Sobre las recientes reformas en materia de Seguridad Social
Autor | Andrés Ramón Trillo García |
Cargo | Letrado Jefe del Servicio Jurídico Delegado Central del INSS |
Páginas | 20-22 |
Revista de Derecho Laboral vLex
20 #5 · marzo 2022
SOBRE LAS RECIENTES REFORMAS EN MATERIA DE SEGURIDAD SOCIAL
Autor: Andrés Ramón Trillo García
Cargo: Letrado Jefe del Servicio Jurídico Delegado Central del INSS
El mes de diciembre de 2021 ha traído im-
portantes reformas en materia de Seguridad
Social, por un lado, se ha culminado la tra-
mitación, como proyecto de ley, la regulación
del ingreso mínimo vital y por otro lado, se
ha aprobado la Ley 21/2021, de 28 de di-
ciembre, de garantía del poder adquisitivo de
las pensiones y de otras medidas de refuer-
zo de la sostenibilidad financiera y social del
sistema público de pensiones.
Pese a que el artículo 86.3 de la Constitución
Española prevé que el Real Decreto-ley se
pueda tramitar como proyecto de ley a tra-
vés del procedimiento de urgencia, lo cierto
es que se ha tardado año y medio para cul-
minar mediante ley ordinaria la regulación
primitiva, aprobada por Real Decreto-ley, de
la prestación del ingreso mínimo vital, si bien
durante este tiempo se ha reformado la nor-
ma original hasta en siete ocasiones.
La Ley 19/20021, de 21 de diciembre de
2021, por la que se establece el Ingreso Mí-
nimo Vital establece varias innovaciones,
como la flexibilización del requisito de haber
vivido en España de forma de forma inde-
pendiente, o del requisito de vulnerabilidad
económica no computándose como renta las
percepciones por desempleo. Asimismo, se
refuerza la protección con un complemento
de ayuda a la infancia consistente en una
cantidad mensual, por cada menor de edad
miembro de la unidad de convivencia, varia-
ble según la edad del menor, a 1 de enero del
correspondiente ejercicio, y que asciende a
100 euros para los menores de tres años, 70
euros para los mayores de tres años y me-
nores de seis, y a 50 para los mayores de 6
años y menores de 18 años.
Por otro lado, resulta de especial interés el
próximo traspaso de la competencia del in-
greso mínimo vital al País Vasco, lo que abre
la puerta a la ruptura de la tradicional pos-
tura que ha mantenido el Estado sobre su
competencia exclusiva en la gestión del régi-
men económico de la Seguridad Social.
La Ley 21/2021, de 28 de diciembre, acaba
con las medidas más importantes y polémi-
cas introducidas por la Ley 23/2013, el con-
creto, el Factor de Sostenibilidad y el Índice
de Revalorización de Pensiones de la Segu-
ridad Social.
Frente a la regulación precedente que de-
terminaba la revalorización de las pensiones
tomando en consideración el equilibrio fi-
nanciero del sistema en los cinco años prece-
dentes y la previsión en los años cinco años
futuros garantizando un nimio incremento
del 0,25%, la nueva regulación establece que
las pensiones de la Seguridad Social en su
modalidad contributiva, se revalorizarán al
comienzo de cada año en el porcentaje equi-
valente al valor medio de las tasas de va-
riación interanual, expresadas en tanto por
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