Una propuesta de revisión de las reglas sobre representación de los trabajadores en la empresa

AutorJesús Cruz Villalón
Páginas147-175
147
UNA PROPUESTA DE REVISIÓN DE LAS REGLAS SOBRE
REPRESENTACIÓN DE LOS TRABAJADORES EN LA EMPRESA
Jesús Cruz Villalón
Catedrático de Derecho del Trabajo y de la Seguridad Social
Universidad de Sevilla
“por encima de toda esa aparente maraña de órganos, hay
unos sujetos, los sindicatos, que los amalgaman y racionali-
zan, puesto que son ellos los que en el común de los supuestos,
constituyen el hilo conductor común sobre el que los demás se
construyen y se articulan. Y ello no es de extrañar dada la ex-
plícita e intensa cobertura que la Constitución asigna a tales
sujetos y, también, el hecho de que, históricamente y por an-
tonomasia, sean ellos los representantes de los trabajadores”
R. Escudero Rodríguez163
1. Un modelo fuertemente asentado y de amplio consenso. 2. Una necesaria actualización de la regulación
en materia de representación. 3. Adaptación a la reducción de la dimensión y dispersión de las plantillas.
4. Adaptación a las empresas de estructura compleja. 5. Incidencia de los cambios de titularidad empre-
sarial sobre las instancias representativas. 6. Presencia equilibrada por razón de género. 7. Procedimiento
unitario de reestructuración empresarial. 8. Unificación de la representación colectiva en el empleo público.
9. Deslinde competencial subjetivo de la negociación colectiva. 10. Otros deslindes competenciales.
1. UN MODELO FUERTEMENTE ASENTADO Y DE AMPLIO CONSENSO
El modelo legal de representación de los trabajadores en la empresa
se encuentra notablemente consolidado en nuestro sistema de rela-
ciones laborales, con un régimen que en lo sustancial ha recibido un
elevado consenso de apoyo por parte del conjunto de los protagonistas
del sistema. Se puede afirmar, que es una de las instituciones del orde-
namiento laboral menos puesta en discusión desde su diseño a prin-
cipios de la década de los años ochenta del siglo pasado, a partir de
la construcción del modelo constitucional de relaciones laborales. La
prueba más palpable de ello ha sido que, frente a las intensas reformas
163 El doble canal de representación en la empresa y sus crecientes derivaciones, en
AA.VV. (ESCUDERO RODRÍGUEZ, R. y MERCADER UGUINA, J. coord.), Manual Ju-
rídico de los Representantes de los Trabajadores, ed. La Ley, Madrid 2004, p. 4.
148
JeSúS CRuz villalÓN
laborales que se han producido en las últimas décadas, especialmente
desde la primera versión del Estatuto de los Trabajadores de 1980, las
mismas esencialmente se han centrado en el régimen jurídico del con-
trato de trabajo y en la negociación colectiva, es decir, los títulos I y III
del Estatuto, en tanto, que han resultado de tono menor los cambios
llevados a cabo en la regulación relativa a la participación representa-
ción de los trabajadores en la empresa, es decir, el título II del Estatuto.
Incluso, ha de tenerse en cuenta que tal regulación se encuentra en es-
trecha conexión con las reglas relativas a la representatividad sindical
y a la acción sindical en la empresa, reguladas en la Ley Orgánica de
Libertad Sindical, que, en paralelo, tampoco ha experimentado modi-
ficación alguna desde su aprobación en 1985. Más aún, la ausencia de
reformas dignas de consideración durante este largo período no se ha
debido a faltas de consenso en su contenido, sino, todo lo contrario,
es una implícita actitud de adaptación y aceptación por parte de to-
dos respecto de los elementos claves del modelo de representatividad
y participación instaurado con la puesta en marcha del modelo demo-
crático de relaciones laborales.
Es cierto que en todo este largo período de más de 45 años de vigencia
del modelo legal de representación en la empresa, se han producido
algunas modificaciones, de las que merece la pena dejar constancia,
si bien adelantando que las mismas han tenido más el carácter de re-
toques secundarios que de afectación a algún elemento esencial de su
esqueleto. A tal efecto, podría afirmarse que cinco han sido los mo-
mentos principales en los que se han llevado a cabo reformas en este
modelo legal, que resumidamente se cifran en los siguientes.
En primer lugar, con ocasión de la reforma del Estatuto de los Trabaja-
dores de 1984 donde, tras un primer período aplicativo del modelo ini-
cial, se detectó una cierta falta de cierre del mismo, con correcciones
de mejora del sistema y adaptación al modelo de representación sindi-
cal que se implantaba al hilo de la elaboración y aprobación de la Ley
Orgánica de Libertad Sindical164. A tenor de la misma se unificaron las
competencias de delegados de personal y comités de empresa, se esta-
bleció un sistema electoral unitario de listas cerradas para los comités
de empresa, se estableció un criterio igualitario de tratamiento entre
164
Ley 32/1984, de 2 de agosto (BOE 4 de agosto), sobre modificación de determinados
particular, PÉREZ DEL RIO, T., La reforma de la representación unitaria en la empresa
y CUEVAS LÓPEZ, J. y MAEZTU GREGORIO DE TEJADA, J., Elecciones a represen-
tantes de los trabajadores en la empresa, ambos en AA. VV., Comentarios a la nueva
legislación laboral (RODRÍGUEZ-PIÑERO, M., coord.), editorial Tecnos, Madrid 1985.

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR