SAP Jaén 103/2007, 30 de Abril de 2007
Ponente | MARIA ELENA ARIAS-SALGADO ROBSY |
ECLI | ES:APJ:2007:214 |
Número de Recurso | 136/2007 |
Procedimiento | CIVIL |
Número de Resolución | 103/2007 |
Fecha de Resolución | 30 de Abril de 2007 |
Emisor | Audiencia Provincial - Jaén, Sección 2ª |
S E N T E N C I A Núm. 103
Iltmos. Sres.
Presidenta
Dª ELENA ARIAS SALGADO ROBSY
Magistrados
D. JOSÉ ANTONIO CÓRDOBA GARCÍA
D. RAFAEL MORALES ORTEGA
En la Ciudad de Jaén, a treinta de Abril de dos mil siete.
Vistos en grado de apelación, por la Sección Segunda de esta Audiencia Provincial los Autos de Juicio Verbal, seguidos en primera instancia con el número 177/2006, por el Juzgado de Primera Instancia nº nº Uno de Cazorla, rollo de apelación de esta Audiencia número 136/2007, a instancia de MAPFRE MUTUALIDAD DE SEGUROS, representada en la instancia por la Procuradora Sra. Sola Muñoz y ante este Tribunal por el Procurador Sr. del Balzo y defendida por el Letrado Sr. Rubira Tobaruela, contra D. Ángel Y ZURICH, representados en la instancia por el Procurador Sr. Sánchez Martínez y defendidos por la Letrada Sr. Blanco Rodríguez.
ACEPTANDO los Antecedentes de Hecho de la Sentencia apelada, dictada por el Juzgado de 1ª Instancia nº Uno de Cazorla, con fecha 9 de octubre de 2006.
Por dicho Juzgado y en la fecha indicada, se dictó sentencia que contiene el siguiente FALLO: "Que debo condenar y condeno a D. Ángel y la Cía. de seguros Zurich a pagar de forma conjunta y solidaria a MAPFRE mutualidad de seguros la cantidad de 2.911,18 euros, sin expresa condena en costas.".
Contra dicha sentencia se preparó e interpuso, en tiempo y forma, por la parte actora, recurso de apelación; el cual fue admitido por el Juzgado de Primera Instancia referido, presentándose para ello escrito de alegaciones en el que basa su recurso, solicitando la revocación parcial de la sentencia concretándose el pronunciamiento cuestionado en la no imposición de las costas del juicio.
Dado traslado a las demás partes del escrito de apelación, se presentó escrito de oposición por la demandada que se opone a dicha revocación; remitiéndose por el Juzgado las actuaciones a esta Audiencia, con emplazamiento de las partes ante la misma; y turnadas a esta Sección Segunda, se formó el rollo correspondiente con designación de Ponente, quedando las actuaciones sobre la mesa para dictar la resolución oportuna previa deliberación y votación que tuvo lugar el día señalado, 30 de abril de 2007.
En la tramitación de este recurso se han observado las formalidades legales.
Siendo Ponente la Magistrada Iltma. Sra. Dª. ELENA ARIAS SALGADO ROBSY.
No aceptando los Fundamentos de Derecho de la resolución impugnada, en cuanto al pronunciamiento impugnado.
Se limita el recurso formulado contra la sentencia dictada en la instancia al pronunciamiento sobre las costas del procedimiento.
En dicha sentencia se estima la demanda en virtud del allanamiento que la parte demandada realiza tres días antes de la vista para el juicio verbal, y en el que solicita no se le impongan las costas al no concurrir mala fe en los demandados, y en virtud de lo dispuesto en el artículo 395.1 de la LEC.
Así lo estima la sentencia recurrida; y frente a dicho pronunciamiento se alega como motivo de impugnación, que resultaría aplicable el segundo párrafo del precepto, y no el primero, al haberse producido un requerimiento previo para el cobro de la indemnización, requerimiento no atendido por los demandados que dio lugar a la necesidad de formular la demanda, y que se deduce del documento...
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