Propiedad intelectual, «catch up» y crecimiento económico en países en vías de desarrollo

AutorJosé Miguel Corberá Martínez
Cargo del AutorAbogado. Doctor en Derecho con mención internacional, Departamento de Derecho Mercantil «Manuel Broseta Pont», Facultat de Dret, Universitat de València
Páginas43-66

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I Introducción: innovación, propiedad intelectual y desarrollo económico1

La propiedad intelectual, entendida como categoría jurídica comprensiva de los derechos de propiedad industrial y de los derechos de autor y aquellos afines y conexos, es una de las vías de crecimiento económico y social. Mediante los sistemas de protección de la propiedad intelectual se incentiva la innovación, la industria y la creación artística en aras del desarrollo económico y social. El establecimiento de sistemas legales de protección de la protección intelectual es un presupuesto básico de la competitividad de un país, principalmente, en atención a la seguridad jurídica que requiere la materia, tanto en el mercado interno de un país para que permita fomentar la innovación originada en ese territorio, como en el marco de las relaciones comerciales internacionales entre países, presentes cada vez con mayor intensidad debido a las nuevas tecnologías, la fluidez de los flujos de capital y migratorios que, en definitiva, exigen la adecuación de los ordenamientos jurídicos de los países a los marcos legales internacionales sobre propiedad intelectual para atraer inversión extranjera.

Sin embargo, aunque la aprobación de normas protectoras de la propiedad intelectual y la adopción de las normas internacionales sobre la materia son presupuestos indispensables en un entorno socio-económico tendente a la glo-balización, también lo es que no es una garantía del crecimiento económico del país que adopta dichas normas. Muestra de esta realidad es la situación de aquellos países en vías de desarrollo que han adoptado la normativa internacional en materia de protección de los derechos de propiedad intelectual pero que no han actualizado, o "puesto al día", su crecimiento económico, máxime, en compara-

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ción con el crecimiento experimentado por países que ostentan una posición de liderazgo económico, en desarrollo y, en especial, en innovación tecnológica y, por ende, en atención a la competitividad del país. Esta labor de actualización se denomina en el ámbito socio-económico "catch up", y remite a aquel conjunto de iniciativas político-económicas orientadas a disminuir la diferencia entre los ratios o niveles de desarrollo económico existentes entre países, por comparación con aquel que ostenta una posición de liderazgo2.

El objeto del presente estudio se centra en analizar el impacto económico de la adopción de la normativa internacional en materia de propiedad intelectual en los países en vías de desarrollo, la revisión de casos de éxito en el desarrollo de "catch up" económico y la formulación de diversas propuestas de mejora que favorezcan el acercamiento tecnológico y, por tanto, faciliten sino una convergencia, sí al menos un claro acercamiento de los niveles económicos entre países.

1. Innovación y progreso tecnológico como presupuesto del desarrollo socio-económico

El progreso social y económico es uno de los sustratos teóricos común a las políticas planteadas y desarrollas por los gobiernos de los países con el objetivo aumentar la competitividad nacional3. Existen diferentes definiciones y caracterizaciones de aquello que constituye la competitividad nacional, entre las que están aquellas que la ligan a un fenómeno macroeconómico que se asienta en los tipos de cambio, los tipos de interés y el déficit público. Bajo otras perspectivas, es consecuencia de una mano de obra abundante y barata, o de la tenencia de abundantes recursos naturales. A estas aproximaciones se ha añadido recientemente aquella que se sustenta en la existencia de una política oficial encaminada al incremento de la competitividad. Sin embargo, estas perspectivas sobre la competitividad nacional no son concluyentes ni satisfactorias. Es por ello que se ha afirmado4 que "el único concepto significativo de competitividad a nivel nacional es la productividad" que se sostiene llevando a cabo continuos "actos de innovación". En consecuencia, bajo esta premisa, se puede afirmar que la innovación llevada a cabo, principalmente, por las empresas -y auspiciada por la intervención pública-, es el motor de la productividad perdurable en el tiempo que permite a una nación incrementar su competitividad y, con ello, el nivel de bienestar socio-económico de sus nacionales.

2. Formas de innovación

La innovación ha recibido múltiples definiciones y caracterizaciones no exentas de debate y polémica5. Sin embargo, por su carácter general valga en este momento acoger la definición de innovación como "medio con que el emprendedor

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crea nuevos recursos productores de riqueza o potencia de los ya existentes"6. Con independencia de otras fuentes generales la innovación7, existen unas determinadas áreas sobre las que florecerá la innovación en el ámbito de la empresa o de un sector empresarial, como son aquellas relacionadas con acontecimientos inesperados, incongruencias, necesidades del proceso, así como cambios en los sectores y en el mercado. Otros intentos de definir la innovación atienden a los criterios de grado de novedad y a su naturaleza8. A su vez, se distingue entre innovaciones radicales o disruptivas9, que entrañan una ruptura con tecnologías anteriores utilizadas en el mercado, y las incrementales10, que se centran en las tareas encaminadas a nuevos productos o procesos diferentes11. Finalmente, y de acuerdo con recientes análisis12, se identifican como formas de innovación las centradas en el producto y servicio, en el proceso, en la dimensión organizativa y en la comercial.

Bajo estas aproximaciones al concepto y a las formas de innovación, se agrupan manifestaciones innovadoras en la empresa con una finalidad comercial o industrial, susceptibles de atesorar un valor derivado de la ventaja competitiva que generan con respecto a los competidores y que, por tanto, requerirán diversos mecanismos de protección. Es, en respuesta a esta necesidad, cuando cobra todo su valor la protección jurídica conferida a través de los derechos de propiedad intelectual.

3. Propiedad intelectual e industrial como forma de protección de la innovación

La propiedad intelectual, entendida en el sentido con la que la dotan los recientes tratados internacionales en la materia, comprende la propiedad industrial y el derecho de autor y demás derechos afines o conexos al derecho de autor. Mediante el reconocimiento de los derechos de propiedad intelectual13, aquellas ideas valiosas que integran un capital intelectual de valor podrán generar un derecho de exclusiva a favor de su titular. De esta manera, la propiedad intelectual es la protección legal de los derechos resultantes de la actividad intelectual en el

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campo industrial, científico, literario o artístico14.

Se afirma que son dos, básicamente, los motivos por los que los Estados adoptan sistemas de protección de la propiedad intelectual: el primero de ellos es dotar expresamente de reconocimiento legal, tanto a las expresiones moral y económica de los creadores sobre sus creaciones, como al derecho del público de acceder a dichas obras. El segundo motivo se centra en la promoción de la creatividad, la diseminación y la aplicación de los resultados y en el fomento del comercio legal con el fin de contribuir al desarrollo social y económico15. Para la consecución de ambos cometidos, las legislaciones en materia de propiedad intelectual tienen como objetivo la salvaguarda de los creadores (y otros terceros relacionados con la producción intelectual), de productos y servicios mediante la concesión de derechos durante un plazo de tiempo generalmente limitado que permiten el control del uso que se realiza de los mismos, es decir, se trata del reconocimiento de derechos16 de exclusiva17, que no recaen sobre la expresión física del producto o servicio, sino en la creación intelectual como tal, es decir, en su carácter inmaterial18.

4. Internaciünalización de los sistemas de protección legal de la propiedad intelectual y transferencia tecnológica

Los Estados, a través de la implantación de los sistemas de protección de la propiedad intelectual estimulan el desarrollo socio-económico. No es de extrañar que la propiedad intelectual sea un ámbito tradicionalmente integrado en las políticas de desarrollo económico, social y cultural a nivel mundial19, tanto desde una perspectiva interna centrada en un determinado Estado, como en atención a la relación con otros Estados, dado el incesante desarrollo del comercio transnacional y la proliferación de las nuevas tecnologías, que plantean el reto de la necesaria interconexión de los sistemas de protección de los derechos de propiedad intelectual20.

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Ahora bien, este contexto globalizado alberga un mayor reto para los países en vías de desarrollo, a través de la creación y desarrollo de acciones de alcance nacional, regional e internacional que les permitan participar de los beneficios de los avances tecnológicos21. Para hacer frente a este reto, el apoyo legislativo y administrativo internacional se reforzó mediante el Acuerdo sobre los Aspectos de los Derechos de Propiedad Intelectual, conocido como "ADPIC", administrado por la...

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