La punibilidad

AutorFRANCISCO MARHUENDA, TIFFANY-M. SÁNCHEZ-CABEZUDO, FRANCISCO JOSÉ ZAMORA
Páginas311-318
CAPÍTULO XXI.
LA PUNIBILIDAD
1. CONCEPTO
2. CONDICIONES OBJETIVAS DE PUNIBILIDAD Y CONDICIONES OBJETIVAS DE PERSEGUIBILIDAD
3. EXCUSAS ABSOLUTORIAS
3.1 CAUSAS DE EXCLUSIÓN
3.2 CAUSAS DE ANULACIÓN DE LA PENA
1. CONCEPTO
El elemento de la punibilidad ha sido bastante conictivo, sobre si se debía
introducir en los elementos del delito o no. Para Rossi, el delito era una infrac-
ción del deber, mientras que para otros autores, se trataba de la violación de un
derecho. Romagnosi consideraba que el delito era un elemento del perjuicio, no
hacía referencia a la pena. No obstante, los elementos que sí tienen que estar
presentes en el delito, son, la tipicidad, antijuridicidad y culpabilidad, sin olvi-
darnos la consideración de si se trata de una acción o no.
Introducir el concepto de punibilidad como elemento de delito, ha tenido
una evolución, que se ve en el siguiente esquema1.
Beling en 1960 definió el delito
como una acción típica,
antijurídica y culpable, sometida
a una adecuada sanción penal y
que llena las condiciones
objetivas de penalidad.
Posteriormente,
Mayer y Mezger,
defienden que no
se introduce la
penalidad en la
definición del
delito.
En la última etapa
Mezger define el
delito como una
acción tipicamente
antijurídica y
culpable.
Como se observa en el esquema, el concepto de pena se introduce en un pri-
mer momento, sin embargo, posteriormente no se considera que se trata de un
elemento del delito. Ha sido bastante conictivo especialmente porque los que
deenden la postura de admitir la penalidad como elemento del delito, es inne-
cesario, porque el delito ya de por sí lo lleva implícito2. El Código Penal actual
1 LUZÓN CUESTA, J. M. Compendio de Derecho Penal, Óp. cit., págs. 116-117.
2 Ibídem.

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