Quinta

AutorEmilio Pérez Pérez
Cargo del AutorDoctor en Derecho y Profesor Asociado de Derecho Civil

Quinta. Los Planes HidrolÛgicos de cuenca, aprobados antes de la promulgaciÛn del Plan HidrolÛgico Nacional, tendr·n plena eficacia jurÌdica. Los titulares de concesiones administrativas otorgadas al amparo de dichos Planes deber·n ser indemnizados, de no haberse dispuesto otra cosa en sus respectivos condicionados, por los perjuicios que, en su caso, les irrogue la aplicaciÛn del Plan HidrolÛgico Nacional.

Esta disposiciÛn transitoria es consecuencia lÛgica de la...

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