Quantifying antitrust damages: towards a non binding guidance for courts, informe de oxera para la Comisión Europea

AutorLuis Enrique Arjona Béjar - María Pilar Bello Martín-Crespo
Páginas117-140
ADI 30 (2009-2010): 117-140
QUANTIFYING ANTITRUST DAMAGES: TOWARDS
A NON BINDING GUIDANCE
FOR COURTS, INFORME DE OXERA
PARA LA COMISIÓN EUROPEA
LUIS ENRIQUE ARJONA BÉJAR*
MARÍA PILAR BELLO MARTÍN-CRESPO**
RESUMEN
Con el objetivo de facilitar las reclamaciones de daños derivados del incumplimiento
de las normas de libre competencia, la Comisión Europea está llevando a cabo diferen-
tes acciones. La última ha sido la publicación de una guía no vinculante, elaborada por
expertos externos, que facilite a los jueces el conocimiento de la metodología económi-
ca disponible para el cálculo del daño. En el presente trabajo se pretende proporcionar
a no expertos una explicación de los distintos métodos contemplados en el informe,
explicando su clasi cación y sus implicaciones para la cuanti ación de daños en los
diferentes escenarios que puede encontrar la práctica judicial.
Palabras clave: Derecho de defensa de la competencia, reclamación de daños,
métodos económicos de cuanti cación del daño.
ABSTRACT
In order to facilitate the private enforcement of the antitrust Law, the UE Commission
is taking different actions. The last one is the publication of a non-binding guide for courts
made by external experts on the methods available for the quanti cation of damages.
This paper intends to provide an explanation for non-experts of the methods included in
that guide, of their classi cation and of their practical implications in different scenarios.
Keywords: Antitrust Law, private Enforcemment, economics of Quantifying Da-
mages.
SUMARIO: I. INTRODUCCIÓN.—II. EL MARCO PARA LA CUANTIFICACIÓN DE LOS DAÑOS
DERIVADOS DE CONDUCTAS ANTICOMPETITIVAS.—III. LA CLASIFICACIÓN DE OXE-
* Dr. en Economía por la Universidad de Manchester. Profesor Titular de Fundamentos del Aná-
lisis Económico. Facultad de Ciencias Económicas y Empresariales. Campus Norte. Universidad de
Santiago de Compostela. Dirección de e-mail: l.arjona@usc.es.
** Dra. en Derecho. Profesora Titular de Derecho Mercantil. Miembro del IDIUS. Facultad de
Ciencias Económicas y Empresariales. Campus Norte. Universidad de Santiago de Compostela. Di-
rección de e-mail: mp.bello@usc.es.
ACTAS DE DERECHO INDUSTRIAL, 30 (2009-2010).indb 117ACTAS DE DERECHO INDUSTRIAL, 30 (2009-2010).indb 117 2/11/10 11:34:232/11/10 11:34:23
118 L. E. ARJONA BÉJAR-M.ª P. BELLO. Quantifying antitrust damages: towards...
RA DE LOS MÉTODOS EMPLEADOS EN LA CUANTIFICACIÓN DE DAÑOS.—IV. LOS MÉ-
TODOS BASADOS EN COMPARACIONES.—1. COMPARACIONES DE CORTE TRANSVERSAL.—2. COM-
PARACIONES DE SERIES DE TIEMPO.—3. COMBINACIÓN DE CORTE TRANSVERSAL Y SERIES DE TIEMPO PARA EL
CÁLCULO DE DIFERENCIAS ENTRE DIFERENCIAS.—V. LOS MÉTODOS BASADOS EN LAS ESTRUC-
TURAS DE MERCADO.—VI. LOS MÉTODOS BASADOS EN EL ANÁLISIS FINANCIERO.—
VII. CONSIDERACIONES FINALES.
I. INTRODUCCIÓN
El informe publicado en la web de la DG COMP que, bajo el títu-
lo «Quantifying Antitrust Damages: towards a non Binding Guidance
for Courts» ha sido elaborado por juristas y economistas de la consultora
OXERA, es el último de una serie de documentos no vinculantes elabora-
dos o encargados por la Comisión Europea con objeto de fomentar la utili-
zación de acciones de reparación de daños derivados de infracciones tanto
de normas comunitarias de competencia como de las normas nacionales.
La Comisión ha publicado ya un Libro Verde en 2005, y un Libro Blanco
en 2008, sobre «Damages Actions for Breach of the EC antitrust rules» 1,
así como todos los comentarios recibidos sobre ambos, y tres informes ex-
ternos, como el encargado a OXERA, en materia de métodos económicos
de cuanti cación de daños derivados de infracciones antitrust.
La cuanti cación de daños es una cuestión de gran complejidad, es-
pecialmente en relación con los derivados de infracciones de la compe-
tencia, y se considera uno de los mayores escollos en este tipo de recla-
maciones. Dada la naturaleza económica de los datos de los que parte la
cuanti cación, tienen gran relevancia los métodos técnicos de cálculo
empleados en los informes periciales aportados por las partes o solicita-
dos por el órgano jurisdiccional, especialmente en relación con el cálcu-
lo del lucro cesante (art. 1.106 CC) que exige un juicio hipotético. Por
otra parte, hay que tener en cuenta que los principios de nuestro sistema
de indemnización de daños, principios que ha sentado la jurisprudencia
reiteradamente, está el de que el daño ha de ser real en su existencia y
cuantía e incumbe al perjudicado la prueba de ambos 2 . En este marco, la
aportación de informes periciales basados en técnicas económicas puede
constituir un elemento de gran importancia (que no excluye la aportación
y valoración de otros elementos de juicio, como, en su caso, la resolución
de la autoridad de competencia), no sólo en relación con la cuanti ca-
ción sino también con la existencia misma del daño. La probabilidad de
que de aquellos actos cuyo objeto o efecto es impedir, restringir o falsear
la competencia se deriven daños a competidores y/o consumidores es
grande, pero ello no equivale a asumir que dicho efecto es necesario de
1 Vid. en ADI, R. ILLESCAS ORTIZ, «A propósito del reciente Libro Blanco de la Comisión de las
CE sobre “Acciones de daños y perjuicios por incumplimiento de las normas comunitarias de defensa
de la competencia”», núm. 28, 2007-2008, págs. 589-604, y M.ª P. BELLO MARTÍN-CRESPO, Libro verde
sobre reparación de daños y perjuicios por incumplimiento de las normas comunitarias de defensa de
la competencia, núm. 26, año 2005-2006, págs. 397-416.
2 J. SANTOS BRIZ, La responsabilidad civil, Montecorvo, Madrid, 1970, pág. 129.
ACTAS DE DERECHO INDUSTRIAL, 30 (2009-2010).indb 118ACTAS DE DERECHO INDUSTRIAL, 30 (2009-2010).indb 118 2/11/10 11:34:232/11/10 11:34:23

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR