Propiedad industrialy derecho de autor

Páginas1285-1292
A. PROPIEDAD INDUSTRIAL YDERECHO DE AUTOR
I. RELACIÓN CRONOLÓGICA
SENTENCIA DE 29 DE ENERO DE 2008
(TJCE, Gran Sala)
(Asunto C-275/06, «Productores de Música de España (PROMUSICAE)
v. Telefónica de España, S.A. U.»)
Derecho de autor. Petición de decisión prejudicial planteada por el Juzgado de
lo Mercantil núm. 5 de Madrid. Derecho a una protección efectiva de la
propiedad intelectual en el marco de la Sociedad de la Información. Com-
patibilidad con la protección de los derechos de autor y de los derechos afi-
nes a los derechos de autor. Obligaciones de los proveedores de servicios.
Conservación y divulgación de determinados datos de tráfico. Deber de
divulgación. Protección de la confidencialidad de las comunicaciones elec-
trónicas.
El Tribunal de Justicia declara que las Directivas 2000/31, 2001/29, 2004/48
y 2002/58 no obligan a los Estados miembros a imponer el deber de comuni-
car datos personales con objeto de garantizar la protección efectiva de los
derechos de autor en el marco de un procedimiento civil. Sin embargo, el
Derecho comunitario exige que dichos Estados miembros, a la hora de adap-
tar su ordenamiento jurídico interno a estas Directivas, procuren basarse en
una interpretación de éstas que garantice un justo equilibrio entre los distin-
tos derechos fundamentales protegidos por el ordenamiento jurídico comuni-
tario. En el momento de aplicar las medidas de adaptación del ordenamiento
jurídico interno a dichas Directivas, corresponde a las autoridades y a los
órganos jurisdiccionales de los Estados miembros, no sólo interpretar su
Derecho nacional de conformidad con las Directivas, sino también no basarse
en una interpretación de éstas que entre en conflicto con los derechos funda-
mentales o con los demás principios generales del Derecho comunitario,
como el principio de la proporcionalidad.
SENTENCIA DE 31 DE ENERO DE 2008
(TJCE, Sala 5.ª)
(Asunto C-32/07, «Comisión de las Comunidades Europeas v. Reino de España»)
Derecho de autor. Incumplimiento de Estado. Derecho de participación en benefi-
cio del autor de una obra de arte original. El Reino de España ha incumplido
las obligaciones que le incumben en virtud de la Directiva 2001/84/CE, al no
haber adoptado, dentro del plazo señalado, todas las disposiciones legales,
reglamentarias y administrativas necesarias para ajustarse a dicha Directiva.
ADI
29 (2008-2009): 1285-1298
06.01.A-B.Propiedad industrial 5/11/09 16:08 Página 1285

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