Real Decreto 335/2018, de 25 de mayo, por el que se modifican diversos reales decretos que regulan el sector del gas natural

AutorDra. Eva Blasco Hedo
CargoResponsable del Área de Investigación y Formación del Centro Internacional de Estudios de Derecho Ambiental (CIEDA-CIEMAT)
Páginas94-95
Recopilación mensual n. 80, Junio 2018
94
Publicado en Actualidad Jurídica Ambiental el 18 de junio de 2018
Real Decreto 335/2018, de 25 de mayo, por el que se modifican diversos reales
decretos que regulan el sector del gas natural
Autora: Dra. Eva Blasco Hedo. Responsable del Área de Investigación y Formación del
Centro Internacional de Estudios de Derecho Ambiental (CIEDA-CIEMAT)
Fuente: BOE núm. 128, de 26 de mayo de 2018
Temas Clave: Energía; Combustibles; Gas; Almacenes; Autorización
Resumen:
España se encuentra a la cabeza de la Unión Europea en infraestructuras y capacidad de
almacenamiento de gas natural licuado, siendo el país europeo con mayor número de
plantas de regasificación. Asimismo, por su situación geoestratégica, tiene un importante
potencial para desarrollar el mercado de gas natural licuado orientado al suministro de este
combustible en el transporte marítimo.
En este marco, se considera necesario impulsar la utilización de las infraestructuras de gas
natural licuado, flexibilizando los servicios de contratación de capacidad, tal y como
establece el Real Decreto 984/2015, de 30 de octubre, por el que se regula el mercado
organizado de gas y el acceso de terceros a las instalaciones del sistema de gas natural, con
el fin de regular y actualizar determinados aspectos en el funcionamiento del sistema
gasista.
A su vez, este Real Decreto modifica el Real Decreto 949/2001, de 3 de agosto, por el que
se regula el acceso de terceros a las instalaciones gasistas y se establece un sistema
económico integrado del sector de gas natural. En tal sentido, se incluye la definición de la
estructura de los peajes aplicados a diversos servicios incluidos en el Real Decreto
984/2015, de 30 de octubre. También se modifica el citado real decreto con objeto de
regular la baja del sistema retributivo de instalaciones de transporte, regasificación y
almacenamiento básico en extensión de vida útil, circunstancia que no estaba prevista en la
normativa vigente.
En lo que respecta a las modificaciones introducidas en el Real Decreto 1434/2002, de 27
de diciembre, por el que se regulan las actividades de transporte, distribución,
comercialización, suministro y procedimientos de autorización de instalaciones de gas
natural, se actualiza su título IV modificando el capítulo II correspondiente al cierre de
instalaciones de transporte, regasificación, almacenamiento y distribución de gas natural.
Como principal novedad, se profundiza en la regulación los procedimientos de cierre de
instalaciones, diferenciando entre el cierre temporal o definitivo de las mismas, ambos
previa solicitud del titular.
Por otra parte, se regula el régimen jurídico que ha de regir transitoriamente, en tanto no se
regulen de forma específica, los procedimientos de autorización de las instalaciones
relativas a otros hidrocarburos y otros fluidos gaseosos distintos del gas natural

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