ORDEN PRE/37/2003, de 27 de enero, de aprobación de las bases reguladoras de las subvenciones a entidades para el fomento y la promoción de campos de trabajo que se realizan en Cataluña de intercambio de jóvenes de otras comunidades autónomas y de otros países.

SecciónDisposiciones Generales
Rango de LeyOrden

ORDEN

PRE/37/2003, de 27 de enero, de aprobación de las bases reguladoras de las subvenciones a entidades para el fomento y la promoción de campos de trabajo que se realizan en Cataluña de intercambio de jóvenes de otras comunidades autónomas y de otros países.

Considerando el Decreto 184/2000, de 29 de mayo, de reestructuración del Departamento de la Presidencia, modificado por el Decreto 20/2001, de 23 de enero, y por el Decreto 335/2001, de 24 de diciembre, y en concreto, los artículos 19 y siguientes del primer Decreto mencionado, que regulan las funciones y estructura de la Secretaría General de Juventud, y atribuyen a este órgano la dirección, el seguimiento y la supervisión de actuaciones en el ámbito juvenil correspondientes al Departamento de la Presidencia;

Considerando que una de las misiones de la Secretaría General de Juventud es la de promover y fomentar el asociacionismo juvenil en Cataluña y facilitar la integración de los jóvenes en la sociedad;

Considerando que por la experiencia de otros años se ha observado que es de especial interés tanto para los jóvenes catalanes como para las asociaciones juveniles el hecho de participar y realizar en campos de trabajo de intercambio con jóvenes de otras comunidades autónomas y de otros países donde se facilite el intercambio de conocimientos y culturas;

Considerando lo que disponen el Decreto 337/2000, de 24 de octubre, de regulación de las actividades en el tiempo libre en las que participen menores de 18 años, y el Decreto 276/1994, de 14 de octubre, de aprobación del Reglamento de instalaciones destinadas a actividades de tiempo libre con niños y jóvenes;

Considerando lo que dispone el Decreto legislativo 3/2002, de 24 de diciembre, por el que se aprueba el Texto refundido de la Ley de finanzas publicas de Cataluña;

Considerando la Orden del Departamento de Economía y Finanzas de 1 de octubre de 1997, sobre tramitación, justificación y control de ayudas y de subvenciones (DOGC núm. 2500, de 21.10.1997),

Ordeno:

-1 Aprobar las bases reguladoras de las subvenciones a entidades para el fomento y la promoción de campos de trabajo que se realizan en Cataluña de intercambio de jóvenes de otras comunidades autónomas y de otros países.

-2 Publicar las mencionadas bases en el DOGC como anexo a esta Orden.

Contra esta Orden o sus bases se puede interponer recurso contencioso administrativo ante la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente de su publicación, según lo que prevé el artículo 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa.

Barcelona, 27 de enero de 2003

Artur Mas i Gavarró

Primer consejero

Anexo

Bases reguladoras

-1 Objeto

1.1 El objeto de las subvenciones que se rigen por estas bases es el fomento y la promoción de campos de trabajo de intercambio con jóvenes de otras comunidades autónomas y de otros países, mediante la aportación por parte de la Secretaría General de Juventud de una parte del coste de cada plaza.

1.2 La subvención de la Secretaría General de Juventud para cada campo se determinará en función del número de participantes definitivos.

-2 Período

Los períodos para realizar los campos de trabajo objeto de estas subvenciones son:

Para los campos de trabajo con participantes del extranjero, entre el 7 de julio y el 30 de agosto del año de la convocatoria.

Para los campos de trabajo con participantes de otras comunidades autónomas, entre el 29 de junio y el 20 de agosto del año de la convocatoria.

-3 Destinatarios

Pueden solicitar estas subvenciones las entidades sin ánimo de lucro inscritas en el Registro de entidades de la Generalidad de Cataluña y censadas en el Censo General de la Secretaría General de Juventud.

-4 Solicitudes

4.1 Las solicitudes para cada subvención deberán formalizarse mediante una instancia dirigida a la secretaria general de Juventud, según el modelo oficial facilitado por la Secretaría General de Juventud, y se tendrá que adjuntar la documentación complementaria que se detalla en la base 5, y se podrán presentar en la sede...

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