ORDEN EDU/325/2008, de 26 de febrero, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de ayudas destinadas a financiar la contratación de personal investigador de reciente titulación universitaria, en el marco de la Estrategia Regional de Investigación Científica, Desarrollo Tecnológico e Innovación 2007-2013, cofinanciadas por...

SecciónII - Disposiciones Generales
EmisorConsejeria de Educacion
Rango de LeyOrden

ORDEN EDU/325/2008, de 26 de febrero, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de ayudas destinadas a financiar la contratación de personal investigador de reciente titulación universitaria, en el marco de la Estrategia Regional de Investigación Científica, Desarrollo Tecnológico e Innovación 2007-2013, cofinanciadas por el Fondo Social Europeo.

La Ley 17/2002, de 19 de diciembre, de Fomento y Coordinación General de la Investigación Científica, Desarrollo e Innovación Tecnológica (I+D+I) en Castilla y León, que constituye el marco de coordinación de las actuaciones investigadoras financiadas por la Administración regional, tiene por objeto la coordinación y promoción de la investigación científica, el desarrollo y la innovación tecnológica en el ámbito de la Comunidad de Castilla y León.

La Estrategia Regional de Investigación Científica, Desarrollo Tecnológico e Innovación 2007-2013, recoge en su programa 1, 'Capital Humano como Fuente de Ventaja Competitiva', como una de sus medidas, el fomento de la formación de investigadores (Medida I-1.1).

Por su lado, la estrategia de desarrollo del Fondo Social Europeo para el periodo 2007/2013, recoge en su eje 3, Aumento y mejora del capital humano y como medida 3.4, Desarrollar el potencial humano en el ámbito de la investigación y la innovación, dentro del cual se enmarcan las actuaciones de esta convocatoria.

Según la Recomendación de la Comisión Europea relativa a la Carta Europea del Investigador y al Código de Conducta para la Contratación de Investigadores, es objetivo político desarrollar un mercado laboral europeo para los investigadores que sea atractivo, abierto y viable, y en el que las condiciones generales permitan contratar y mantener investigadores de valía en entornos que favorezcan el rendimiento y la productividad. Por ello se debe hacer un esfuerzo en la introducción y aplicación de nuevos instrumentos que contribuyan al desarrollo profesional de los investigadores en todas las etapas de su carrera.

También, como señala la Carta Europea del Investigador, es deber de las entidades empleadoras y/o financiadoras de investigadores velar por el desarrollo y la continuidad de esta carrera investigadora, lo que lleva a una necesidad de mejorar sus condiciones laborales y a su reconocimiento como profesionales desde las primeras etapas de sus carreras, es decir, desde el postgrado.

Esta Orden contribuirá a la creación del Espacio Europeo de Investigación, fomentando las recomendaciones emanadas de la Comisión Europea.

Dado que el objeto de la presente Orden es financiar la contratación de investigadores de reciente titulación universitaria para la realización de un trabajo de investigación por parte de las universidades y centros de investigación, los contratos que se realizan de acuerdo a ésta quedan fuera del ámbito del Real Decreto 63/2006, de 27 de enero, por el que se aprueba el Estatuto del Personal Investigador en Formación, estando regulados por el artículo 48.1 de la Ley Orgánica 6/2001, de 21 de diciembre, de Universidades, para las universidades públicas, o aquellas normas que sean aplicables de acuerdo con la naturaleza de cada organismo.

La Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, en su artículo 9.2 exige que con carácter previo al otorgamiento de subvenciones se aprueben las normas que establezcan sus bases reguladoras de concesión, con el contenido que establece esa misma Ley en su artículo 17.

En su virtud, y en ejercicio de las atribuciones conferidas por la Ley 3/2001, de 3 de julio, del Gobierno y de la Administración de la Comunidad de Castilla y León,

DISPONGO:

Artículo 1 Objeto.
  1. La presente Orden tiene por objeto establecer las bases reguladoras para la concesión de ayudas, en régimen de concurrencia competitiva, destinadas a financiar la contratación de personal investigador de reciente titulación universitaria por los organismos de investigación.

  2. El personal investigador de reciente titulación deberá realizar un trabajo de investigación durante el periodo de vigencia del contrato bajo la dirección de un investigador doctor que estará vinculado laboral o estatutariamente al organismo de investigación. En el supuesto de vinculación contractual del director, el contrato deberá...

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