Real Decreto 244/2019, de 5 de abril, por el que se regulan las condiciones administrativas, técnicas y económicas del autoconsumo de energía eléctrica

AutorDra. Eva Blasco Hedo
CargoResponsable del Área de Formación e Investigación del Centro Internacional de Estudios de Derecho Ambiental (CIEDA-CIEMAT)
Páginas68-71
Recopilación mensual n. 90, Mayo 2019
68
Nacional
Publicado en Actualidad Jurídica Ambiental el 8 de mayo de 2019
Real Decreto 244/2019, de 5 de abril, por el que se regulan las condiciones
administrativas, técnicas y económicas del autoconsumo de energía eléctrica
Autora: Dra. Eva Blasco Hedo. Responsable del Área de Formación e Investigación del
Centro Internacional de Estudios de Derecho Ambiental (CIEDA-CIEMAT)
Fuente: BOE núm. 83, de 6 de abril de 2019
Temas Clave: Energía; Electricidad; Autoconsumo; Suministro; Aparatos de medida;
Consumidores y usuarios; Contratos; Registros administrativos; Reglamentaciones técnicas;
Suministro y transporte de energía
Resumen:
La Ley 24/2013, de 26 de diciembre, del Sector Eléctrico, ya definió el autoconsumo como
el consumo de energía eléctrica proveniente de instalaciones de generación conectadas en el
interior de una red de un consumidor o a través de una línea directa de energía eléctrica
asociadas a un consumidor y distinguía varias modalidades de autoconsumo.
Quizá la modificación más profunda del autoconsumo viene representada por el Real
Decreto-ley 15/2018, de 5 de octubre, de medidas urgentes para la transición energética y
la protección de los consumidores.
Con el objetivo de cumplir las obligaciones impuestas en este Real decreto-ley, a través del
presente real decreto se lleva a cabo el desarrollo reglamentario que regula varios aspectos,
entre los que cabe destacar las configuraciones de medida simplificadas, las condiciones
administrativas y técnicas para la conexión a la red de las instalaciones de producción
asociadas al autoconsumo, los mecanismos de compensación entre déficits y superávit de
los consumidores acogidos al autoconsumo con excedentes para instalaciones de hasta 100
kW y la organización del registro administrativo.
Asimismo, se efectúa la incorporación al ordenamiento jurídico español de parte del
contenido del artículo 21 de la Directiva (UE) 2018/2001 del Parlamento Europeo y del
Consejo, de 11 de diciembre de 2018, relativa al fomento del uso de energía procedente de
fuentes renovables.
Lo que en realidad se pretende con esta norma es que el autoconsumo repercuta
positivamente sobre la economía general, sobre los sistemas eléctrico y energético y sobre
los consumidores.
De conformidad con el artículo 1, su objeto específico es establecer:
1. Las condiciones administrativas, técnicas y económicas para las modalidades de autoconsumo de energía
eléctrica definidas en el artículo 9 de la Ley 24/2013, de 26 de diciembre, del Sector Eléctrico.

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