La deontología profesional de ¿una nueva profesión jurídica?: La mediación

AutorNuria Belloso Martín
Cargo del AutorCatedrática Acreditada de Filosofía del Derecho, de la Facultad de Derecho de la Universidad de Burgos
Páginas261-304
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9. LA DEONTOLOGÍA PROFESIONAL
DE ¿UNA NUEVA PROFESIÓN JURÍDICA?:
LA MEDIACIÓN
Nuria Belloso Martín
INTRODUCCIÓN
Han transcurrido varios años desde la implantación en las
diversas Universidades españolas del llamado «Plan Bolonia»1.
1 La declaración de Bolonia se produce el 19 de junio de 1999 y dice
poco: se reduce a tres folios. Con todo, constituye el precedente de lo que pre-
tende ser el Espacio Europeo de Educación Superior — EEES —, que se ha ido
completando tras sucesivos acuerdos tomados en posteriores reuniones cele-
bradas en Lisboa, Berlín, Bergen y Londres. La Declaración de Bolonia de
1999 inicia un proceso de construcción del Espacio Europeo de Educación
Superior — EEES — en las Universidades de Europa — aunque algunas opta-
ron por salir fuera de esta conversión —. Este proceso se inicia a través de tres
reformas clave: la reestructuración de los planes de estudio y titulaciones, un
nuevo sistema de créditos y nuevas metodologías docentes. Por nuestra parte,
desde el inicio hemos sostenido que los estudios jurídicos, por su especifici-
dad, deberían haber quedado fuera de esta conversión. Sobre algunas opinio-
nes contrarias a la aplicación de Bolonia a los estudios jurídicos, pueden con-
sultarse los debates en la Revista El Notario del siglo XXI, n.º26, Madrid, 2009;
Vid. , La Revista El Cronista del Estado Social y Democrático de Derecho, de
2009, dedica varias colaboraciones a explicar las razones de su rechazo a la
aplicación del «Plan Bolonia» a los estudios jurídicos. Así, por ejemplo, GAR-
CÍA AMADO, J.A., «Bolonia y la enseñanza del Derecho», en El Cronista del
Estado Social y Democrático de Derecho, n.º 5, 2009, pp. 42-53. En el número
6 de la Revista, correspondiente al mes de junio de 2009, se contiene el mani-
fiesto «Saquemos los estudios de Derecho del Proceso de Bolonia» (p. 4-5).
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En algunas Titulaciones ya se ha terminado su ciclo de Grado
y los primeros egresados están intentando acceder al mercado
de trabajo o cursando un Máster. En las Facultades de Dere-
cho ya se ha iniciado la valoración de los planes de estudio
para analizar si se han conseguido los objetivos pretendidos
con el sistema de Espacio Europeo de Educación Superior.
Los preceptivos «Informes de seguimiento de los Títulos» y
los correspondientes «Modifica» han permitido, por una par-
te, detectar tanto los aspectos positivos como negativos de los
planes de estudio y de su implantación, y proceder a la correc-
ción, en su caso.
Uno de los principales objetivos de Bolonia ha sido el de
establecer un sistema de Titulaciones homologadas que permi-
tiera la movilidad de estudiantes y profesores, al objeto de
fomentar el empleo y la competitividad2. Sin embargo, al no
haberse regulado, por parte del Ministerio de Educación, unos
contenidos mínimos u obligatorios en el plan de estudios de
cada Titulación para tener unas líneas comunes, cada Facultad,
incluso en una misma Comunidad Autónoma, ha diseñado un
plan de estudios propio y diferente al de Universidades incluso
de proximidad geográfica. Esto no ha favorecido la movilidad
a nivel nacional entre las Universidades ni tan siquiera entre las
de la misma Comunidad Autónoma. Es más, la movilidad de
estudiantes por diversas Universidades europeas, en el marco
del Programa de Movilidad Erasmus, sigue presentando las
mismas dificultades a la hora de convalidar asignaturas y cré-
ditos ECTS.
2 Como apunta F. de Carreras: «En todo caso, el objetivo de Bolonia es
muy razonable: armonizar los estudios de grado superior en Europa y fomen-
tar la colaboración entre los distintos Estados y las diferentes Universidades
con la finalidad de establecer un sistema de titulaciones homologadas que
permita la movilidad de estudiantes y profesores, al objeto de fomentar el
empleo y la competitividad» (DE CARRERAS, F., «A cada uno lo suyo: las
culpas propias y las culpas de Bolonia», en El Cronista del Estado Social y
Democrático de Derecho, n.º 4, abril, Madrid, Iustel, 2009, pp. 4-13).
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En lo que a las Facultades de Derecho se refiere3, otra difi-
cultad ha sido el criterio que presidió la asignación de créditos,
materias y asignaturas en los procesos de diseño de los planes
de estudio. En general, no ha primado lo que la formación de
un alumno podría demandar en cada Titulación sino una dis-
tribución de créditos según los intereses de cada Área (en fun-
ción del profesorado del que en ese momento disponía el Área
y que «había que colocar», teniendo que conformarse algunas
Áreas con una reducción notable de la carga docente que hasta
entonces habían venido desarrollando en los ya extinguidos
planes de estudio). Esto ha dado lugar a que la carga docente
de algunas asignaturas sea desproporcionada comparativamen-
te con el consiguiente déficit de créditos de otras asignaturas
que, actualmente, resultan imprescindibles o, al menos, muy
recomendables, para la adecuada formación de los alumnos
egresados, futuros juristas y operadores jurídicos. Así, por
ejemplo, a pesar de que la cultura de la transacción está cada
vez más presente en nuestra sociedad, asignaturas relacionadas
con los mecanismos extrajudiciales de conflictos apenas ha
sido contemplada en planes de estudio de las Facultades de
Derecho4.
A pesar de que la cultura de la transacción está cada vez
más presente en la sociedad española, no se ha visto reflejada
en la formación de los estudiantes universitarios españoles.
Asignaturas relacionadas con los mecanismos extrajudiciales
de conflictos apenas han encontrado hueco en los planes de
estudio de las Facultades de Derecho5.
3 Sobre las Facultades de Derecho en las Universidades españolas, vid.
DÍAZ Y GARCÍA CONLLEDO, M., y GARCÍA AMADO, J.A., «La Universidad
española y sus Facultades de Derecho: diagnóstico y propuestas de tratamiento»,
en Teoría y Derecho. Revista de Pensamiento Jurídico, n.º 11, 2012, pp. 276-295.
4 Nos referimos exclusivamente a los diseños de planes de estudio de
Derecho. No entramos a valorar cómo se ha desarrollado el proceso en otras
Titulaciones.
5 En otras titulaciones, como en Grado en Criminología de la Univer-
sidad de Salamanca, han incorporado esta asignatura, con una carga de 6
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