Quaestiones in iure civili disputatae: didattica e prassi colta nel sistema del diritto comune fra duecento e Trecento

AutorEmma Montanos Ferrín
Páginas544-548

BELLOMO, Manlio. Q uaestiones in iure civili disputatae: didattica e prassi colta nel sistema del diritto comune fra duecento e Trecento. Martinoli, Livia (contributi codicologici). Roma: Istituto storico italiano per il Medio Evo, 2008. 887 pp. Fonti per la storia dell'Italia medievale; 31. ISBN 978-8889-1904-63.

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La impresionante obra, que tengo la suerte de reseñar, es el fruto maduro de un largo, apasionado y refinado trabajo que Manlio Bellomo ha concluido después de más de cuarenta años de investigación dedicada a la historia del pensamiento jurídico medieval, después del brillante exordio con sus muy conocidos libros y artículos de historia del derecho privado (1958-1968) 1. Ésta es la prosecución natural del volumen del año 2000, I fatti e il diritto tra le certezze e i dubbi dei giuristi medievali (secoli xiii-xiv) 2, y enriquece un panorama completo presentándose como la más preciosa adquisición que la historiografía jurídica europea ha conseguido realizar entre el fin del siglo pasado y el actual.

La primera lectura del imponente cuerpo de textos descubiertos y editados por Manlio Bellomo podría inducir en error al lector apresurado: el cual podría pensar encontrarse delante de textos inertes, necesitados de una interpretación reservada solo al historiador cuando a él le viniese en gana.

Otra comprensión equivocada podría ser generada por la convicción de que el ius commune, al que el libro está prevalentemente dedicado, sea una disciplina externa y extraña a la historia del derecho considerada en su llaneza. como dentro de poco tendré ocasión de precisar, esta convicción sería un modo impropio y sustancialmente errado de leer el libro.

A mi parecer corta toda posibilidad de malos entendimientos y de comprensiones equivocadas la Introduzione que abre el volumen. en ésta el autor explica con claridad las razones y la finalidad de la edición de textos (y del aparato de notas de sustento) y hace evidente que en todo momento el derecho ha sido constituido y es constituido hominum causa. por esto el libro pertenece plenamente al campo de la historia del derecho.

Manlio Bellomo ofrece en la Introduzione una clave de lectura fundamental y original, y presenta un recorrido que constituye la síntesis magistral de contribuciones historiográficas personales aportadas a la historia del derecho durante numerosos decenios, comenzando alrededor de la mitad de los años sesenta del siglo pasado, al tiempo del afortunado descubrimiento y de la identificación de algunos libri magni di quaestiones in iure disputatae, verdaderas y propias «bibliotecas» de obras apenas conocidas o desconocidas completamente. emergen brotes y resultados extraordinariamente iluminado-

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res para comprender la estructura del pensamiento jurídico de la edad medieval y moderna y para la definición de la identidad del jurista europeo en el contexto de la sociedad de su tiempo, durante el segundo milenio de la historia continental.

Por tanto, como he señalado, Manlio Bellomo tiene el mérito de haber alcanzado, por grados, el objetivo de representar felizmente, junto con la realidad del derecho medieval, también la materia fundamental de la cual el historiador del derecho debe de ocuparse, por su principal y específico deber.

No hay texto recuperado y editado que no ponga en el centro al hombre. se imponen en la documentación supérstite de los libri magni los problemas del hombre que vive en la familia y en la sociedad, y se entrevén en algunos textos los temores y las ansias de quien, sobre el límite extremo de la vida, teme por la suerte de la propia en el más allá.

Por esto sucede que «el cielo de los conceptos jurídicos» 3 desciende y se enerva en la cotidianidad de la vida social organizada en las municipalidades ciudadanas o en los regna del tiempo. sin las figurae, o categorías, diseñadas sobre el plano teórico de los operadores del derecho no se habrían podido e incluso hoy no se podrían aportar las soluciones requeridas en la praxis, mientras que sin las exigencias de la praxis no servirían para nada los esfuerzos necesarios para construir las categorías abstractas del derecho. de modo incisivo y ejemplar Manlio Bellomo paragona estas categorías jurídicas con el metro usado por cualquier artesano: abstractas aquellas categorías como abstracto por excelencia es el metro, utilizable infinitas veces sin que se consuma nunca. Y...

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