Corrección de erratas del Real Decreto 1073/2012, de 13 de julio, por el que se establece el título de Técnico en Operaciones Subacuáticas e Hiperbáricas y se fijan sus enseñanzas mínimas.

MarginalBOE-A-2013-113
SecciónI - Disposiciones Generales
EmisorMinisterio de Educacion, Cultura y Deporte
Rango de LeyCorrección

Advertidas erratas en el Real Decreto 1073/2012, de 13 de julio, por el que se establece el título de Técnico en Operaciones Subacuáticas e Hiperbáricas y se fijan sus enseñanzas mínimas, publicado en el «Boletín Oficial del Estado» número 195, de 15 de agosto de 2012, se procede a efectuar las oportunas rectificaciones:

En la página 58545, el anexo III A) se sustituye por el siguiente:

ANEXO III A)

Especialidades del profesorado con atribución docente en los módulos profesionales del ciclo formativo de Técnico en Operaciones subacuáticas e hiperbáricas

Módulo profesional Especialidad del profesorado Cuerpo
0758. Intervención hiperbárica con aire y nitrox. • Profesor Especialista.
0759. Instalaciones y equipos hiperbáricos. • Profesor Especialista.
0760. Reparaciones y reflotamientos. • Profesor Especialista.
0761. Corte y soldadura. • Profesor Especialista.
0762. Construcción y obra hidráulica. • Profesor Especialista.
0763. Fisiopatología del buceo y emergencias. • Procesos Sanitarios. • Catedráticos de Enseñanza Secundaria. • Profesores de Enseñanza Secundaria.
1248. Inmersión desde campana húmeda. • Profesor Especialista.
0764. Navegación. • Máquinas, Servicios y Producción. • Profesores Técnicos de Formación Profesional.
0765. Maniobra y propulsión. • Máquinas, Servicios y Producción. • Profesores Técnicos de Formación Profesional.
0766. Formación y orientación laboral. • Formación y Orientación Laboral. • Catedráticos de Enseñanza Secundaria. • Profesores de Enseñanza Secundaria.
0767. Empresa e iniciativa emprendedora. • Formación y Orientación Laboral. • Catedráticos de Enseñanza Secundaria. • Profesores de Enseñanza Secundaria.

En la página 58546, el anexo III C) se sustituye por el siguiente:

ANEXO III C)

Titulaciones requeridas para impartir los módulos profesionales que conforman el título para los centros de titularidad privada, de otras Administraciones distintas a la educativa y orientaciones para la Administración educativa

Módulos profesionales Titulaciones
0764. Navegación. 0765. Maniobra y propulsión. – Licenciado, Ingeniero, Arquitecto o el título de Grado correspondiente, u otros títulos equivalentes. – Diplomado, Ingeniero Técnico, Arquitecto Técnico o el título de Grado correspondiente, u otros títulos equivalentes.
0763. Fisiopatología del buceo y emergencias. 0766. Formación y orientación laboral.
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