Recensiones

Autor1.José A. Gómez Segade - 2.Julio Costas Cümesaña - 3.Manuel Botana Agrá - 4.Beatriz Bugallo - 5.Sibylle E. Schlatter
Cargo del Autor1.Catedrático de Derecho Mercantil - Director del IDIUS Co-director de A DI
Páginas1401-1417

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Bercovitz, A , Introducción a las Marcas y otros signos distintivos en el tráfico económico, Aranzadi, Pamplona, 2002, 438 páginas. Bercovitz, A. (dir.) y García-Cruces González, José A. (dir. adjunto), Comentarios a la Ley de Marcas, Thomson-Aranzadi, Pamplona, 2003, 1.511 páginas

Hace cerca de cuarenta años, al iniciar la larga carrera universitaria, una de mis primeras recensiones, realizada cuando todavía estaba redactando mi tesis doctoral y publicada luego en el Anuario de Derecho Civil, tuvo por objeto la primera gran obra del Prof. Alberto BERCOVITZ. Aunque ya gozaba de gran prestigio y tenía en su haber un notable ramillete de publicaciones, esta primera gran obra monográfica dedicada a los «Requisitos de patentabilidad en el Derecho alemán» anticipaba el magisterio que pasaría a ejercer en la doctrina española. Así lo preveía también el Prof. FERNÁNDEZ-NÓVOA que me había sugerido la lectura del libro, y que conocía muy bien al autor por la colaboración de ambos en la cátedra madrileña del Prof. Joaquín GARRIGUES. Y así sucedió, en efecto, porque el Prof. Alberto BERCOVITZ, obtenida su cátedra de Derecho mercantil en 1970 comenzó una intensa labor que lo ha convertido junto con el Prof. Carlos FERNÁNDEZ-NÓVOA en el gran referente de la propiedad industrial e intelectual española que extiende su prestigio más allá de las fronteras españolas.

Dejando al margen su participación en tarea prelegislativas, en organizaciones nacionales e internacionales, o en cursos y conferencias, su obra escrita, al margen de su enorme importancia y amplitud en otros sectores del Derecho mercantil, comprende prácticamente todos los sectores de la Propiedad Industrial, el Derecho de Autor y el Derecho de la Competencia. Las dos obras recensionadas constituyen una muestra de su autoridad en un sector tan importante como el derecho de signos distintivos, y al propio tiempo un ejemplo de la polivalencia de la actividad científica del Prof. A. BERCOVITZ. En efecto, nos encontramos ante dos obras que inciden en el mismo sector del ordenamiento jurídico, pero que son totalmente distintas en su concepción, en sus objetivos, en su realización, y hasta en su extensión.

Comenzando por la obra Introducción a las marcas y otros signos distintivos en el tráfico económico, se trata de una obra individual del Prof. A. BERCOVITZ, que tiene las características de toda obra de madurez. No se trata en ella de exponer debates teóricos, o describir posiciones doctrinales encontradas, o sobrecargar la lectura con un aparato crítico excesivamente denso e innecesario. Por el contrario, el autor ofrece una obra sistemática sobre todos los signos distintivos, en la que fundamentalmente trata de exponer su opinión a la luz de las disposiciones legales vigentes. Por esta razón, sin perjuicio de una cita seleccionada de doctrina española al final de la obra, las citas a pie de página se limitan fundamentalmente a referencias jurisprudenciales. La obra se divide en 19 capítulos, en los que tras una introducción general se va pasando revista sucesivamente a las marcas (dedicando capítulos separados a las marcas colectivas y de garantía, y a las marcas en el ámbito internacional), al nombre comercial, a las denominaciones sociales y nombres de dominio, a los rótulos de establecimiento, y finalmente a las denominaciones de origen e indicaciones geográficas protegidas. Por su mayor trascendencia económica y jurídica en el libro se dedica especial a las marcas, y probablemente para poner de manifiestoPage 1402este sesgo lógico e ineludible, la obra no se titula simplemente «signos distintivos del tráfico económico» sino Introducción a las marcas y otros signos distintivos en el tráfico económico. El libro se completa con unos amplios apéndices en los que se incluyen no sólo la Ley y el Reglamento de Marcas, sino también el Reglamento 40/94 sobre la marca comunitaria. Varios capítulos del libro habían sido objeto de publicación previa en obras colectivas anteriores; así sucede con el capítulo II (Consideraciones generales sobre la nueva Ley de Marcas de 2001), capítulo VI (Marcas y derecho de autor), capítulo XVII (denominaciones sociales, signos distintivos de la empresa y nombres de dominio) y capítulo XIX (Denominaciones de origen e indicaciones geográficas protegidas). Pero esta circunstancia no merma la coherencia sistemática de la obra ni le resta un ápice de frescura y rigor, porque todos ellos han sido convenientemente modificados y actualizados cuando era preciso.

La obra es sugestiva y original en su sistemática, en su argumentación, y hasta en la formulación de conceptos y terminología nuevos. Desde el punto de vista sistemático, la originalidad se manifiesta en la presencia de algunos capítulos que no son frecuentes en obras generales de estas características, como sucede con el capítulo dedicado a las marcas y el derecho de autor. Las consideraciones que realiza el autor en este capítulo pueden ser de mucha utilidad en la práctica a la hora de decidir sobre la protección más adecuada de signos tan frecuentes en el tráfico como los eslóganes publicitarios. También resulta original en materia de marcas la exposición conjunta de la normativa española y de la normativa sobre la marca comunitaria, lo que resulta más sencillo cuando se trata de derecho sustantivo pero obliga nuevamente a restablecer apartados separados cuando se trata el procedimiento ante la OEPM y ante la OAMI. Por lo demás, la exposición conjunta puede implicar que sea imposible dedicar atención a instituciones típicas y exclusivas de la marca comunitaria como la «antigüedad» (seniority). El libro incorpora también argumentaciones originales como la propuesta de supresión de la protección registral del nombre comercial ante la posibilidad de registrar una marca de servicios que cumple los mismos objetivos (págs. 245-246). También son numerosas las innovaciones conceptuales como la de considerar como una carga o deber jurídico que pesa sobre el titular del signo, el ejercicio de las acciones por violación de su derecho una vez que ha conocido que la violación ha tenido lugar (págs. 185-186). Finalmente también son frecuentes las innovaciones terminológicas como hablar de «requisitos y prohibiciones» absolutos y relativos (págs. 69, 71, 85), o la distinción entre autonomía intelectual y material del signo (págs. 73 y 81).

Como puede apreciarse, no estamos ni ante una obra puramente expositiva en la que se expongan asépticamente la normativa española, europea e internacional ni ante un libro simplemente erudito o academicista. Por el contrario, con el presente libro el Prof. BERCOVITZ nos ofrece una obra de autoridad en la que se condensa toda la teoría de signos distintivos. Es irrelevante que no se encuentre el estudio de algún punto concreto porque el objetivo de la obra no es un tratamiento exhaustivo sino un estudio sistemático de conjunto y este objetivo se cumple con creces. Como es natural, en cualquier otra, pero mucho más incluso en una obra con tan alto nivel de originalidad, la lectura del libro hace surgir dudas, suscita discrepancias en algunos puntos y puede merecer críticas en otros. Pero al margen de eventuales discrepancias, la presente monografía, entre otros muchos, tiene el mérito histórico de ser el primer estudio general y sistemático de todos los signos distintivos en el Derecho español. Si a ello añadimos su esfuerzo sintético, su rigor conceptual, su enfoque general, y su palpitante actualidad, cabe deducir que es una obra imprescindible en cualquier biblioteca. Será muy útil para quien quiera iniciarse en el estudio de los signos distintivos y en especial de la marca. Pero también prestará valiosos servicios a profesionales más experimentados que deseen actualizar sus conocimien-Page 1403tos, tener una visión de conjunto sobre todos los signos distintivos, y disponer de una obra que pueda ser citada como argumento de autoridad.

Completamente distinta es la segunda obra recensionada (Comentarios a la Ley de Marcas) dirigida por el Prof. A. BERCOVITZ, ayudado por uno de sus últimos y más brillantes discípulos, el Prof. José A. GARCÍA-CRUCES, que actuó como director adjunto. La diferencia no radica en la calidad, sino en la estructura y características de la obra, pues si la primera es una obra individual y sistemática, la segunda, como su propio nombre indica, es un comentario colectivo. Estos Comentarios constituyen una obra de «escuela», porque con la excepción de Marcelino Curell, y del profesor de Derecho procesal Herrero Perezagua, todas y todos los demás comentaristas son discípulos directos o indirectos del Prof. A. BERCOVITZ, que ejercen como profesores de Derecho mercantil en las Universidades de Salamanca, Zaragoza, La Laguna o en la UNED, o que prestan servicios como letrados o letradas en la Oficina Española de Patentes y Marcas. Esta condición de obra de escuela permite que los «Comentarios» no sólo tengan una gran cohesión interna, sino que se beneficien del rigor y...

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