Prólogo

AutorFernando Bondía Román
Cargo del AutorCatedrático de Derecho Civil. Universidad Carlos III de Madrid
Páginas17-19
Prólogo
Tuve la satisfacción de formar parte del tribunal que juzgó la tesis del
Dr. Ravelo Guillén, que ahora se publica. Constituye también un honor para
mí escribir su prólogo, pues estamos ante un trabajo muy serio y riguroso,
que colma con destreza y arte literario una importante laguna en la doctrina.
Debo señalar igualmente, porque es de justicia así reconocerlo, sobre todo
para quiénes sabemos de su trayectoria académica, que se aprecia la sabia y
hábil mano en la dirección de la tesis de la profesora Bendito Cañizares.
A la hora de elegir el tema de su tesis, el autor ha sabido resistirse a la
tentación de abordar asuntos que están de moda, pues la actualidad en pro-
piedad intelectual pasa por las plataformas para compartir contenidos en
línea subidos por sus usuarios, por las obras creadas mediante Inteligencia
Artificial, por las cadenas de bloques (más conocidas por blockchain, según la
invasora e impune terminología anglosajona) y por algunas otras novedades
más. Por supuesto que estas nuevas realidades o herramientas, como se se-
ñala en el libro, no dejan de tener consecuencias relevantes para la secuela y
requieren máxima atención, cuidadoso estudio y amplio desarrollo; pero se
suelen preterir temas claves, clásicos o dogmáticos. Entre ellos está el de las
obras derivadas en general y el de la secuela en particular.
Se señala con mucha razón que la solución a los actuales retos y problemas
que ocasionan estos novedosos instrumentos tecnológicos en la propiedad in-
telectual -y en prácticamente cualesquiera otras ramas del ordenamiento jurí-
dico- pasa por exprimir al máximo los viejos moldes o esquemas, adaptando el
tradicional juego de la propiedad intelectual a las nuevas exigencias derivadas
del imparable avance de la digitalización. Así ha sucedido a lo largo de la corta
historia de los derechos de autor, siendo muchos los retoques, adaptaciones
o modalizaciones y pocos los cambios bruscos y radicales. Y creo que así debe
seguir siendo, salvo que se pretenda cambiar de arquetipo. Pero si así fuera,
ya no estaríamos ante la propiedad intelectual, sino ante otra figura distinta

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