Recensiones de libros sobre Derecho Privado Europeo

Páginas269-287

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SANZ CABALLERO, Susana: La familia en perspectiva internacional y europea, Tirant lo Blanc, Valencia, 2006, 397 pp., ISBN: 84-8456-387-1.

Podría decirse que en nuestros días la realidad social parece desbordar a la realidad legal tradicional en torno a la noción de familia y a los derechos que le son inherentes. Por ello es del todo oportuno preguntarse, como lo hace la autora de esta obra, Susana Sanz Caballero, «qué tipo de medidas se adoptan en el ámbito internacional al objeto de proteger los intereses familiares, qué clase de iniciativas se promueven y fomentan para que los Estados cumplan con sus obligaciones hacia la familia y, en definitiva, eleven el nivel de bienestar de la misma» (p. 23). Con una trayectoria especializada en derecho internacional de los derechos humanos y derecho comunitario -la Dra. Sanz es Titular de la Cátedra Jean Monnet de Integración Europea de la Universidad Cardenal Herrera de Valencia, donde es profesora ordinaria de Derecho Internacional Público-, la autora se adentra en un análisis del derecho internacional en la materia. El resultado ha merecido la calificación de ser la primera monografía dedicada a estudiar con «rigor científico» y «coherencia» el ámbito jurídico de lo que constituye «la célula básica de la sociedad» desde la perspectiva de la protección internacional (universal y europea) de los derechos humanos, como indica el Profesor Dr. Jorge Cardona Lloréns en el prólogo (pp. 17 y 20).

La obra se estructura en seis capítulos que representan en realidad tres grandes ámbitos de análisis: el primero, y menos extenso, se dedica al concepto y protección de los derechos de la familia en el sistema de las Naciones Unidas (capítulo I); el segundo aborda el concepto y derechos de la familia en el seno del Consejo de Europa (capítulos II y III), y el tercero estudia el concepto y derechos de la familia en la Unión Europea (capítulos IV y V). El capítulo VI es de conclusiones finales. El uso de un método jurídico de análisis uniforme a lo largo de toda la obra es muy acertado. Se diría que la autora realiza una construcción teórica que parte de una lectura inductiva de instrumentos jurídicos y jurisprudencia para llegar a enunciar a modo de ideas conceptuales los pormenores jurídicos del concepto de familia y de los derechos humanos que le son intrínsecos en la realidad social actual. Por ello, en lo que se refiere a la parte regional europea, la obra ofrece un compendio sistematizado de un número considerable de sentencias ágilmente manejadas del Tribunal Europeo de Derechos Humanos (TEDH) y del Tribunal de Justicia de las Comunidades Europeas (TJCE). Su contenido es en exceso descriptivo, echándose en falta, en ocasiones, una mayor profundización y apoyo doctrinal con respecto a diversos de los conceptos jurídicos que se destacan, así como con respecto a las valoraciones personales que se aportan.

Quizás el primer capítulo, dedicado a las Organizaciones del sistema de las Naciones Unidas, será el menos interesante para el iusprivatista, por consistir en una relación indicativa -no exhaustiva- de distintos instrumentos jurídicos internacionales, en su mayoría de soft law, que incluyen derechos humanos vinculados a la familia (como, por ejemplo, el derecho a la vida privada y familiar, derecho a contraer matrimonio, a fundar una familia y laPage 270 igualdad de derechos entre cónyuges, derecho de la persona a una remuneración justa que le asegure a ella y su familia una vida digna, etc.). Al respecto, si bien se echa en falta un mayor análisis contextual de cada instrumento (Estados parte en el tratado o Estados que adoptan la resolución internacional en cuestión, las causas de su adopción, etc.), el capítulo no deja de ilustrar sobre la relevancia del valor familia en la sociedad internacional universal, así como sobre la dificultad de manejar un concepto único de ésta en un ámbito que es tributario de la heterogeneidad de los Estados que lo componen.

Mayor interés ofrecen los capítulos siguientes donde se reflejan dos lecturas, en cierto modo opuestas, de los derechos humanos de la familia: la visión humanista, cristiana y liberal (p. 349) y la visión pragmática y utilitarista (p. 354), en expresiones de la autora, del juez de Estrasburgo y el juez de Luxemburgo, respectivamente.

La aproximación al Consejo de Europa se hace a partir de la inexistencia de una definición de familia en el Convenio Europeo para la Salvaguardia de los Derechos humanos y Libertades Fundamentales. Ésta se deducirá a partir de una jurisprudencia que «se puede tildar actualmente de poco conservador[a]» (p. 350), vivo reflejo de la adecuación de los jueces al air du temps y de su tendencia a proteger lafamita natural (así, por ejemplo, hay familia entre una madre soltera y su hijo natural desde el momento de su nacimiento; la familia puede incluir a los abuelos; existe familia entre unos padres y su hijo matrimonial desde el mismo momento del nacimiento, independientemente de que los progenitores convivan con el niño; puede existir vida familiar entre personas transexuales, etc.). El concepto de esposo y matrimonio tiene su giro jurisprudencial en el 2002 (sentencias Goodwin e I), cuando parece darse mayor peso al sexo psíquico que al biológico y así se puede interpretar el artículo 12 del Convenio -que textualmente se refiere al derecho a casarse de «el hombre y la mujer»- abriendo la puerta al derecho a casarse de los transexuales. Otro tanto decirse del concepto jurisprudencial de hijo, basado en la necesaria igualdad entre todos los hijos; o de vida privada y familiar, de la igualdad de derechos de los cónyuges y del derecho a contraer matrimonio y fundar una familia, que se realizan a continuación. Tras este ensayo de construcción conceptual, el contenido concreto de los derechos se analiza en el capítulo III (derecho a una vivienda, al respeto de la propiedad familiar, derechos socio-económicos, situación ante la expulsión de extranjeros, derecho a la educación de los hijos, la custodia de los hijos, etc.), no sin las necesarias remisiones a puntos analizados en el capítulo anterior; en alguna ocasión se fuerza demasiado el discurso para extraer las conclusiones reflejadas en la sistematización del capítulo. Por otra parte, la autora muestra también con acierto que el liberalismo del TEDH choca en alguna ocasión con la falta de pronunciamiento sobre temas excesivamente polémicos o sobre los que no hay aún un consenso entre los jueces, como es el caso del aborto.

En cuanto a la Unión Europea, la autora parte de su falta de competencia expresa sobre derechos fundamentales ni sobre los derechos de la familia. Ello conlleva que la Unión se interese por éstos «en la medida en que un asunto que verse sobre ellos afecte a un objetivo de la Unión como pueda ser la libre circulación de personas o bienes, la creación del mercado único o la libre competencia entre las empresas» (p. 323). Es, por tanto, del todo lógico, que el TJCE encare el tema de forma «economicista e instrumental» (p. 244), pues «los derechos de la familia interesan en tanto que medio para conseguir el crecimiento económico europeo y la integración y cohesión social». Claro ejemplo es que «la mayoría de las normas comunitarias protege a la familiaPage 271 del trabajador migrante comunitario, descartándose por lo general sus aplicación para el caso de familiares de migrantes de terceros Estados» (p. 245). La incorporación de la Carta de Derechos Fundamentales de la Unión Europea al derecho originario, no cambiaría demasiado el panorama, pues, con la excepción de su artículo 33.1, la mayoría de los derechos ya se protegían en la Unión de un modo u otro. El análisis del concepto y los derechos de la familia se basa en los mismos elementos conceptuales utilizados en los capítulos anteriores. Aun observándose influencias de la jurisprudencia del TEDH (claro ejemplo es el de las sentencias Goodwin e I sobre la Sentencia KB/Nacional Health Service Pensionsagen, admitiendo el derecho al matrimonio entre transexuales), los resultados son en global divergentes. La jurisprudencia en torno a los derechos socio-económicos es lógicamente más profusa, sin embargo, los logros positivos del juez de Luxemburgo deben ser matizados y criticados por su visión económica, «tan diferente e incluso distante en materia de derechos fundamentales» (p. 360), lo que «produce cierta esquizofrenia jurídica» (p. 361) en Europa.

De todo lo visto, dado el objeto de la obra, más que el listado de documentación final que se presenta, hubiese sido deseable incluir un índice de citas de los instrumentos jurídicos y sobre todo de las sentencias, especialmente teniendo en cuenta la remisión que de éstas se hace de un capítulo a otro. Pero ello no impide considerar el resultado global como un muy interesante y sugerente análisis jurídico basado en un método ordenado y coherente que permite al lector aproximarse con un menor (Sistema de Naciones Unidas) y mayor (ámbito regional europeo) detalle al concepto de familia y de los derechos que le son inherentes en una perspectiva internacional.

Helena Torroja Mateu

Universidad de Barcelona

SERRANO FERNÁNDEZ, María: Estudio de Derecho comparado sobre la interpretación de los contratos, València, Tirant Lo Blanch, 2005. ISBN 84-8456-291-3, 437 pp.

El libro se presenta a modo de estudio comparado del proceso de interpretación de los contratos en los diferentes sistemas jurídicos de nuestro entorno. Tal metodología se impone por entender la autora que, para poder abordar la consecución de un Derecho civil europeo, antes es preciso llevar a cabo la tarea de aproximación de los dos grandes sistemas jurídicos civiles occidentales: el Civil Law y el Common Law.

La obra se estructura en tres partes, divididas, cada una, en tres capítulos. A la vez, la materia se divide en tres temas clave: La «interpretación y prueba documental», la...

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