ABSTRACT: Very recently it has been enacted the Marriage and Civil Sta-
tus (Amendment no. 4) (Jersey) Law 2018, by which the legal recognition of
the so called belief marriages has finally taken place in this particular Crown
dependency, as such recognition had already taken place in most legal systems
of the British Islands with the exception of those of England and Wales. This
paper deals with the study of the main features of this new Law of the Baili-
wick of Jersey.
PALABRAS CLAVE: Relaciones Iglesia-Estado. Sistema matrimonial. Ma-
trimonio religioso. Matrimonio de creencia. Derecho anglosajón.
KEY WORDS: Church and State. Marriage law. Religious marriage. Belief
marriage. Common law.
SUMARIO: I. INTRODUCCIÓN.—II. EL NOVEDOSO RECONOCI-
MIENTO DE LOS MATRIMONIOS DE CREENCIA EN LA LEGISLACIÓN
DE JERSEY.—III. CONCLUSIONES: EL PRINCIPIO DE IGUALDAD Y
LA PROGRESIVA GENERALIZACIÓN DEL MATRIMONIO DE CREENCIA
O MATRIMONIO SECULAR EN LOS ORDENAMIENTOS DE LAS ISLAS
BRITÁNICAS.
I. INTRODUCCIÓN
Muy recientemente ha sido aprobada en la Bailía de Jersey (Bailiwick of
Jersey) una ley que introduce cambios importantes en el sistema matrimonial
vigente en ese territorio dotado de un notable grado de autogobierno pero que
constituye, como se sabe, uno de los tres territorios insulares situados en el
Canal de la Mancha que dependen de la Corona británica (Crown dependencies).
Hasta ahora la legislación de Jersey, en similitud con lo que sucede en el
Derecho vigente en Inglaterra y Gales1, básicamente aceptaba dos formas válidas
de celebración del matrimonio, la forma civil y la forma religiosa, admitiendo
ambas a su vez diversas modalidades y, en el caso de la segunda, instaurándose
por razones históricas un estatuto particular —y particularmente beneficioso—
para la forma conyugal propia de la Iglesia Anglicana.
Entre otros aspectos, la aprobación de la Marriage and Civil Status (Amend-
ment no. 4) (Jersey) Law 20182, (en adelante MCSL) ha traído consigo la intro-
ducción de dos cambios fundamentales en este sistema como lo son, sin duda,
de un lado la posibilidad de convertir una de las uniones civiles legalmente
reconocidas (civil partnerships) en un matrimonio y, de otro, la admisión del

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