ORDEN JUS/46/2009, de 11 de febrero, por la que se da publicidad a la relación de las tasas vigentes que gestiona el Departamento de Justicia.

SecciónDisposiciones Generales
EmisorDEPARTAMENTO DE JUSTICIA
Rango de LeyOrden

ORDEN

JUS/46/2009, de 11 de febrero, por la que se da publicidad a la relación de las tasas vigentes que gestiona el Departamento de Justicia.

La disposición adicional tercera del Texto refundido de la Ley de tasas y precios públicos de la Generalidad de Cataluña, aprobado por el Decreto legislativo 3/2008, de 25 de junio, establece que en el plazo de dos meses contados a partir de la fecha de entrada en vigor de la ley que modifique o cree tasas o actualice sus importes, los departamentos de la Generalidad de Cataluña que gestionen las tasas afectadas deben publicar en el Diari Oficial de la Generalitat de Catalunya , mediante una orden del consejero o consejera competente en la materia, y con efectos meramente informativos, una relación de las tasas vigentes que gestionan, en que identifiquen los servicios y las actividades que devengan cada una de ellas y la correspondiente cuota.

El artículo 45 de la Ley 15/2008, de 23 de diciembre, de presupuestos de la Generalidad de Cataluña para el 2009, eleva el tipo de cuantía fija de las tasas vigentes de la Generalidad para el año 2009.

Por todo ello, visto el Texto refundido de la Ley de tasas y precios públicos de la Generalidad de Cataluña, aprobado por el Decreto legislativo 3/2008, de 25 de junio, y de acuerdo con el artículo 39.3 de la Ley 13/2008, de 5 de noviembre, de la presidencia de la Generalidad y del Gobierno,

Ordeno:

Dar publicidad, a efectos informativos, a la relación de las tasas vigentes que gestiona el Departamento de Justicia, que se especifican en el anexo de esta Orden.

Barcelona, 11 de febrero de 2009

Montserrat Tura i Camafreita

Consejera de Justicia

Anexo

Relación de las tasas vigentes que gestiona el Departamento de Justicia

.1 Tasa por la inscripción en las convocatorias para la selección del personal que debe acceder a un puesto de trabajo del grupo C del cuerpo técnico de especialistas, grupo servicios penitenciarios (artículo 2.1-5.4 del Texto refundido de la Ley de tasas y precios públicos de la Generalidad de Cataluña, aprobado por el Decreto legislativo 3/2008, de 25 de junio): 33,35 euros.

1.1 Exenciones

Están exentos de esta tasa, con la justificación documental previa de su situación, los sujetos pasivos en situación de desempleo que no perciben ninguna prestación económica, las personas jubiladas y las que acrediten una discapacidad igual o superior al 33%.

1.2 Bonificaciones

  1. Se establece una bonificación del 30% para las personas miembros de familias...

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