Programa de trabajo: Presupuestos metodológicos, justificación del objeto y procedimiento de análisis

AutorJavier Gómez Lanz
Páginas169-181

Page 169

1. Presupuestos metodológicos (recapitulación)

Siguiendo la pauta que se marcó en la Introducción, la Parte I de este trabajo se ha dedicado a justificar con cierto detalle las directrices y presupuestos de carácter metodológico que han orientado la investigación cuyos resultados se describen en esta Parte II y que, a modo de recapitulación y resumen, pueden concretarse en los siguientes:

* El control penal es una manifestación particular del control social, que se caracteriza por su capacidad coactiva, su atención a las desviaciones sociales más peligrosas y su formalización en enunciados legales. Estos enunciados cumplen, entre otras, la función de informar a los miembros del grupo social del contenido formal y material del control.

* La dogmática penal puede colaborar en esta tarea, ofreciendo un saber riguroso y contrastable acerca de los enunciados legales penales. Con ello facilita el conocimiento de los límites del control penal y su eventual censura por los ciudadanos. La labor dogmática se concentra, pues, en dar cuenta organizada de los enunciados legales penales.

* La transmisión de información relativa a los enunciados legales penales (entidades lingüísticas, expresiones bien formadas del lenguaje natural) comprende dos actividades:

- la descripción de tales enunciados, si la precisión de las reglas gramaticales profundas que rigen el uso de los términos que los conforman en el juego de lenguaje correspondiente posibilita su mera captación o comprensión; o

- su interpretación, que tiene lugar en los supuestos de imprecisión de las reglas gramaticales profundas de uso de la expresión.

* La operación interpretativa, cuando es necesaria, comprende dos fases:

Page 170

- reconocimiento del carácter problemático de la comprensión y de la presencia de un caso límite;

- propuesta razonada del entendimiento que se juzga más probable en el contexto en el que se usa el término o enunciado debatido.

* La política criminal, como crítica del Derecho penal vigente y propuesta de una determinada regulación del control penal, no interviene en la actividad interpretativa, cuyo objeto es, como se ha indicado, sugerir el entendimiento contextual más probable (no necesariamente el preferible) de la expresión dubitada.

2. Descripción y justificación del objeto

Si bien algunas claves se anticiparon en la Introducción, una vez descritos los presupuestos metodológicos, procede delimitar con la mayor precisión posible el objeto de la investigación y especificar el interés que justifica su elección.

Como ya se apuntó al comienzo, el objeto de las investigaciones jurídicas penales es, en la mayoría de los casos, un enunciado legal penal o un conjunto de enunciados legales penales. El tema de este trabajo es también una entidad lingüística o, con más exactitud, un conjunto de entidades lingüísticas generalizadas en el Código Penal de 1995 y que aparentemente comparten una misma estructura superficial: todas son grupos encabezados por la preposición 'en'. No obstante, aun cuando el propósito de esta investigación se ciñe a esta clase de grupos, no se extiende a todos los elementos que la integran. Es conveniente aclarar este punto.

En los enunciados legales que conforman el Código Penal español de 1995 es corriente el empleo de sintagmas preposicionales, pues no en vano se trata de estructuras que aparecen con cierta habitualidad en el lenguaje español en el que está escrito el Código. Algunos de ellos se encuentran encabezados por la preposición 'en', también de uso frecuente en el idioma español.

Dentro de este último conjunto existen grupos cuya función sintáctica y valor léxico no son cuestionados521. Sin ánimo alguno de exhaustividad, pertenecen a estePage 171 conjunto, por ejemplo, las expresiones 'en determinados lugares', 'en la sentencia', 'en que resida la víctima', 'en quienes concurran', 'en el momento de la acción', 'en su mitad superior', 'en espectáculos exhibicionistas o pornográficos', 'en depósito, comisión o administración', 'en el presente artículo', 'en propiedad ajena', 'en el mercado' o 'en establecimientos abiertos al público' (que aparecen, respectivamente, en los artículos 39, 42, 48.1, 65.1, 65.2, 77.2, 189.1.a), 252, 257.2, 263, 363 y 369.1.4º522 del Código Penal de 1995).

En estos casos, el acuerdo acerca tanto de la función desempeñada por el segmento introducido por 'en' como del valor semántico aportado por ésta se ha de atribuir seguramente a que, en el contexto de cada una de estas expresiones, la preposición 'en' es empleada en sus usos más frecuentes: la introducción de complementos circunstanciales de carácter locativo, temporal y modal523. Esta investigación no se va a dedicar a esta subclase de grupos, toda vez que ni su función ni su sentido son una cuestión controvertida.

Su objeto, por el contrario, viene constituido por un subconjunto de grupos encabezados por la preposición 'en' cuyo significado es materia de desacuerdos múltiples entre quienes se dedican a la actividad dogmática y a la aplicación de la ley penal. En él se integran las expresiones 'en provecho de', 'en defensa de', 'en cumplimiento de', 'en contravención con', 'en apoyo de', 'en estado de', 'en ejercicio de', 'en beneficio de' y, la que va a recibir singular atención, 'en perjuicio de'. La discrepancia sobre su sentido no es el único factor que dota de interés a la cuestión; como se podrá comprobar en los Capítulos 3 y 4 de esta Parte II, la presencia de estas expresiones en un número creciente de enunciados legales penales ha influido de forma notable en discusiones medulares de la dogmática penal como las relativas a la estructura del injusto y a la caracterización de los tipos penales en atención al grado de ofensa al bien jurídico protegido.

La existencia de desacuerdo acerca del significado de estas expresiones es un indicio de que están, en algún extremo relevante, indeterminadas. Se afronta, por tanto, el estudio de expresiones que originan una situación de interpretación en la que la comprensión directa no es posible. Uno de los objetivos del trabajo es esclarecer los términos del desacuerdo existente. Aventurar de antemano una respuesta a la cuestión sería -por supuesto- improcedente, pero es posible, sin embargo, indicar una condición de posibilidad de la disputa, una condición de carácter lingüístico ligada aPage 172 la idéntica estructura que en apariencia comparten estas expresiones, caracterizada por la presencia inicial de la preposición 'en'.

A diferencia de lo que ocurre con el conjunto de grupos prepositivos referidos al principio y que no son objeto de este estudio, en este segundo subconjunto la preposición 'en' no se emplea (o, por lo menos, no de forma evidente) según sus usos más frecuentes, tal como aparecen descritos en el Diccionario. Una de las tesis fundamentales de este trabajo es que ello se debe a que estos grupos se han reestructurado o reanalizado en locuciones prepositivas o, al menos, están en camino de hacerlo.

En términos generales, una locución es la «expresión constituida por varias palabras, con una forma fija, que se utiliza en el habla como pieza única y que presenta el comportamiento típico de una determinada categoría gramatical»524. En una locución -dice CIFUENTES HONRUBIA- el conjunto de palabras no sólo tiene carácter sintácticamente fijo, sino que presenta una equivalencia funcional y semántica con una palabra; en el caso de la locución prepositiva, con una preposición525.

En sentido estricto, no existe locución prepositiva en tanto el conjunto de palabras no queda fijado en una unidad léxica susceptible de considerarse como una preposición a todos los efectos. Para hablar propiamente de unidad léxica es preciso que la estructura interna de la locución no sea productiva, lo que supone el cumplimiento de un doble requisito: el de fijación (o invariabilidad, esto es, que los elementos que componen la locución no encabecen sus propios sintagmas) y el de cohesión interna (o inseparabilidad)526.

En un sentido más amplio, integran la clase de las locuciones prepositivas las expresiones que presentan la conducta propia de una preposición (expresan el mismoPage 173 tipo de relaciones, aparecen en similares contextos sintácticos y alternan con preposiciones de similar significado) y en las que cabe apreciar distintos grados de gramaticalización y fijación que no siempre comportan la conversión en una estricta unidad léxica perteneciente a la categoría 'preposición'527. Al hilo de este uso amplio de 'locución prepositiva' se suele identificar un conjunto de criterios que permiten identificar una expresión como locución prepositiva. Estos elementos de reconocimiento no han de tomarse como un conjunto de reglas de necesidad y suficiencia; la admisión o desestimación de un esquema dentro de la clase de locuciones prepositivas depende del «conjunto global de aplicación de las mismas, no de todas y cada una de las pruebas»528.

Como las expresiones que constituyen el objeto de este trabajo cumplen de forma parcial o total varias de estas pautas (entre otras, la insustituibilidad de las preposiciones que integran la locución, la invariabilidad morfemática del núcleo529 y la interrogación parcial530), cabe concluir que pueden aceptarse (al menos, en principio) dentro del inventario de locuciones prepositivas. En este sentido, cabe señalar que CIFUENTES HONRUBIA incluye en sus índices combinatorios 'en apoyo de', 'en beneficio de', 'en cumplimiento de', 'en defensa de', 'en perjuicio de' y 'en provecho de' (no menciona 'en contravención con', 'en ejecución de', 'en estado de' y 'en ejercicio de')531; PAVÓN LUCERO, por su parte, admite en su catálogo de locuciones prepositivas 'en apoyo de', 'en beneficio de', 'en defensa de', y 'en provecho de' (no menciona 'en cumplimiento de', 'en estado de' y 'en ejercicio de', quizá...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR