Real Decreto 1082/2012, de 13 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de desarrollo de la Ley 35/2003, de 4 de noviembre, de instituciones de inversión colectiva

AutorFernando Revuelta
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El 20 de julio de 2012, se publicó en el Boletín Oficial del Estado el Real Decreto 1082/2012, de 13 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de desarrollo de la Ley 35/2003, de 4 de noviembre, de Instituciones de Inversión

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Colectiva ("IICs") y deroga el anterior reglamento de IICs aprobado por el Real Decreto 1309/2005, de 4 de noviembre.

Este Real Decreto y la Ley 31/2011, de 4 de octubre, por la que se modifica la Ley 35/2003, de 4 de noviembre, de IICs adaptan la normativa española a la última reforma de los fondos de inversión armonizados, realizada por la Directiva 2009/65/CE, del Parlamento Europeo y del Consejo, de 13 de julio de 2009, conocida como UCITS IV, a los efectos de reforzar la competitividad, integración y competencia de la comercialización de IICs.

Uno de los mayores objetivos perseguidos por UCITS IV es garantizar la seguridad jurídica de los partícipes y accionistas. Por ello, el nuevo Reglamento de IICs introduce una serie de medidas con este fin, como por ejemplo delimitar la información obligatoria que debe recibir cada inversor y la armonización completa del documento con tal información, conocido como datos fundamentales para el inversor (en sus siglas en inglés, KIID).

El nuevo Reglamento de IICs mejora también la eficiencia del pasaporte europeo de comercialización de UCITS y el pasaporte de las sociedades gestoras, simplificando los trámites y reduciendo los plazos.

Asimismo, con el...

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