Prólogo

AutorVincenzo De Falco
Páginas15-18
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PRÓLOGO
La regulación de la acción administrativa es el efecto de la forma de
entender la relación entre el Estado y la sociedad. Esta relación, construi-
da en muchos Estados a partir de la idea de la supremacía de la autoridad
administrativa, ha sufrido, en pocos años, una rápida y evidente evolu-
ción. En la mayoría de los Países caracterizados por la hegemonía del
derecho, el ejercicio de las funciones administrativas se circunscribe
cada vez más y está limitado por una amplia serie de normas de procedi-
miento que son los principales instrumentos para garantizar el desarrollo
de los derechos fundamentales. En una primera fase, y de forma general
en el derecho comparado, el principio de legalidad, entendido en su sen-
tido estricto, constituye el elemento principal para la defensa de los de-
rechos individuales con respecto a los efectos producidos por la acción
de la administración pública. Por consiguiente, los Estados han predis-
puesto las formas de tutela de la justicia administrativa, en lugar de dis-
ciplinar la acción pública, con el resultado de que las primeras reglas de
procedimiento surgen en vía jurisprudencial. En este primer sentido, el
principio de legalidad se utiliza para preparar las reglas de acción y rela-
ción, pero en la mayoría de los casos la medida constituye el punto de
apoyo en el que se centra la atención de la doctrina iuspublicista.
Las normas relativas a los procedimientos administrativos, a partir de
la experiencia de Austria en 1926, imitan las etapas del proceso, pero con
muchas variaciones y distinciones, tanto con respecto al derecho proce-
sal como a las diferentes tradiciones jurídicas.
La evolución de este planteamiento permite comprender el valor que
las etapas procesales pueden asumir en la comparación de los intereses

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