Prólogo

AutorPedro Padilla Ruiz
Páginas25-29
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Prólogo
La Constitución Española de 1978 constituye la referencia ineludi-
ble del diseño de Administración pública que tenemos en España. A lo
largo de este periodo, constitucional y democrático, ha sido reformada en
varias ocasiones, fruto de la verborrea legislativa de nuestras Cortes y de la
reglamentaria de los sucesivos gobiernos. Lo mismo le ha sucedido al em-
pleo público, hasta la última reforma publicada, el Real Decreto Legislativo
5/2015, de 30 de octubre, Texto Refundido de la Ley del Estatuto Básico
del Empleado Público.
Estudiar el empleo público en nuestro país no es una cuestión intras-
cendente a la vista de los datos objetivos. Según el Registro Central de Perso-
nal, en el año 2016, la Administración General de Estado dispone de 527.801
empleados, las Comunidades Autónomas de 1.294.765, las Entidades Loca-
les 548.944, las universidades 147.770, y hacen un total de 2.519.280. La En-
cuesta de Población Activa (EPA) eleva esta cifra hasta los 3.018.300. Esta
diferencia se debe a las personas empleadas en las empresas públicas y otros
contratados que no se recogen en el Registro Central de Personal.
Debo reseñar que los empleados autonómicos suponen más del 50
por 100 del total. En este colectivo destacan dos áreas, sanidad (480.626) y
educación no universitaria (539.224). El porcentaje de todos los empleados
públicos respecto del conjunto de la población activa se sitúa en torno a un
11 por 100, cifra que aumenta hasta cerca del 14 por 100, si se considera
sólo el conjunto de la población ocupada. Una cifra similar a la media de los
países de nuestro entorno (Unión Europea).
Los datos a los que acabo de referirme justican sobradamente la
atención a este sector del ordenamiento jurídico. El gobierno dirige la Ad-

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