La prueba pericial civil en la doctrina del Tribunal Supremo

AutorAntonio Salas Carceller
Páginas33-46
JOAN PICÓ I JUNOY (Dir.) PERITAJE Y PRUEBA PERICIAL 33
LA PRUEBA PERICIAL CIVIL EN LA
DOCTRINA DEL TRIBUNAL SUPREMO
Antonio Salas Carceller
Magistrado del Tribunal Supremo
RESUMEN: En este trabajo se efectúa un examen de la configuración de la prueba pericial en la
LEC y la valoración que de la misma está efectuando el Tribunal Supremo. Se realiza un examen de
algunos de los problemas que ha tenido que resolver el Alto Tribunal sobre este medio de prueba,
tales como los requisitos mínimos del dictamen pericial de parte, la sujeción del perito al encargo
recibido, su relación con la carga de la prueba, su impugnación, su valoración en segunda instancia
y el alcance de su posible control ante el Tribunal Supremo.
PALABRAS CLAVE: Prueba pericial, Tribunal Supremo.
SUMARIO: 1. Introducción. 2. Requisitos del dictamen pericial de parte. 3. Ámbito de la prueba
pericial. Sujeción por el perito al encargo recibido en el caso del peritaje judicial. 4. Impugnación
del dictamen. 5. Valoración en la segunda instancia. 5.1. Valoración según la doctrina del Tribunal
Supremo. 5.2. Revisión de la valoración probatoria mediante recurso extraordinario por infracción
procesal.
1. Introducción
En los procesos judiciales resulta fundamental la distinción entre los «hechos»
que constituyen su objeto y el «derecho aplicable». Aunque aparentemente la distinción
es clara, existen supuestos en que no resulta tan sencilla diferenciar el aspecto jurídico
del fáctico.
En los escritos de alegaciones se suele hacer mención a numerosos hechos, mu-
chos de los cuales no son propiamente los que fundamentan directamente la pretensión;
pero, sin embargo, contribuyen a hacer comprender el relato que la parte aporta al tri-
bunal en apoyo de aquélla. Lógicamente son los primeros –los hechos en que se funda
la pretensión– los que, cuando no existe acuerdo entre las partes, están necesitados de
prueba que ha de lograrse a través de los medios previstos en la LEC. Como es sabido, no

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