Prólogo

AutorJosé María Ríos Mestre
Páginas15-20

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José María Ríos Mestre, situado en la primera línea de la doctrina laboralista española gracias, sobre todo, a su extraordinario libro sobre Despido colectivo y concurso de acreedores (2012), viene a revalidar el prestigio que alcanzó con dicha obra con esta otra que hoy ve la luz. En ella el autor aborda un complejo y debatido tema procesal –la consignación en los recursos laborales–, y lo hace fiel a su estilo de jurista profundo y completo, cuyos saberes aúnan la alta teoría y la práctica más realista, pues lucen aquí el largo estudio del profesor universitario y la amplia experiencia del abogado.

El libro del profesor Ríos se centra en el examen del deber del recurrente en suplicación o casación de consignar la cantidad objeto de condena, en los términos previstos hoy en el art. 230 de la Ley 36/2011, reguladora de la Jurisdicción Social, “un precepto muy complejo”como con toda razón dice el autor, que centra su atención en el debate acerca de la constitucionalidad de dicho precepto (y sus antecedentes próximos), puesta en cuestión en repetidas ocasiones en las que se ha denunciado la supuesta vulneración de los arts. 14 y 24.1 de la Constitución.

Distinguiendo y separando la consignación del depósito para recurrir, aquélla queda identificada en el citado art. 230 en un doble sentido: mediante una regla genérica, según la cual el recurrente que no goce del beneficio de asistencia jurídica gratuita debe haber procedido a la consignación de la cantidad objeto de condena o, alternativamente, al aseguramiento mediante aval solidario de duración indefinida, pagadero a primer requerimiento; y mediante unas reglas específicas referidas a la consignación en materia de Seguridad Social. Entre consignación en metálico y aval bancario –puntualiza el autor– existe una “diferencia estructural”, que expone en términos de gran precisión: la consignación “se lleva a cabo (habitualmente) con cargo al patrimonio de empresario que intenta recurrir”; y el aval bancario “supone la introducción en escena de un tercero sobre cuyo patrimonio se hará efectivo, en su caso, el compromiso avalado”.

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La obra aborda el análisis de la institución estudiada comenzando con la indagación sobre su naturaleza jurídica, que, con apoyo en alta doctrina alemana, señala que es la de una “carga procesal” cuya inobservancia provoca la inadmisión del recurso. La consignación, dice en más de una ocasión el autor, es “el anverso de una moneda, cuyo reverso es la ejecución provisional de la sentencia recurrida”.

Delimitada su naturaleza, se expone la génesis y evolución histórica de la consignación; un método que muchos aprendimos del gran maestro del Derecho que fue Manuel Alonso Olea, en cuya Introducción al Derecho del Trabajo dejó escrito: “Probablemente no existe institución jurídica enteramente inteligible sin una exposición histórica de su origen y desarrollo, en cuanto que ambos en gran medida predeterminan la forma como aparece estructurada en el momento en que se hace el estudio y dan razón de sus caracteres y peculiaridades”.

Conociendo el autor que “la necesidad de consignar y el precepto que la impone no han surgido ex nihilo”, sino que “por el contrario, constituyen el momento final de un tracto sucesivo de normas que se...

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