Propuesta de Directiva sobre Copyright en la Sociedad de la Información.

AutorJavier Ribas
Cargo del AutorAbogado
Páginas#5008

El 10 de diciembre de 1997, la Comisión Europea presentó una propuesta de Directiva sobre los derechos de autor en la sociedad de la información.

El objetivo de esta propuesta se centra en los derechos de reproducción, comunicación pública, distribución y protección legal de los sistemas anti-copia, así como de la gestión de los derechos.

La propuesta contiene no sólo el resultado de las consultas efectuadas por la Comisión Europea a raíz del Libro Verde de 1995 sino también los últimos desarrollos internacionales en este área, y, en particular, los tratados adoptados en diciembre de 1996 en el seno de la Organización Mundial de la Propiedad Intelectual.

Derecho de reproducción

Una obra en formato digital es mucho más vulnerable frente a las actividades de copia no autorizada, que en formato analógico. A la vista de las nuevas formas de reproducción, tales como escanear obras impresas o cargar y almacenar texto, música o vídeo digitalizado en la memoria de un ordenador o en cualquier otro sistema electrónico, la propuesta quiere establecer una clara definición de qué es lo que exactamente está protegido.

La definición armonizada del derecho reproducción se referirá a todos aquellos actos relevantes de copia directa o indirecta, temporal o permanente, ya sea on-line o bien off-line, de forma material o inmaterial.

La propuesta sugiere una excepción obligatoria al derecho de reproducción para ciertos actos técnicos de reproducción llevados requeridos por la tecnología pero que no tienen significación económica en sí mismos, tales como ciertas copias caché que se efectúan de forma automática durante una transmisión a través de Internet.

Además, los Estados miembros tendrán la opción de permitir excepciones adicionales al derecho de reproducción, en los siguientes casos:

- Reproducciones en papel o soporte similar que utilicen cualquier tipo de técnica fotográfica u otros procesos de efectos similares como la reprografía.

- Reproducciones efectuadas en medios de grabación de audio, vídeo o audiovisual, hechas por particulares para uso privado y sin fines comerciales (copia privada).

- Actos específicos de reproducción hechos por bibliotecas públicas, museos y otros establecimientos públicos, que no persigan una ventaja comercial económica directa o indirecta.

Una consecuencia de estas excepciones opcionales podría ser que los Estados miembros decidiesen mantener sus sistemas actuales de compensación a los titulares de los derechos por la copia...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR