Prólogo del traductor

AutorNicolò Lipari
Páginas15-22

Page 15

La temática de las categorías jurídicas -o, según una asimilación habitual, de los conceptos generales o básicos y re-ferenciales del derecho- ha sido en diversas ocasiones objeto de consideración por parte de los civilistas. Unas veces dichas categorías se han observado desde la perspectiva histórica de su conformación y consolidación; otras han sido tratadas para ahondar reflexivamente en su significado y entidad; más frecuentemente han sido examinadas en su significación dogmática y para mostrar su trascendencia ordenadora en su proyección conformadora de las soluciones del ordenamiento positivo; y a veces se han propuesto también como valiosas directrices del proceso interpretativo que dirige el sentido de las soluciones aplicativas de los enunciados normativos. Las categorías, en cuanto tales conceptos básicos, han servido asimismo, en una tradición que ya es secular, para construir sobre ellas una coherente explicación doctrinal de la estructura sustantiva del ordenamiento, como demuestra, en un aspecto formal no exento de trasfondo doctrinal, el sistema en que se plasman los planes de estudios de las facultades de derecho y la exposición habitual en nuestros tratados y manuales -persona, derecho subjetivo, negocio, contrato, responsabilidad, derechos reales, familia y sucesiones- del conjunto normativo en que el derecho civil se manifiesta.

Page 16

En tales planteamientos las categorías se vienen tradicio-nalmente contemplando como figuras a tener en cuenta como básicas referencias a priori a partir de las cuales -y con la seguridad que desciende de su consolidación histórica- se habría de desenvolver el quehacer del jurista, mediante la oportuna labor interpretativa de las normas encaminada metodológicamente por aquellas. De esta manera de entender y valorar las categorías jurídicas son expresión las exposiciones doctrinales en que fuimos educados los juristas de mi generación y desde luego lo son las límpidas y sintéticas páginas de la señera obra del maestro de nuestro traducido autor, el ilustre y conocido civilista Francesco Santoro-Passarelli, intitulada Dottrine generali del diritto civile, en la que Nicoló Lipari se midió por primera vez, al igual que muchos otros juristas italianos de numerosas generaciones, con el sentido y el alcance de las categorías jurídicas propias del derecho civil. En tal obra se examinaban, con cierta pretensión de intemporalidad, algunas de las categorías conceptuales básicas o fundamentales de dicho sector del ordenamiento y la misma perfectamente enlazaba, por lo demás, con las concepciones que, en el momento de su aparición, eran mayoritariamente compartidas y que venían a expresar la que se ha llegado en alguna ocasión a describir como la coralidad de la práctica totalidad de la doctrina civilistica italiana del tiempo en que dicha obra fue escrita.

Si, en el sentido señalado, la obra de Santoro-Passarelli expresaba las seguridades que se derivaban de la indiscutida consolidación de las categorías dogmáticamente asumidas -por lo que agudamente se la calificó como libro conclusivo-, la obra de Nicoló Lipari, catedrático o profesor ordinario de derecho civil en la Universidad La Sapienza de Roma, objeto...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR