La protección de la libertad de expresión en el sistema de la Carta Africana de Derechos Humanos y de los Pueblos

AutorNuria Saura Freixes
Páginas59-71

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La protección de la libertad de expresión tampoco es ajena al sistema africano de derechos humanos. El sistema africano de derechos humanos tiene un instrumento jurídico principal, que es la Carta Africana de Derechos Humanos y de los Pueblos, aprobada el 27 de julio de 1981, por los Estados miembros de la Organización para la Unidad Africana. Esta organización internacional fue reemplazada en 2002 por la Unión Africana. Inicialmente, la Organización para la Unidad Africana, fue fundada en 1963 por 32 estados africanos, que habían alcanzado la independencia. En la actualidad, la Unión Africana consta de 54 Estados108.

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La Carta Africana de Derechos Humanos y de los Pueblos también conocida como Carta de Banjul, entró en vigor en 1986, y preveía la creación de la Comisión Africana de Derechos Humanos y de los Pueblos, que se inauguró en 1987. La Comisión Africana de Derechos Humanos y de los Pueblos, está formada por 11 expertos escogidos en base a criterios de representación geográfica y de género. Sus funciones son promover y proteger los derechos humanos e interpretar la Carta Africana de Derechos Humanos y de los Pueblos. Como señala el African Union Handbook 2014, es un órgano casi judicial, al que pueden acudir Estados, organizaciones e individuos en caso de violación de la Carta africana de Derechos Humanos, en base al sistema de «communication procedure». Para presentar una queja a la Comisión Africana deben haberse agotado los recursos internos previamente109.

Sus decisiones adoptan la forma de recomendaciones dirigidas al Estado miembro o a la Asamblea de la Unión Africana, pero no son tampoco sentencias vinculantes propiamente:

The Charter provides for a ‘communication procedure’, under which states, organisations and individuals may take a complaint to the Commission alleging that a State Party to the Charter has violated one or more of the rights contained in the Charter.

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Following consideration of complaints, the Commission can make recommendations to the State Party concerned and to the AU Assembly. The Commission’s mandate is quasi-judicial and, as such, its final recommendations are not legally binding and there is no mechanism that can compel states to abide by its recommendations

110.

Existe también otro órgano distinto dentro del sistema africano de derechos humanos y es la Corte Africana de Derechos Humanos y de los Pueblos, el «African Court on Human and People’s rights». Este Tribunal fue creado en 1998 y puede emitir decisiones vinculantes, a diferencia de la Comisión Africana de Derechos Humanos y de los Pueblos que sólo puede hacer recomendaciones111. Pueden presentar casos ante la Corte Africana de Derechos Humanos y de los Pueblos, la Comisión Africana de Derechos Humanos, los Estados parte que han aceptado su Protocolo de creación y organizaciones africanas intergubernamentales112. Existe también otra posibilidad, cuando el Estado haya realizado una Declaración de aceptación para que individuos y organizaciones no gubernamentales con estatus de observadoras ante la Comisión Africana de

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Derechos Humanos puedan presentar casos directamente ante el Tribunal113.

En la actualidad hay 28 Estados que han ratificado el Protocolo del Tribunal, pero sólo siete estados han realizado una declaración aceptando que individuos y ONG’s con estatus ante la Comisión puedan presentar casos ante el Tribunal. Estos estados son: Burkina Faso, Costa de Marfil, Ghana, Malawi, Mali, Ruanda, y la República Unida de Tanzania114.

La Corte Africana, como señala el African Union Handbook 2014, fue creada a través del Protocol to the African Charter on Human and Peoples` Rights on the establishment of an African court on Human and Peoples` Rights que entró en vigor en 2004. En 2006 se escogieron los primeros jueces, son 11 en la actualidad, escogidos entre juristas de reconocido prestigio de los Estados africanos. La Corte Africana de Derechos Humanos y de los Pueblos tiene su sede actual en Arusha, Tanzania. En 2009 se realizó el primer juicio, y en 2013 habían finalizado 19 casos y tenía otros pendientes115.

Se prevé, a través del Protocol on the Statute of the African Court of Justice and Human Rights, adoptado en 2008, una futura integración de la Corte Africana de Derechos Humanos, con la nunca creada Corte de Justicia Africana, pero para ello, deben ratificar este ins-

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trumento 15 estados, y en la actualidad sólo 5 Estados lo han ratificado: Benín, Burkina Faso, Congo, Libia y Mali116.

Dentro de la Carta Africana de Derechos Humanos y de los Pueblos se halla protegida la libertad de expresión y de información en el artículo 9:

1. Todo individuo tendra derecho a recibir información.

2. Todo individuo tendra derecho a expresar y difundir sus opiniones, siempre que res-pete la ley

.

La Comisión Africana de Derechos Humanos y de los Pueblos ha realizado una labor de interpretación de este derecho garantizado por el artículo 9 de la Carta Africana. En 2002, la Comisión Africana de Derechos Humanos y de los Pueblos aprobó la Declaration of Principles of Freedom of Expression in Africa117. En esta Declaración encontramos una amplia definición de la libertad de expresión y de información, que comprende:

  1. «Freedom of expression and information, including the right to seek, receive and impart information and ideas, either orally, in writing or in print, in the form of art, or through any other form of communication, including across frontiers, is a fundamental

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    and inalienable human right and an indispensable component of democracy.

  2. Everyone shall have an equal opportunity to exercise the right to freedom of expression and to access information without discrimination»118.

    En el segundo apartado de la Declaración, se establecen los criterios para que se pueda...

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