Propiedad horizontal. Sigue siendo válida (tras Ley 8/2013) la cláusula estatutaria permitiendo la agrupación, segregación o división sin autorización de la junta

AutorJosé Félix Merino Escartin
CargoRegistrador de la propiedad

Supuesto: Se plantea si tras la Ley 8/2013 siguen siendo válidas las cláusulas estatutarias del régimen de propiedad horizontal que permiten realizar sin necesidad de consentimiento o autorización de la junta de propietarios, la subdivisión y segregación de las mismas e incluso la desvinculación de los anejos, sin alteración de las cuotas de los restantes, así como agregar y agrupar las expresadas fincas con otras colindantes, aunque pertenezcan a un inmueble distinto, tanto horizontal como verticalmente, abriendo al efecto las puertas y accesos necesarios.

La Dirección así lo admite ya que entiende que el fundamento de las RR de la propia DG sirve para admitir la validez de las cláusulas estatutarias objeto de la calificación impugnada: La modificación legal no limita la autonomía de la voluntad respecto de la posibilidad de configurar el derecho real adquirido en régimen de propiedad horizontal con autorizaciones estatutarias como la ahora debatidas; el hecho de que se flexibilice el régimen legal de mayorías en la adopción de los acuerdos consistentes en división, segregación o agregación de elementos privativos no impide que se configure voluntariamente de forma expresa un régimen aún más flexible habida cuenta de la prevalencia del principio de autonomía de la voluntad en supuestos en el que no existen razones de orden público para afirmar el carácter imperativo de la normativa. Todo ello al margen de que en este régimen legal se requiera expresamente para determinados casos -con carácter imperativo- la obtención de la oportuna autorización administrativa.

Otra cosa sería la determinación de las cuotas que correspondan a cada uno de los nuevos elementos, donde el acuerdo será inevitable en aquellos casos en los que no se establezca en la cláusula estatutaria el método de cálculo para la fijación de dichas cuotas...

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