Real Decreto 294/2016, de 15 de julio, por el que se establece el procedimiento para la gestión de los derechos mineros y de los derechos del dominio público de hidrocarburos afectados por el cambio del sistema geodésico de referencia

AutorEva Blasco Hedo
CargoResponsable del Área de Formación e Investigación del Centro Internacional de Estudios de Derecho Ambiental (CIEDA-CIEMAT)
Páginas43-43
www.actualidadjuridicaambiental.com
43
Nacional
Publicado en Actualidad Jurídica Ambiental el 12 de septiembre de 2016
Real Decreto 294/2016, de 15 de julio, por el que se establece el procedimiento para
la gestión de los derechos mineros y de los derechos del dominio público de
hidrocarburos afectados por el cambio del sistema geodésico de referencia
Autora: Eva Blasco Hedo, Responsable del Área de Formación e Investigación del Centro
Internacional de Estudios de Derecho Ambiental (CIEDA-CIEMAT)
Fuente: BOE núm. 178, de 25 de julio de 2016
Temas Clave: Minas; Hidrocarburos; Sistema geodésico de referencia
Resumen:
La aprobación de este Reglamento está directamente relacionada con el contenido de la Ley
18/2014, de 15 de octubre, que actualizó el sistema geodésico de referencia empleado en la
exploración, investigación y producción de hidrocarburos con efectos de aplicación a partir
de 1 de enero de 2015.
Este Real Decreto tiene por objeto establecer el procedimiento para la gestión de los
derechos mineros afectados por el cambio del sistema geodésico de referencia, y en
particular el procedimiento para la asignación de demasías mineras generadas como
consecuencia de dicha adaptación, para los permisos y aprovechamientos de recursos de las
secciones C) y D), en desarrollo de lo establecido en el artículo 76.2 de la Ley 22/1973, de
21 de julio, de Minas.
Asimismo, establece el procedimiento para la gestión de los derechos del dominio público
de hidrocarburos afectados por el cambio del sistema geodésico de referencia, así como del
procedimiento de asignación de demasías generadas como consecuencia de dicha
adaptación.
En la disposición transitoria única se establece el régimen jurídico que debe aplicarse a los
expedientes que estuvieran en fase de tramitación a la fecha de 1 de enero de 2015, que es
la de entrada en vigor de la Ley 18/2014, de 15 de octubre, para regular los efectos de la
continuación del expediente en cuanto a la delimitación del terreno afectado.
Entrada en vigor: 14 de agosto de 2016
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