DECRETO 87/1997, de 1 de julio, por la que se realiza la reestructuración en los Servicios de Farmacia de las Estructuras Sanitarias de Atención Primaria y se aprueba la relación de puestos de trabajo del personal sanitario al servicio de la Sanidad Local de la Consejería de Bienestar Social de la Junta de Extremadura.

SecciónI - Disposiciones Generales
EmisorConsejeria de Presidencia y Trabajo
Rango de LeyDecreto

CONSEJERIA DE PRESIDENCIA Y TRABAJO DECRETO 87/1997, de 1 de julio, por la que se realiza la reestructuración en los Servicios de Farmacia de las Estructuras Sanitarias de Atención Primaria y se aprueba la relación de puestos de trabajo del personal sanitario al servicio de la Sanidad Local de la Consejería de Bienestar Social de la Junta de Extremadura.

La Disposición Transitoria Quinta de la Ley 3/1996, de 25 de junio, de Atención Farmacéutica de la Comunidad Autónoma de Extremadura, contiene un mandato al Gobierno Regional para que realice la reestructuración de los Servicios de Farmacia de las Estructuras Sanitarias de Atención Primaria.

La citada reestructuración afecta, por tanto, a los puestos de trabajo adscritos a las Especialidades de Farmacia, de la Escala de Facultativos Sanitarios del Cuerpo de Titulados Superiores de la Junta de Extremadura.

Atendiendo a este mandato legal, se instrumentaliza mediante la presente norma la referida reestructuración utilizándose como soporte fundamental de la misma el marco territorial de la Atención Primaria de Salud, la cual viene constituida por las Zonas de Salud.

De esta forma, en cada una de las Zonas de Salud que conforman el territorio de la Comunidad Autónoma existirá, al menos, un puesto de trabajo de la...

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