Real Decreto 265/2021, de 13 de abril, sobre los vehículos al final de su vida útil y por el que se modifica el Reglamento General de Vehículos, aprobado por el Real Decreto 2822/1998, de 23 de diciembre

AutorDra. Eva Blasco Hedo
CargoResponsable del Área de Investigación y Formación del Centro Internacional de Estudios de Derecho Ambiental (CIEDA-CIEMAT)
Páginas108-110
Recopilación mensual n. 112, mayo 2021
108
Publicado en Actualidad Jurídica Ambiental el 26 de mayo de 2021
Real Decreto 265/2021, de 13 de abril, sobre los vehículos al final de su vida útil y por
el que se modifica el Reglamento General de Vehículos, aprobado por el Real Decreto
Autora: Dra. Eva Blasco Hedo. Responsable del Área de Investigación y Formación del
Centro Internacional de Estudios de Derecho Ambiental (CIEDA-CIEMAT)
Fuente: BOE núm. 89, de 14 de abril de 2021
Palabras clave: Residuos. Vehículos de motor. Automóvil. Principio de jerarquía. Gestión.
Responsabilidad ampliada del productor. Información. Comercialización. Registros
administrativos. Certificaciones. Régimen sancionador.
Resumen:
La Directiva 2000/53/CE, de 18 de septiembre de 2000, relativa a los vehículos al final de
su vida útil, ha sido modificada por la Directiva (UE) 2018/849 del Parlamento Europeo y
del Consejo, de 30 de mayo de 2018. Las modificaciones introducidas consolidan el principio
de jerarquía de residuos establecido en la Directiva 2008/98/CE, obligando a la adopción de
las medidas necesarias que permitan garantizar la aplicación práctica del orden de prioridades
en la gestión de los residuos. Y señala que la comunicación fiable de datos relativos a la
gestión de residuos es primordial para una aplicación eficiente de la normativa.
Dentro de este marco se aprueba el presente Real Decr eto, cuyo objeto es “establecer
medidas destinadas a la prevención de la generación de residuos procedentes de vehículos y
a la recogida, a la preparación para la reutilización, al reciclado y otras formas de valorización
de los vehículos al final de su vida útil, incluidos sus componentes, para así reducir la
eliminación de residuos y mejorar la eficacia en la protección de la salud humana y del medio
ambiente a lo largo del ciclo de vida de los vehículos”.
Asimismo, el Real decreto constituye la norma española de transposición al derecho interno
de la Directiva 2000/53/CE y la de transposición parcial de la Directiva (UE) 2018/849 del
Parlamento Europeo y del Consejo, de 30 de mayo de 2018.
Una de las novedades que se introducen en el capítulo I con respecto a la normativa anterior
es que se precisa la diferencia entre vehículo y automóvil, siendo vehículo cualquier medio
de transporte autopropulsado susceptible de matricularse ante la Dirección General de
Tráfico, mientras que automóviles son solo aquellos vehículos afectados por la Directiva
2000/53/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 18 de septiembre de 2000.
A través del Capítulo II se regulan las obligaciones relativas a la prevención de residuos y a
la puesta en el mercado de automóviles, mientras que el Capítulo III regula las obligaciones
relativas a la gestión de los residuos de vehículos al final de su vida útil. Como principal
novedad en este capítulo, se remarca la imprescindible y correcta retirada y gestión de estos
residuos durante la operación de descontaminación y se incluye una previsión de capacitación
por parte de los trabajadores de los CAT que trabajen con vehículos eléctricos e híbridos,
desarrollada en el anexo VI, para así velar por la seguridad e higiene de los trabajadores.

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