Protección de la posesión

AutorManuel Faus
Cargo del AutorNotario

El efecto más importante de la posesión es su protección por los mecanismos legales. Ello da por supuesto conocer el auténtico concepto de la posesión, las formas de adquisición y sus clases.

Puede verse al respecto:

Contenido
  • 1 La protección posesoria
    • 1.1 Las acciones posesorias
      • 1.1.1 Concepto de acción posesoria
      • 1.1.2 Clases de interdictos
      • 1.1.3 Legitimación para el ejercicio de la acción posesoria
      • 1.1.4 Requisitos para el ejercicio de las acciones posesorias y plazo.
      • 1.1.5 Excepciones a la protección del poseedor
      • 1.1.6 Diferencia entre las acciones de tutela sumaria de la posesión y la acción de precario
    • 1.2 La acción publiciana
    • 1.3 Las presunciones posesorias
    • 1.4 La usucapión
    • 1.5 Las normas de protección de la posesión en la Ley de Enjuiciamiento Civil
    • 1.6 La posesión judicial
  • 2 La posesión y los bienes de la Administración
  • 3 La posesión y el Registro de la Propiedad
  • 4 La protección de la posesión en las legislaciones forales y territoriales
  • 5 Ver también
  • 6 Recursos adicionales
    • 6.1 En formularios
    • 6.2 En doctrina
  • 7 Legislación básica
  • 8 Legislación citada
  • 9 Jurisprudencia citada
La protección posesoria

El efecto más importante durante el ejercicio de la posesión es la protección al poseedor por el solo hecho de serlo. Y esta protección se realiza en nuestro Derecho mediante las acciones posesorias y las presunciones, además del instituto de la usucapión.

Las acciones posesorias Concepto de acción posesoria

Las acciones posesorias son aquellas que protegen el simple hecho de la posesión, amparando al poseedor contra cualquier perturbación, pero sin formular declaración acerca del derecho a la posesión.

Las acciones vienen recogidas en el Derecho Romano con el nombre de interdictos, llamados así porque en el Derecho clásico de Roma eran recursos que no se ejercitaban con sujeción a las formas del procedimiento común, sino instando del Magistrado una orden o mandato.

El art. 441 del CC dice:

"En ningún caso puede adquirirse violentamente la posesión mientras exista un poseedor que se oponga a ello. El que se crea con acción o derecho para privar a otro de la tenencia de una cosa, siempre que el tenedor resista la entrega, deberá solicitar el auxilio de la Autoridad competente".

Comentando este precepto, la STS 683/2020, 15 de Diciembre de 2020 [j 1] dice que de este modo, el Código parte de la distinción entre acción y derecho, ya que se refiere al que se crea "con acción o derecho" para privar a otro de la tenencia de una cosa, aunque remite al poseedor, en todo caso, a solicitar el auxilio de la "Autoridad competente". Se hace con ello eco el Código del principio canónico spoliatus ante omnia restituendus [ante todo hay que reponer en su posesión al que ha sido expoliado]. Y, en el mismo sentido, el art. 446 CC reconoce a todo poseedor el derecho a ser respetado en su posesión, de forma que, "si fuere inquietado en ella, deberá ser amparado o restituido en dicha posesión por los medios que las leyes de procedimiento establecen"; en esa misma sentencia también se matiza que es irrelevante que el acto de despojo sea "lícito.

La Ley 1/2000, de 7 de enero, de Enjuiciamiento Civil, ha suprimido los interdictos como un procedimiento especial, al haber sido subsumidos en el ámbito del juicio verbal, regulado en el Titulo III del Libro II, de los procesos declarativos ordinarios, sin las especialidades procesales antes existentes (justificadas en la finalidad originaria de tutela sumaria de la posesión), si bien se mantiene la carencia de efectos de cosa juzgada de la sentencia que recaiga (art. 447.2 LEC), si bien, la Ley Orgánica 1/2025, de 2 de enero, de medidas en materia de eficiencia del Servicio Público de Justicia, entrada en vigor el 3 de abril de 2025, modifica este art. 447 ya que las acciones acumuladas a la de desahucio a las que el precepto se refiere producirán efectos de cosa juzgada.

Por su parte, el art. 250 de la LEC dispone:

Ámbito del juicio verbal.
1. Se decidirán en juicio verbal, cualquiera que sea su cuantía, las demandas siguientes:
.. 4º. Las que pretendan la tutela sumaria de la tenencia o de la posesión de una cosa o derecho por quien haya sido despojado de ellas o perturbado en su disfrute.
Podrán pedir la inmediata recuperación de la plena posesión de una vivienda o parte de ella, siempre que se hayan visto privados de ella sin su consentimiento, la persona física que sea propietaria o poseedora legítima por otro título, las entidades sin ánimo de lucro con derecho a poseerla y las entidades públicas propietarias o poseedoras legítimas de vivienda social.

Este precepto, - con nueva redacción dada por la Ley 5/2018, de 11 de junio, de modificación de la Ley 1/2000, de 7 de enero, de Enjuiciamiento Civil, en relación a la ocupación ilegal de viviendas - atribuye, según la STS 269/2026, 19 de Febrero de 2026, [j 2] legitimación para instar la inmediata recuperación de la plena posesión de una vivienda, siempre que se haya producido una privación sin consentimiento, no solo al poseedor material, sino también a «la persona física que sea propietaria o poseedora legítima por otro título».

Pero a las medidas especiales se les sigue llamando, como se verá, interdictos.

Clases de interdictos

Se ha venido clasificando en interdicto de retener y de recobrar, según que su finalidad sea defender a una posesión actual contra las perturbaciones, o recuperar la que se perdió por despojo violento e ilícito.

El principio de tutela a la posesión está recogido en el art. 446 del CC, diciendo que «todo poseedor tiene derecho a ser respetado en su posesión; y, si fuere inquietado en ella, deberá ser amparado o restituido en dicha posesión por los medios que las leyes de procedimiento establecen». Y estos medios son los mencionados interdicto de retener y el interdicto de recobrar, según que la perturbación haya conseguido o no privar de la posesión a su titular, el cual dispondrá del plazo de un año a partir del despojo o de inquietar al poseedor, para acudir a los Tribunales y basándose en el solo hecho de ser poseedor promover el oportuno procedimiento para que se le devuelva la posesión o cese la perturbación.

Aunque la actual LEC no emplea –algún autor dice inexplicablemente- en ningún lugar el término «interdicto» (utiliza la expresión acción posesoria), la Jurisprudencia sí habla de la acción interdictal. Por ejemplo, la Sentencia nº 467/2016 de TS, Sala 1ª, de lo Civil, 7 de Julio de 2016, [j 3] al tratar de la acción posesoria, dice que es un simple proceso sumario en el que no se deciden definitivamente cuestiones de propiedad o de mejor derecho a poseer, reservadas para su posterior juicio declarativo, dado que basta para otorgar al actor la protección interdictal con la existencia de una apariencia razonable de titularidad como "fumus bonus iuris", por cuanto es suficiente tal apariencia para que se mantenga el "estatus quo" que el demandado ha pretendido alterar.

La LEC, además de la acción posesoria de retener y de recobrar, habla:

  • Del que se denominaba interdicto de adquirir (demanda de los titulares de derechos reales inscritos en el Registro de la Propiedad, para lograr la efectividad de esos derechos frente a quienes se oponga a ellos o perturben su ejercicio, sin disponer de título inscrito que legitime la oposición o la perturbación (art. 250.7º LEC).
  • Del que se denominaba interdicto de obra nueva (demanda para que el tribunal resuelva, con carácter sumario, la suspensión de una obra nueva (art. 250.5º). Para determinar la procedencia de la acción posesoria de suspensión de obra nueva o la de recobrar la posesión, deben considerarse dos elementos fundamentales: la importancia, entidad y envergadura de la obra, así como la rapidez o inmediatez de su ejecución. En el caso de obras menores, podría resultar procedente la acción de recobrar la posesión, mientras que en obras de mayor entidad corresponde promover la acción de suspensión de obra nueva. (STS 1389/2025, 7 de Octubre de 2025). [j 4]
  • Del que se denominaba interdicto de obra ruinosa (se pretende que el tribunal resuelva, con carácter sumario, la demolición o derribo de obra, edificio, árbol, columna o cualquier otro objeto análogo en estado de ruina y que amenace causar daños a quien demande (art. 250.6º).

En realidad:

  • El llamado interdicto de adquirir no es una acción posesoria sino una acción concedida al titular de un derecho posesorio para adquirir la posesión derivada del mismo.
  • Y el de obra ruinosa tampoco es una acción posesoria ya que tiene por objeto evitar un daño, pero no el de resolver acerca de la posesión.
Legitimación para el ejercicio de la acción posesoria

1.- Legitimación activa:

Concretándonos en las verdaderas acciones posesorias (antes interdictos de retener y recobrar), nuestro derecho concede protección a todo poseedor; el art. 230 LEC habla de la posesión o tenencia; por tanto, pueden ser utilizados por cualquier poseedor, sea título de dueño, de tenedor actual, de ocupante, sea usufructuario, arrendatario, retenedor, arrendatario, comodatario y, en definitiva, todo el que tenga una posesión sea natural o civil, según la terminología del CC, en concepto de dueño o en otro distinto, sea posesión mediata o inmediata y también el heredero.

No es poseedor el servidor de la posesión y, por tanto, no tiene la acción interdictal.

En el caso de desdoblamiento de la posesión en inmediata y mediata, están legitimados tanto el...

Para continuar leyendo

Comienza Gratis

Desbloquea el acceso completo con una prueba gratuita de 7 días

Transforma tu forma de trabajar con vLex y Vincent

  • Accede a una plataforma jurídica todo en uno, diseñada para abogados que buscan ir un paso por delante.

  • Consulta jurisprudencia, formularios, legislación, prácticos y doctrina de España y más de 100 jurisdicciones en una sola búsqueda.

  • Ahorra tiempo con IA jurídica avanzada: Vincent AI analiza documentos, resume casos y responde tus consultas en lenguaje natural con citas verificadas.

  • Encuentra exactamente lo que necesitas gracias a potentes filtros y funciones de búsqueda inteligente.

  • Actualización constante y fuentes oficiales, para trabajar siempre con información verificada y segura.

  • Utilizada por los principales despachos, instituciones públicas y universidades de referencia.

vLex

Desbloquea el acceso completo con una prueba gratuita de 7 días

Transforma tu forma de trabajar con vLex y Vincent

  • Accede a una plataforma jurídica todo en uno, diseñada para abogados que buscan ir un paso por delante.

  • Consulta jurisprudencia, formularios, legislación, prácticos y doctrina de España y más de 100 jurisdicciones en una sola búsqueda.

  • Ahorra tiempo con IA jurídica avanzada: Vincent AI analiza documentos, resume casos y responde tus consultas en lenguaje natural con citas verificadas.

  • Encuentra exactamente lo que necesitas gracias a potentes filtros y funciones de búsqueda inteligente.

  • Actualización constante y fuentes oficiales, para trabajar siempre con información verificada y segura.

  • Utilizada por los principales despachos, instituciones públicas y universidades de referencia.

vLex

Desbloquea el acceso completo con una prueba gratuita de 7 días

Transforma tu forma de trabajar con vLex y Vincent

  • Accede a una plataforma jurídica todo en uno, diseñada para abogados que buscan ir un paso por delante.

  • Consulta jurisprudencia, formularios, legislación, prácticos y doctrina de España y más de 100 jurisdicciones en una sola búsqueda.

  • Ahorra tiempo con IA jurídica avanzada: Vincent AI analiza documentos, resume casos y responde tus consultas en lenguaje natural con citas verificadas.

  • Encuentra exactamente lo que necesitas gracias a potentes filtros y funciones de búsqueda inteligente.

  • Actualización constante y fuentes oficiales, para trabajar siempre con información verificada y segura.

  • Utilizada por los principales despachos, instituciones públicas y universidades de referencia.

vLex

Desbloquea el acceso completo con una prueba gratuita de 7 días

Transforma tu forma de trabajar con vLex y Vincent

  • Accede a una plataforma jurídica todo en uno, diseñada para abogados que buscan ir un paso por delante.

  • Consulta jurisprudencia, formularios, legislación, prácticos y doctrina de España y más de 100 jurisdicciones en una sola búsqueda.

  • Ahorra tiempo con IA jurídica avanzada: Vincent AI analiza documentos, resume casos y responde tus consultas en lenguaje natural con citas verificadas.

  • Encuentra exactamente lo que necesitas gracias a potentes filtros y funciones de búsqueda inteligente.

  • Actualización constante y fuentes oficiales, para trabajar siempre con información verificada y segura.

  • Utilizada por los principales despachos, instituciones públicas y universidades de referencia.

vLex

Desbloquea el acceso completo con una prueba gratuita de 7 días

Transforma tu forma de trabajar con vLex y Vincent

  • Accede a una plataforma jurídica todo en uno, diseñada para abogados que buscan ir un paso por delante.

  • Consulta jurisprudencia, formularios, legislación, prácticos y doctrina de España y más de 100 jurisdicciones en una sola búsqueda.

  • Ahorra tiempo con IA jurídica avanzada: Vincent AI analiza documentos, resume casos y responde tus consultas en lenguaje natural con citas verificadas.

  • Encuentra exactamente lo que necesitas gracias a potentes filtros y funciones de búsqueda inteligente.

  • Actualización constante y fuentes oficiales, para trabajar siempre con información verificada y segura.

  • Utilizada por los principales despachos, instituciones públicas y universidades de referencia.

vLex

Desbloquea el acceso completo con una prueba gratuita de 7 días

Transforma tu forma de trabajar con vLex y Vincent

  • Accede a una plataforma jurídica todo en uno, diseñada para abogados que buscan ir un paso por delante.

  • Consulta jurisprudencia, formularios, legislación, prácticos y doctrina de España y más de 100 jurisdicciones en una sola búsqueda.

  • Ahorra tiempo con IA jurídica avanzada: Vincent AI analiza documentos, resume casos y responde tus consultas en lenguaje natural con citas verificadas.

  • Encuentra exactamente lo que necesitas gracias a potentes filtros y funciones de búsqueda inteligente.

  • Actualización constante y fuentes oficiales, para trabajar siempre con información verificada y segura.

  • Utilizada por los principales despachos, instituciones públicas y universidades de referencia.

vLex