Prólogo

AutorTeresa Aguado Correa
Cargo del AutorProfesora de Derecho Penal. Doctora en Derecho

El principio de proporcionalidad caracteriza la idea de Justicia en el marco de un Estado de Derecho. Se encuentra vinculado al mandato constitucional que obliga a los poderes públicos a promover las condiciones para que la libertad y la igualdad de los individuos sean reales y efectivas, lo que se hace incompatible con una justicia penal sobredimensionada. De él se derivan, a su vez, otro elenco de destacados principios como los de merecimiento de pena, idoneidad, intervención mínima, de insignificancia o adecuación. Frente a un sistema penal teleológico en el que tantas y variadas influencias alcanzan las distintas teorías de la pena en el conjunto del sistema punitivo, la proporcionalidad ofrece un parámetro para resolver la desmesura a que conducen aquéllas. Desde la perspectiva de la prevención general se demanda una y otra vez la criminalización de nuevas conductas para anticipar la protección de bienes jurídicos o el incremento de las penas ya existente, traduciendo a claves puramente represivas las demandas sociales de orden y seguridad, sin tener en cuenta que un Derecho penal excesivamente severo suscita en la sociedad sensaciones de inseguridad y hace peligrar las libertades públicas y que sólo dentro de una relación proporcionada entre el delito en concreto, valorado desde la perspectiva de la dañosidad social, y la sanción correspondiente es permitido al Estado justo intervenir contra los derechos singulares de los ciudadanos. Por su parte, no son menores los riesgos de desmesura cuando se atienden exclusivamente a razones preventivo especiales. En ningún caso es justificable que las penas se midan de acuerdo con los criterios resocializadores exclusivamente. Los destinatarios del mensaje preventivo -la comunidad en la prevención general y el delincuente, en la especial- tan solo se identificarán con él en la medida que perciben la pena como proporcionada. Cualquier esfuerzo resocializador está llamado al fracaso, si ya de entrada la pena resulta para el condenado desmedida en comparación con el daño originado por el delito.

De la importancia que tiene en la actualidad este principio nos da buena cuenta el uso que ha hecho de él el legislador como directriz político criminal a lo largo del nuevo Código y la frecuencia con que es esgrimido por la jurisprudencia. Ha sido, en primer lugar, nuestro Tribunal Constitucional el que, en más de una resolución, nos ha mostrado el potencial argumentativo de este principio como límite de...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR