DECRETO 163/1989, de 27 de julio por el que se aprueba la Relación de Puestos de Trabajo correspondientes a funcionarios públicos de la Consejería de Cultura y Bienestar Social.

SecciónII - Disposiciones Generales
EmisorConsejeria de Presidencia y Administracion Territorial
Rango de LeyDecreto

Fecha del Boletín: 31-07-1989 Nº Boletín: 145 / 1989

DECRETO 163/1989, de 27 de julio por el que se aprueba la Relación de Puestos de Trabajo correspondientes a funcionarios públicos de la Consejería de Cultura y Bienestar Social.

El artículo 24 de la Ley 7/1985, de 27 de diciembre de Ordenación de la Función Pública de la Administración de la Comunidad de Castilla y León, dispone que las Relaciones de Puestos de Trabajo deben elaborarse anualmente. Es evidente que esta periodicidad anual obedece a la necesaria vinculación de las Relaciones de Puestos de Trabajo con la elaboración, también anual, de los Presupuestos Generales, por su incidencia inexcusable en el capítulo de gastos de personal.

Por otra parte, la elaboración anual de las Relaciones de Puestos de Trabajo, no comporta sustantivamente la necesidad u obligatoriedad de introducir modificaciones en las Relaciones vigentes. Tal necesidad deriva no de la periodicidad anual, sino del hecho de que se hubieran producido cambios en las estructuras orgánicas de las Consejerías, tal como prevé el artículo 23.3 de la citada Ley 7/1985, de 27 de diciembre.

La entrada en vigor de la Ley 18/1988, de 28 de diciembre, de Acción Social y Servicios Sociales en Castilla y León, el ejercicio de las funciones que a la Administración de las Comunidades Autónomas se atribuyen en virtud de la Ley 21/1987, de 11 de noviembre, de Modificación del Código Civil, en cuanto a las funciones de protección y tutela de menores, así como la voluntad de dar cumplimiento a las proposiciones no de ley adoptadas por las Cortes de Castilla y León el 17 de junio de 1988 y 3 de noviembre de 1988, determinan un incremento en la prestación de servicios a cargo de la Consejería de Cultura y Bienestar Social y, por consiguiente, en consonancia con lo expuesto en el párrafo anterior, conllevan modificaciones en la Relación de Puestos de Trabajo.

En base a las anteriores consideraciones, resulta procedente formalizar las Relaciones de Puestos de Trabajo que han de regir en el ejercicio...

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