Prólogo de Francisco González Navarro

AutorJuan-Cruz Alli Turrillas
Cargo del AutorDoctor en Derecho
Páginas9-38
PRÓLOGO
SUMARIO: I. INTRODUCCIÓN.—II. DE CÓMO EL AUTOR, AL PROPORCIONARME EL TEXTO COMPLE-
TO DE SU LIBRO, MIENTRAS LA EDITORIAL ESTÁ TRABAJANDO EN SU COMPOSICIÓN, ME HA
CONVERTIDO EN «ESE LECTOR ÚNICO Y EXCEPCIONAL QUE LO CONOCE CUANDO ESTÁ IN-
ÉDITO» Y DE CÓMO ÉL —SIN SABERLO—ME ESTABA IMPONIENDO UN DEBER DE LEER «CAPÍ-
TULO TRAS CAPÍTULO, CON PACIENCIA Y ATENCIÓN» LA TOTALIDAD DEL MISMO.—III. LO QUE
AL AUTOR DE ESTE LIBRO PARECE HABERLE MOTIVADO NO ES TANTO LLEGAR A CONOCER LA
BIOLOGÍA DE ESA UNIDAD JURÍDICA QUE LLAMAMOS «FUNDACIÓN», CUANTO DELIMITAR LOS
RESPECTIVOS CAMPOS DE INTERÉS DE LOS IUSPRIVATISTAS Y LOS IUSPUBLICISTAS.—1. Del
sistema conceptual que el autor ha elaborado para hacer inteligible su exposición.—2. Del contenido
esencial de los derechos, y de lo que hace que una creación intelectual sea la unidad jurídica fundación y
no otra cosa.—A) Como el autor de este libro alude reiteradamente al «ser de la fundación», sin ilustrar-
nos acerca del significado que atribuye al vocablo ser, tan mínimo cuanto polisémico, está desplazando,
implícitamente, la carga de la su averiguación al lector, el primero de los cuales —por orden cronológi-
co— es el prologuista.—B) Lo que determina el ser (del latín esse; y también modus essendi) no es el
fin, sino la estructura.—C) Según mi parecer, el significante «ser» aparece empleado en este libro con
un significado esencial o predicativo.—D) El derecho de fundación, un principio rector de la vida política
y social que es también un derecho fundamental.—IV. DE CÓMO LA COMPARACIÓN ENTRE LAS
RESPECTIVAS POTESTADES DEL PATRONATO MIENTRAS LA «FUNDACIÓN (SE ENCUENTRA) EN
PROCESO DE FORMACIÓN» Y LAS QUE OSTENTA UN «GOBIERNO EN FUNCIONES», PUEDE
SER DE UTILIDAD PARA AVANZAR EN EL CONOCIMIENTO DE UNA U OTRA ORGANIZACIÓN.—V.
DE LOS REGISTROS ADMINISTRATIVOS, EN GENERAL, Y DEL REGISTRO DE FUNDACIONES EN
PARTICULAR.—VI. DE CÓMO HAY QUE ENTENDER LA COMPLITUD DE UN LIBRO CUANDO ÉSTE
VERSA SOBRE UN TEMA INACABABLE, Y DE LA NECESIDAD DEL ESTUDIO DE LA MICROLO-
GÍA DEL SISTEMA COMO DESAFÍO DE UN PRESENTE QUE, POR ESTAR SIEMPRE CAMBIANDO,
ES EN VERDAD INASIBLE.—1. De la fundación como concepto en marcha constante a través de la
Historia.—A) De cómo el cambio histórico impone el cambio de los conceptos.—B) El Tribunal Supremo
tiene dicho que el mandato legal (art. 31 del Código Civil) de adecuarse a la realidad social del tiempo en
que las normas han de ser aplicadas «está conminando al intérprete a aprender a pensar con nociones
en marcha incesante en el tiempo».—2. Boceto para la construcción de un «modelo para el análisis de
las fundaciones a que se refiere la Ley 23/1982, de 16 de junio, del Patrimonio Nacional.—A) Un tema
inacabable.—B) La disposición adicional 1.ª de la Ley de Fundaciones de 23 de diciembre.—C) El Conse-
jo de Administración del Patrimonio Nacional.—D) Subconjuntos patrimoniales que integran el Patrimonio
Nacional.—E) Protección jurídica cualificada de que gozan esos dos subconjuntos patrimoniales.—F)
Palacios reales, edificios eclesiásticos y fundaciones denominadas Reales Patronatos.—G) Partiendo de
este boceto, hay que construir el «modelo».—VII. FINAL.
10 PRÓLOGO
I. INTRODUCCIÓN
Varias son las razones que me han compelido a aceptar el ruego que me
ha formulado el autor de este libro de que le hiciera un prólogo para el mismo.
Una de ellas, científicamente irrelevante sin duda, pero que por lo inusual (no
conozco ningún otro caso igual) puede incorporarse al catálogo de las anéc-
dotas que esmaltan —perdóneseme el tópico— la pequeña historia de nuestra
vida universitaria, es que la redacción de este prólogo me ofrecía la oportuni-
dad de divulgar una peripecia profesional que he vivido personalmente, y que
es la siguiente: mediando una distancia temporal de catorce años he dirigido
la tesis doctoral tanto del padre como la del hijo, que es el autor del libro que
estoy prologando. Ambas tesis obtuvieron la calificación cum laude, dándose
además, la circunstancia, que andando el tiempo, y superando cada uno, como
está mandado, los obstáculos inherentes a su respectivo cursus honorum, padre
e hijo, han llegado a ser profesores titulares de Derecho administrativo, en Fa-
cultades de Derecho de la Universidad española.
Es el caso, en efecto, que en 31 de octubre de 1984, Juan Cruz ALLI ARANGU-
REN, padre del autor del libro que aquí voy a prologar, defendió en la Facultad
de Derecho de la Universidad de Navarra [Universidad de la Iglesia católica,
y única Universidad existente, por entonces, en la Comunidad foral] una tesis
doctoral que yo le había dirigido y cuyo título era «La Mancomunidad del Valle
de Roncal», organización pública cuyo funcionamiento conocía muy bien el
doctorando y sobre la que poseía una valiosa documentación por ser, desde
tiempo atrás, asesor de la misma. Honorada con la calificación de cum laude,
fue luego publicada por el Gobierno de Navarra (Pamplona, 1989, 452 pp.). Es
así como tuve ocasión de empezar a conocer la realidad del Derecho foral na-
varro. Otras tesis sobre el Derecho público de esa Comunidad foral he dirigido
después 1.
Catorce años más tarde, en 23 de enero de 1998, J.-C. ALLI TURRILLAS, hijo
del doctor ALLI ARANGUREN, defendió, también en la Facultad de Derecho de la
Universidad de Navarra, una tesis doctoral cuyo título era «La relación jurí-
dica de militarización profesional y su correlativa de mando militar», y que
obtuvo asimismo la calificación de cum laude, la segunda parte de esta tesis,
con el título La profesión militar, ha sido editada (con prólogo de J. R. PARADA
VÁZQUEZ), por el INAP, Madrid, 2000.
1 Fueron estas otras cuatro:
C. HERNÁNDEZ HERNÁNDEZ, Régimen jurídico administrativo de la Universidad del Valle de Salazar
(Tesis doctoral defendida en la Facultad de Derecho de la Universidad de Navarra el 28 de junio de 1985,
calificada cum laude, editada por el Gobierno de Navarra, Pamplona, 1990, 479 pp.).
M. Á. LARRÁYOZ LEZÁUN, La comunidad del Valle de Aézcoa (Tesis doctoral defendida en la Facul-
tad de Derecho de la Universidad de Navarra el 11 de mayo de 1986, calificada cum laude).
J. A. RAZQUIN LIZARRAGA, Fundamentos jurídicos del Amejoramiento del fuero: Derechos históri-
cos y régimen foral de Navarra (Tesis doctoral defendida en la Facultad de Derecho de la Universidad de
Navarra el 24 de febrero de 1989, calificada cum laude, editada por el Gobierno de Navarra, Pamplona
1989, 558 pp., con prólogo de S. MUÑOZ MACHADO).
M. J. IZU BELLOSO, La policía foral de Navarra (Tesis doctoral defendida en la Facultad de Derecho
de la Universidad de Navarra el 14 de junio de 1991, calificada cum laude, editada por el Gobierno de
Navarra, Pamplona).

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