SAP Castellón 113/2007, 23 de Mayo de 2007
Ponente | PEDRO LUIS GARRIDO SANCHO |
ECLI | ES:APCS:2007:283 |
Número de Recurso | 61/2007 |
Procedimiento | CIVIL |
Número de Resolución | 113/2007 |
Fecha de Resolución | 23 de Mayo de 2007 |
Emisor | Audiencia Provincial - Castellón, Sección 1ª |
AUDIENCIA PROVINCIAL DE CASTELLON
SECCION PRIMERA
Rollo de Apelación Civil nº 61/2007
Juicio Verbal nº 911/2006
Juzgado de Primera Instancia nº 1 de Castellón
SENTENCIA Nº 113
Ilmos. Sres.:
Presidente:
Don CARLOS DOMINGUEZ DOMINGUEZ
Magistrados:
Don ESTEBAN SOLAZ SOLAZ
Don PEDRO LUIS GARRIDO SANCHO
En Castellón, a veintitrés de mayo de dos mil siete.
La Sección Primera de la Audiencia Provincial de Castellón, constituida por los Ilmos. Sres. Magistrados anotados al margen, ha visto y examinado el Rollo de Apelación Civil nº 61/2007, incoado en virtud del recurso interpuesto contra la sentencia de 11 de diciembre de 2006 dictada por el Juzgado de Primera Instancia nº 1 de Castellón, en los autos de Juicio Verbal nº 911/2006, sobre reclamación de cuotas comunitarias.
Han intervenido en el recurso, como APELANTE, la Comunidad de Propietarios DIRECCION000 nº NUM000 de Castellón, representada por la Procuradora Dª. Maria Luisa Broch Cándido con la asistencia jurídica del Letrado D Alfonso Larrea Rabassa, y como APELADO, D. Francisco representado por la Procuradora Dª. Paola Usó Amella y asistido por la Letrada Dª. Noelia Beltrán Galindo, siendo Ponente el Magistrado Ilmo. Sr. D. PEDRO LUIS GARRIDO SANCHO, que expresa el parecer del Tribunal.
ANTECEDENTES DE HECHO
En el procedimiento civil de referencia con fecha 11 de diciembre de 200 se dictó sentencia cuyo fallo es del tenor literal siguiente: "Que desestimando la demanda interpuesta por la Procuradora Doña María Luisa Broch Cándido en nombre y representación de la Comunidad de Propietarios DIRECCION000 nº NUM000 de Castellón, debo absolver y absuelvo a Don Francisco de las pretensiones contenidas en la demanda con expresa imposición a la actora de las costas causadas".
Publicada y notificada dicha sentencia, la representación procesal de la comunidad actora interpuso recurso de apelación, siendo impugnado el recurso de contrario, con remisión de los autos a la Audiencia Provincial de Castellón para su resolución.
Recibidas las actuaciones en esta Audiencia Provincial el día 9 de marzo de 2007,se turnaron a la Sección Primera, tramitándose el recurso y señalándose para deliberación y votación el pasado 21 de mayo de 2007.
En la tramitación del recurso se han observado, en lo esencial, todas las formalidades y prescripciones legales.
La sentencia de primer grado desestimó la demanda sobre reclamación de cuotas comunitarias al acoger la excepción de falta de legitimación activa, porque no consta el acuerdo de la comunidad por el que se autoriza al presidente a instar el proceso monitorio.
Entiende dicha comunidad, por el contrario, que la doctrina jurisprudencial reconoce legitimación activa al presidente de la comunidad de propietarios para poder actuar en nombre y representación de la misma, aún sin existir acuerdo de la junta de propietarios que le autorice para actuar contra el demandado.
La cuestión se centra, por tanto, en determinar si el presidente precisa de un acuerdo específico de la junta de propietarios para...
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