Proemio
Autor | Ana Martín Minguijón |
Cargo del Autor | Catedrático de Derecho Romano de la UNED |
Páginas | 15-27 |
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Ana Martín Minguijón somete el Digesto a una suerte de magnífico Impeachment en el que deja al descubierto sus esencias. Sobre todo las buenas. Como en el mito de Prometeo, que arrebata el don del fuego a los dioses para obsequiarlo a los hombres, este libro regala conocimientos indispensables sobre la elaboración y el contenido de la obra justinianea. Y debo anunciar desde ahora que, como era de esperar, no es un libro fácil; precisa de la colaboración de un lector instruido en las muchas problemáticas suscitadas por la investigación científica sobre esa compilación del siglo VI.
El esquema expositivo está libre de tópicos y latiguillos y se concentra en el discurso nomotético exigido por un tratado de esta naturaleza: tras atomizar las fuentes recibidas describe la probable estrategia de Justiniano, desde la que emprende el estudio de las obras de los juristas clásicos aparentemente, sólo aparentemente, utilizadas para la elaboración del Digesto. Las conclusiones obtenidas permiten a la Autora presentar una opinión razonable sobre el material utilizado y el método seguido por los comisarios tribonianos.
Esta tarea ha exigido de la Autora una particular predisposición –propia de los autores más seguros– a prescindir de los vicios metodológicos heredados y encararse conscientemente con las doctrinas, teorías y demás conjeturas dogmáticas arraigadas sobre el Digesto pues, al menos algunas de ellas, contribuyen a entorpecer el adecuado conocimiento de los auténticos problemas que plantea su estudio.
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El Digesto ha hecho correr ríos de tinta, pero no ha disfrutado de un proceso de investigación sistemática que permita un conocimiento ordenado. Ha sido abordado por la literatura desde perspectivas heterogéneas sin importar demasiado si resultaban compatibles o no con las precedentes. Con todo, algunos trabajos meritorios han iluminado aquí o allí ramas hasta entonces oscuras pero ninguno de ellos, por sí solo, ha permitido vislumbrar todo el árbol y mucho menos iluminar el bosque en el que se encuentra. Desde hace años –fundamentalmente desde la apoteósica aportación de Mommsen que nos ha acercado hace poco Bartol– es cada vez más factible ensamblar la linterna con las piezas dispersas aportadas individualmente por los estudiosos.
La obra está cuajada de reproducciones textuales bien traídas, tanto que la Autora consigue convertirlas en ventanas abiertas a la época de Justiniano. Este admirable trabajo ha comenzado por la descodificación y vaciado de las fuentes. Aunque las fuentes analizadas son muy variadas, destaca el estudio de las cc. De conceptione et confirmatione Digestorum, del Index auctorum operarumque y, sobre todo, de las inscripciones del Digesto. Es natural que una investigación que tiene como finalidad nuclear el análisis de las obras de los juristas utilizadas por los compiladores para la composición del Digesto, se centre especialmente en el examen de las inscripciones que presiden los textos jurisprudenciales. Ese examen o, por decirlo mejor, el resultado del mismo, me parece tan sugestivo como polémico y no excluyo una futura discusión dura y rigurosa.
Yo mismo llevo años observando las inscripciones de Digesto y puedo dar fe, modestamente, del laberinto de patologías con el que me he encontrado. A pesar del mucho tiempo dedicado a las inscripciones, no he sido aún capaz de construir un cuadro medianamente completo de los tipos de sus anomalías. He detectado inscripciones hipocorísticas (abrevian conscientemente el nombre del jurista), inscripciones estocásticas (cuyas desviaciones
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o diferencias con otras obedecen al azar o a descuidos de los copistas), inscripciones hipertróficas (con un desarrollo aumentado que agranda innecesariamente el nombre del jurista o el título de la obra), inscripciones hipotróficas (al contrario que las anteriores sufren un desarrollo disminuido que da lugar a metáfrasis y braquilogías), inscripciones con univerbaciones (en las que se unen varias palabras en una, sin perjuicio de que la letra uncial BR utilizada por F no separe las palabras), inscripciones antapodícticas (se corresponden y oponen miembro a miembro con el resto de las asignadas a la misma obra y jurista), y, en fin, otras muchas de diferentes clases.
Esta falta de homogeneidad de algunas inscripciones no debe ser entendida como simple defecto editorial o como un problema para el investigador, aunque objetivamente lo es, sino más bien lo contrario: hay que apreciarla como una soberbia oportunidad para descubrir cómo se realizó el Digesto. De las algo más de nueve mil cien inscripciones, al menos mil de ellas ostentan contrastes con las reglas habituales de estructura, contextura o disposición de partes, y sirven en bandeja un conjunto de síntomas y efectos que, cuando sean bien interpretados, revelarán la razón de su existencia y con ello el verdadero material utilizado por los compiladores.
En tema de inscripciones del Digesto casi todo tiene potencial para asombrar. Hay obras –y también juristas– mencionados en las inscripciones una sola vez. La Autora detecta hasta cincuenta y un casos. Pero reconozco que una de las razones más llamativas se da en la primera aparición de algunas inscripciones. Resulta sorprendente en un repertorio jurisprudencial de las características del Digesto que, de forma sucesiva y sistemática, vayan apareciendo inscripciones completamente “nuevas” a lo largo de toda la...
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